Fondo 4: ¿soluciona las injustas normas de las AFP?
Modelo chileno es un fracaso y sólo enriquece a los propietarios de las AFP
Ante las sostenidas pérdidas de los fondos de los afiliados a las AFP, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) propone la creación de un cuarto fondo, que tendría más estabilidad que los tres ya existentes Fondo 1, Fondo 2 y Fondo 3.
En el gráfico se ve que en cuanto a la rentabilidad real, en el último año, a setiembre (todavía no se dispone de información de octubre) los tres tipos de fondos perdieron entre 5.47% y 23.77%, según cifras de la SBS, como se ve en la tabla y el gráfico.
Rentabilidad Real |
Set.2008 / Set.2007 |
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|
(1 año) (%) |
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AFP |
Fondo 1 Real |
Fondo 2 Real |
Fondo 3 Real |
Horizonte |
-5.47 |
-16.67 |
-22.64 |
Integra |
-8.28 |
-17.00 |
-23.77 |
Prima |
-7.48 |
-16.45 |
-23.23 |
Profuturo |
-7.35 |
-16.63 |
-22.25 |
Promedio |
-7.23 |
-16.70 |
-23.11 |
Felipe Tam, superintendente, indicó que el nuevo fondo no permitiría realizar inversiones en acciones, sino sólo en activos relativamente seguros de renta fija.
El proyecto establece que el nuevo fondo sería de libre opción para los trabajadores, pero estaría recomendado para las personas a partir de los 60 años y que estén próximas a jubilarse.
Con este nuevo fondo, los aportes serán invertidos en activos, como depósitos de menos de un año de vencimiento, papeles de corto plazo o instrumentos de deuda de dos o tres años.
Según Lorena Masías, superintendenta de AFP de la SBS, la SBS está estudiando la forma de determinar una rentabilidad mínima de los fondos administrados. "Queremos buscar que haya una rentabilidad mínima, que incentive una buena gestión", aseguró Masías.
Resulta incomprensible que espere que las pérdidas del año sean de más de 9 mil 300 millones de soles para recién estudiar cómo garantizar una rentabilidad mínima. ¿Por qué el afiliado tiene que pagar a las AFP para que pierdan con su fondo? Mientras los afiliados pierden, la rentabilidad del patrimonio de las AFP es del 70%.
Si las pérdidas son tan graves, ¿por qué las AFP persisten en mantener los fondos 2 y 3, de mayor riesgo, en lugar de trasladarlos a instrumentos más seguros, que ganen poco pero no pierdan? ¿A quiénes protegen las AFP, a los afiliados o a ciertos inversionistas que se verían perjudicados con esos traslados? ¿Por qué la SBS es incapaz de obligarlos a realizar ese traslado como medida de emergencia ante la brutal crisis?
Todo parece muy extraño, como si obedeciera a feroces lobbies que estarían “aceitando” (al estilo de la petromafia de Rómulo León) a personajes de las altas esferas del gobierno.
Experiencia Argentina
Los representantes de las AFP aseguran que sería una expropiación y una gran pérdida si el gobierno absorbe a las AFP, como en Argentina. Sí, sería una gran pérdida para los empresarios dueños de estas AFP, que ya no tendrían a quiénes parasitar, no sería pérdida para los afiliados.
De hecho, antes que Cristina Fernandez anuncie la estatización de las AFP, ya había jubilados de AFP que no tenían ni un céntimo en su cuenta, por lo que el gobierno argebtino se vio obligado a otorgarles una pensión para que puedan sobrevivir.
Mantienen afiliados cautivos contra su voluntad
Alan García, burlando su promesa de conceder la libre desafiliación, la otorgó sólo para contados casos. De modo que un gran porcentaje de afiliados que quieren dejar las AFP están impedidos de hacerlo. Pero García, burlándose más todavía de la gente, dice que ya hay libre desafiliación*.
Inclusive en los casos en que el afiliado cumple con los requisitos, se le pone obstáculos. Nos llegan cartas de afiliados que quieren dejar las AFP y no les dejan. Por ejemplo, en un caso, uno presentó su solicitud hace diez meses y siguen dándole excusas, pero no lo trasladan de la AFP al sistema estatal de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), como es su derecho.
Rentabilidad del fondo de afiliados y utilidad
Una de las excusas que dan los dueños de AFP es que no pueden reducir las comisiones porque sus gastos para cobrar a los morosos son altos. Esto es una gran burla, porque las AFP tienen la posibilidad de reclamar los costos y costas por la vía judicial y así recuperar todos los gastos.
Con la complacencia de las altas esferas del poder, ellos persisten en mutilar mensualmente el sueldo de los trabajadores, para mantener una utilidad para los dueños de estas empresas y una planilla dorada a costa del sufrido trabajador.
Como ya lo mencionamos en otros artículos, las AFP se vendieron como profesionales de las inversiones, que harían ganar a los fondos de los afiliados. Si su trabajo es ganar, entonces su utilidad no debería provenir de un recorte del sueldo del trabajador, sino de un porcentaje de las ganancias que obtengan. Eso sería lo justo, si pierde rentabilidad el fondo de los afiliados, las AFP no deberían ganar, en castigo por sus malas operaciones. Crear un Fondo 4, 5, 6 ó 7 no ayudará en tanto se mantenga como utilidad de la AFP un porcentaje del sueldo mensual del trabajador y no un porcentaja de la ganancia o rentabilidad del fondo.
Los fondos y la disponibilidad
Otra modificación que debería plantearse es la posibilidad de que el afiliado pueda disponer del dinero que aportó cuando por el poco tiempo que lo hizo no tiene derecho a recibir pensión. Si se trata de un ahorro personal, ¿por qué tiene que quedarse con él la AFP?
Inclusive, en el hipotético caso de que un nuevo jubilado tenga una enfermedad terminal con pocos meses de sobrevivencia, la ley le impide retirar su fondo de una sola vez. ¿Acaso no tendría derecho a sacar todos sus ahorros para pasearse, por ejemplo por Europa?
Fondo 1, Fondo 2 y Fondo 3
El Fondo de Mantenimiento de Capital o Fondo 1 es el de menores fluctuaciones de rentabilidad. Se diseñó para afiliados mayores de 60 años, que están por jubilarse.
El Fondo de Crecimiento o Fondo 3 invierte en instrumentos de largo plazo por encima del promedio y está diseñado para afiliados jóvenes, cuyo horizonte de retiro es muy lejano. Es un fondo de alto riesgo.
El Fondo Balanceado o Mixto o Fondo 2 es el intermedio y comprende a personas de mediana edad.
Fondo 3
Nos preguntamos, ¿por qué la ley concede a la AFP el derecho de colocar los fondos de los afiliados en instrumentos de alto riesgo, sin previa consulta al afiliado? Según la ley, basta que el trabajador sea joven para que la AFP se atribuya el derecho de disponer su dinero en un fondo de riesgo, el Fondo 3.
Esta norma, que alienta a que las AFP jueguen como en casino con el dinero de los afiliados, debe ser cambiada con urgencia, pues sólo deberían arriesgar el dinero de aquellos trabajadores que manifiesten su voluntad expresa. En realidad la ley prevé que la AFP juegue como quiera con ese dinero y recién dejaría de hacerlo si el trabajador se acerca a la AFP a manifestar su voluntad, lo cual es absurdo, por decir lo menos.
Sobrevivencia
Por último, otro aspecto que es necesario modificar es el porcentaje por concepto de viudez y orfandad, pues la ley estableció que los supérstites de los afiliados perciban porcentajes menores a los que otorga la ONP.
Los afiliados deberían interesarse en participar en un frente de defensa de sus intereses, pues aquí la única realidad es que los lobbies están trabajando para enriquecer a las AFP a costa del trabajador. En el Perú hay unos cuatro millones 300 mil afiliados, que deberían tener una representación que vele por sus intereses, puesto que la SBS no propone normas que lo defiendan ante los casos señalados, cuando debería ser una entidad defensora de los trabajadores, no de los dueños de AFP, como hasta ahora parece.
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* La ley establece que se pueden desafiliar sólo:
Los afiliados al SPP que hubiesen ingresado al SNP hasta el 31 de diciembre de 1995, y que al momento de presentar la solicitud de desafiliación cumplen con los años de aportación para tener una pensión de jubilación en el SNP.
Por ejemplo, puede desafiliarse un afiliado con 40 años de edad y 20 años de aporte (sumados los años de aporte en el SNP y el SPP), siempre y cuando haya ingresado al SNP hasta antes del 31 de diciembre de 1995.
Todos los afiliados al SPP que, al momento de la afiliación a este sistema privado, cuenten con todos los requisitos para obtener una pensión de jubilación en el SNP.
Es decir, puede desafiliarse cualquier afiliado que se encuentre en la siguiente situación:
• Al menos 65 años de edad y 20 años de aporte; o
• Si quiere jubilarse anticipadamente
• En el caso de hombre, al menos 55 años de edad y 30 años de aporte
• Si es mujer, al menos 50 años de edad y 25 años de aporte; o
Si realizó labores de riesgo (minería y construcción) como :
a) Trabajador en minas subterráneas : acreditar por lo menos 45 años de edad y 20 años de aportes.
b) Trabajador en minas de tajo abierto: acreditar por lo menos 50 años de edad y 20 años de aportes.
c) Trabajador en centro de producción minero, metalúrgico y siderúrgico: acreditar por lo menos 50 años de edad y 20 años de aportes, además, de haber estado expuestos a los riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad.
d) Como trabajador de construcción civil, acreditar 55 años de edad y 20 años de aportes
Por ejemplo, si el afiliado es de género masculino, se afilió el 3 0 Noviembre de 1996, nació en octubre de 1940, y tiene las siguientes características:
Número de años de aporte SNP: 30 años
Número de años de aporte SPP: 6 años
Numero de años de aporte Total: 36 años
En este caso, se puede desafiliar ya que antes de 1996 tenía 55 años y más de 30 años de aporte; que es el requisito para jubilarse anticipadamente en el SNP.