Por Herberth Cuba García

Se debe fortalecer la libre competencia en el mercado de medicamentos

El punto siete de la presentación del Plan de Salud de la nueva gestión del Ministerio de Salud (Minsa) se titula “Disponibilidad de los medicamentos”. Parece lógico utilizar en el título un concepto que pudiera englobar todo el rubro; sin embargo, no ha ocurrido así. Se ha reducido a la disponibilidad de los fármacos, que es un simple eslabón dentro de la cadena de suministro y la política nacional de medicamentos. La disponibilidad de medicamentos es un indicador que mide, según Digemid, “la condición de un medicamento de encontrarse listo para utilizarse en la cantidad necesaria y en buen estado, para atender las necesidades terapéuticas de las personas”. “Además el indicador señala al porcentaje superior al 90% como óptimo, como regular más del 70% hasta el 90%, y como bajo a menos del 70%.”

¿Por qué referirse sólo al aspecto de la disponibilidad de los medicamentos y no a toda la política nacional del medicamento? Porque al referirse en modo específico a la disponibilidad resalta solo el mensaje: “no interesa como llega el medicamento al usuario, lo importante es que el usuario que lo necesita, lo tenga disponible”. Es una simple lógica mercantil.

En esa lógica, la presentación del Plan de Salud ha dividido el mercado de medicamentos en cuatro submercados distintos, porque “son mercados diferentes y requieren políticas diferentes”:

Público objetivo 1: medicamentos estratégicos.
Público objetivo 2: medicamentos no estratégicos Público objetivo 3: oncológicos y otros relevantes y
Privado: cadenas y farmacias independientes.

Los tres primeros mercados tienen como operador a Cenares-Minsa, a través de compras consolidadas y conjuntas de todas las entidades del Sector y del Sistema Nacional de Salud. La nota adicional para el tercero de estos mercados (es decir, para los oncológicos y de alto costo), es la compra conjunta a nivel de Mercosur-países de la región, facilitar el registro y comercialización de los medicamentos biosimilares, y la posibilidad de recurrir a mecanismos previstos en las “excepciones de Doha” a la propiedad intelectual, como importaciones paralelas y licencias obligatorias.

Facilitar el registro y comercialización de los medicamentos biosimilares es: ¿apurar los procesos?, ¿eliminar exigencias?, ¿entregar registros automáticos?, ¿eliminar la exigencia de que el biosimilar, que pide registro para su comercialización, acredite que es similar en términos de calidad, seguridad y eficacia que el medicamento biológico de referencia?, ¿modificar o derogar las normas que con tanto esfuerzo se promulgaron?, ¿otorgar permisos de comercialización de biosimilares, sin reglamentos? Esto último ocurrió durante el Gobierno humalista, y el Poder Judicial tuvo que ordenar al Minsa que se abstenga de aprobar solicitudes de comercialización mientras no hayan acreditado seguridad, eficacia y calidad de acuerdo a las recomendaciones de la OMS. Además, otra vez se insiste con el mismo discurso humalista de las “excepciones de Doha” para la propiedad intelectual y las “licencias obligatorias”.

En el mercado llamado “Privado”, según el Plan de Salud, “tres son los objetivos: obligar a las farmacias y boticas privadas a tener un stock de medicamentos genéricos a través de convenios con las cadenas, promover la competencia a través de farmacias públicas y acceder a medicamentos esenciales a través de los Tambos alejados y rurales”.

En el Perú, a inicios del 2018 se realizó una compra de un grupo empresarial, por US$ 583 millones, que produjo el control de casi el 95% de las cadenas de venta de fármacos al menudeo, con casi 2,200 establecimientos farmacéuticos a nivel nacional. Es decir, sin considerar el sector público, la participación de este grupo empresarial ascendería a mas del 70% del mercado.

En su momento se cuestionó la legalidad de esta compra, la posición de dominio y casi monopolio de la venta en cadenas de farmacias y boticas, en la manufactura y el manejo de la inteligencia de cada una de las farmacias y boticas independientes. Además, el Decreto Legislativo N° 1165 (del 2013) creó el mecanismo de “farmacias inclusivas”, para que las farmacias y boticas privadas, con cargo al erario nacional, entreguen los medicamentos a los pacientes en el sector público. Esa fue la única propuesta para los medicamentos de la reforma de salud humalista. Es decir, que la cadena de distribución pública sea substituida por la cadena de distribución privada. Solo faltaba el convenio.

Ahora la situación ha cambiado, debido a que casi un 95% del mercado de las cadenas de farmacias y boticas se encuentran bajo control de un solo grupo empresarial. Retomar la senda del convenio equivaldría a un traspaso del único comprador estatal (Cenares) a un solo vendedor privado, cuyo resultado sería el fortalecimiento de la posición de dominio y el monopolio en el mercado de medicamentos. El Congreso de la República e Indecopi deben estar vigilantes y ser proactivos para fortalecer la libre competencia y el mercado. El Poder Ejecutivo debe reflexionar y enmendar rumbos. ¡Aún está a tiempo!

 

22 de febrero del 2019
Asociación Médica Peruana