Empresa solicitaba el pago adicional de S/ 0.30 por bolsa en compras realizadas por delivery o recojo en tienda. Sala Especializada en Protección al Consumidor le aplicó una multa de 24,13 UIT.

En segunda y última instancia, la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi ordenó a Delosi S.A. (KFC) dejar de cobrar S/ 0.30 por las bolsas compostables en las que entregaba las compras de los consumidores hechas bajo la modalidad de delivery o recojo en tienda.

 

Kentucky Fried Chicken



Representantes de KFC argumentaron que con dicho monto estaban cumpliendo con lo establecido en la Guía Técnica para Restaurantes y Servicios Afines con Modalidad de Servicio a Domicilio, al entregar sus productos en envases (cajas de cartón) y empaques (bolsas biodegradables.

Sin embargo, la SPC determinó que, de acuerdo con la norma sanitaria, el envío de estos envases y empaques era una obligación de la empresa, por lo que el pago de S/ 0.30 por cada bolsa biodegradable no podía ser exigido a los consumidores.

Por ello, le impuso a la empresa una multa 24,13 UIT (equivalentes a S/ 119 443,50), siguiendo la metodología para el cálculo de multas establecido en el Decreto Supremo 032-2021-PCM vigente desde el 14 de junio del 2021.

La Resolución 2883-2023/SPC-INDECOPI es pública y puede ser revisada en el siguiente enlace: https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/32338957-aa6e-4f9e-898c-736d4c87086f