DL 1045 a favor de los call centers
Entre la publicidad impertinente, lo más molesto es la invasión a las líneas telefónicas que realizan los llamados call centers. Sin embargo, los legisladores, por la moda de copiar lo foráneo, sólo habían reparado en la publicidad mediante spam, la cual regularon con Ley N.° 28493.
La promulgación del Decreto Legislativo N.° 1045, que aprueba la ley complementaria del sistema de protección al consumidor, trata de subsanar en algo esta modalidad publicitaria, pero más favorece a los call centers que a los consumidores.
El artículo 17 de este DL 1045 establece que las empresas que realicen publicidad mediante call centers, envío de mensajes a celulares y correos electrónicos deberán incluir los números de teléfonos y correos electrónicos que no acepten recibir publicidad, para no enviarles publicidad.
Es decir, que si una persona no desea que la llamen, tendrá que darse la molestia de inscribirse en una la lista a cargo de Indecopi, según establece la segunda disposición complementaria del DL 1045.
No se entiende por qué, si una persona —por falta de tiempo o por desconocimiento— no se inscribe en esa lista en Indecopi, la nueva norma tenga que otorgar a la empresa fastidiosa el derecho de invadir su línea telefónica e irrumpir en su teléfono domiciliario o de oficina.
Las llamadas de call centers no sólo que molestan (interrumpen lo que hacemos, nos quitan tiempo y a muchos les provoca mal humor), sino que se arrogan el derecho de llamar bloqueando para cualquier otro uso nuestra línea: cuando ellos llaman aunque les cortemos nuestra línea está invadida por la llamada publicitaria y nos impiden usarla mientras dure la publicidad, aunque necesitemos emplear de emergencia nuestro teléfono, lo cual no sólo es una grosería, sino un gran abuso.
Parece que el Ejecutivo, autor de este decreto, no entiende que si pagamos por un servicio, ya sea teléfono, internet, electricidad o agua, nadie tiene derecho a bloquearnos ese servicio cuando le parezca para disgustarnos y obtener con ello provecho propio, si lo hacen es un acto de invasión y agresión que debería ser sancionado. ¿Por qué tenemos que perder el tiempo en inscribirnos? Nadie debería tener derecho a invadirnos con el pretexto de que no nos hemos inscrito en la lista de personas que no quieren publicidad. Es el gobierno el que debe castigar este grotesco abuso y no cargar al consumidor la responsabilidad.
Mucho peor si quien invade nuestra línea es la compañía que presta el servicio telefónico, pues está abusando además del conocimiento que tiene de los números de los usuarios, y mucho peor si los usuarios han pagado para que sus números no sean públicos.
El artículo 17 de este DL 1045 establece que las empresas que realicen publicidad mediante call centers, envío de mensajes a celulares y correos electrónicos deberán incluir los números de teléfonos y correos electrónicos que no acepten recibir publicidad, para no enviarles publicidad.
Es decir, que si una persona no desea que la llamen, tendrá que darse la molestia de inscribirse en una la lista a cargo de Indecopi, según establece la segunda disposición complementaria del DL 1045.
No se entiende por qué, si una persona —por falta de tiempo o por desconocimiento— no se inscribe en esa lista en Indecopi, la nueva norma tenga que otorgar a la empresa fastidiosa el derecho de invadir su línea telefónica e irrumpir en su teléfono domiciliario o de oficina.
Las llamadas de call centers no sólo que molestan (interrumpen lo que hacemos, nos quitan tiempo y a muchos les provoca mal humor), sino que se arrogan el derecho de llamar bloqueando para cualquier otro uso nuestra línea: cuando ellos llaman aunque les cortemos nuestra línea está invadida por la llamada publicitaria y nos impiden usarla mientras dure la publicidad, aunque necesitemos emplear de emergencia nuestro teléfono, lo cual no sólo es una grosería, sino un gran abuso.
Parece que el Ejecutivo, autor de este decreto, no entiende que si pagamos por un servicio, ya sea teléfono, internet, electricidad o agua, nadie tiene derecho a bloquearnos ese servicio cuando le parezca para disgustarnos y obtener con ello provecho propio, si lo hacen es un acto de invasión y agresión que debería ser sancionado. ¿Por qué tenemos que perder el tiempo en inscribirnos? Nadie debería tener derecho a invadirnos con el pretexto de que no nos hemos inscrito en la lista de personas que no quieren publicidad. Es el gobierno el que debe castigar este grotesco abuso y no cargar al consumidor la responsabilidad.
Mucho peor si quien invade nuestra línea es la compañía que presta el servicio telefónico, pues está abusando además del conocimiento que tiene de los números de los usuarios, y mucho peor si los usuarios han pagado para que sus números no sean públicos.