También chilenos del Banco del Trabajo
Chilenos de Ripley mandaban amenazar a clientes peruanos

ripley chilenos de ripley amenazan clientes peruanosTribunal Constitucional se pronuncia contra detestable práctica

 La intimidación y la amenaza eran parte del plan de cobranza de la empresa chilena Ripley, hecho que ha motivado una resolución del Tribunal Constitucional, publicada este 4 de julio, en la que rechaza tales reprobables métodos.
 Ripley contrata a una empresa, TX'S consultores, a los cuales enviaba impunemente a cobrar a sus clientes empleando amenazas e intimidaciones, hasta que Roberto Woll Torres denunció esta abusiva práctica, caso que llegó hasta el Tribunal Constitucional.

 Al cliente se le amenazaba con embargarle sus bienes en caso incumpliera el pago. El fallo del TC afirma que la modalidad empleada de cobranza lesiona el derecho fundamental al honor del denunciante, además, se han arrogado atribuciones que no les corresponden al señalar que embargarían los bienes del deudor con apoyo policial y descerraje de su inmueble (de no haber alguien). Estas son atribuciones que sólo puede ejecutar el poder judicial.

 
Indecopi no supo defender al consumidor

 En el fallo el TC indica que el Instituto de Defensa del Consumidor y Propiedad Intelectual,  Indecopi, incumplió su deber de protección del derecho fundamental al honor del demandante, instancia a la cual Roberto Woll había acudido sin lograr protección, lo cual lo obligó a acudir al TC en busca de justicia.

 
También chilenos del Banco del Trabajo

 Una mortificada lectora nos indicó que el Banco del Trabajo también incurre en estas prácticas, con el agravante de que ella no es la deudora ni garante.

 Se trata de una deuda de una familiar política, la cual había dado como referencia, no como garantía, el nombre de nuestra lectora. Los agentes de cobranza llamaban repetidamente a nuestra lectora y llegaron a amenazar por teléfono a su menor hija.

 Comunicamos a nuestra lectora afectada que en vista de la resolución del TC, Indecopi tendrá la obligación de amparar su queja.

 Lo que falta establecer  es cuál será la sanción para Indecopi por haber incumplido su rol de defensa del consumidor  y cuál será la sanción para las empresas que incurran en estas prácticas intimidatorias.