Disminuirá probabilidad de estafas en compra o venta de propiedades
La ola de estafas, usurpaciones, latrocinios, suplantaciones y otros actos delictivos de mafias que despojaban de sus viviendas o propiedades a los legítimos propietarios tendrá un freno con la Ley 30313.
La publicación de la Ley 30313, promulgada este miércoles, faculta a la Sunarp a cancelar una inscripción extendida en casos de suplantación de identidad o con documentos falsos presentados, lo cual ayudará a evitar estafas, usurpaciones y latrocinios de propiedades.
La Sunarp, hasta antes de la promulgación de esta ley, estaba obligada a seguir una ación ante el Poder Judicial para cancelar el asiento.
Laudos arbitrales
La norma también se refiere a los laudos arbitrales y autoriza a la Sunarp a establecer la formalidad que estos deben tener, para una debida identificación del árbitro y las parte y reducir el riesgo de inscripciones de laudos arbitrales falsos.
Notarías
Con la entrada en vigencia de la norma, los notarios solo podrán extender escrituras públicas de transferencia y gravamen únicamente de los bienes ubicados en la provincia en la cual tiene competencia. Por ejemplo, un notario de Ica no podrá otorgar escritura de una vivienda de Lima.
Los notarios estarán obligados ae establecer la identidad de los otorgantes, en el caso de extranjeros, mediante la base de datos de Migraciones.
No obstante, falta publicar el reglamento correspondiente, para lo cual se convocará la participación de las instituciones vinculadas al tema registral, en especial del Colegio de Notarios de Lima.
Aunque esta norma es un avance, está pendiente la eliminación de trampas como la compra de buena fe, por la cual estafadores despojaban a los propietarios, ante la complacencia del Congreso, pues hace más de una década que aumentaban las denuncias de estos casos y nunca eliminaron ese resquicio legal propicio para las mafias de traficantes de propiedades.

10 comentarios
Bueno mi aporte seria el sgte.- Las transferencias bajo documentos falsos constituyen un delito, ahora bien la Ley Civil no es retroactiva a diferencia de la Ley penal que es ultractiva, se puede aplicar retroactiva mente, entonces siendo casos bien claros las transferencias que toda la sociedad ya conoce por medio de los canales de televisión y son casos emblemáticos el reglamento debe prever que si seria posible aplicar retroactivamente la ley 30313 a los casos de ventas fraudulentas , seria un gran aporte a las familias estafadas.
Es oportuno señalar que se debe tener presente en la reglamentación en grave problema registral de las Personas Jurídicas, por que al igual que el registro de la propiedad, las empresas y asociaciones fueron victimas de la inscripción registral con falsos documentos y falsas declaraciones juradas.
la ley penal es retroactiva solo cuando le favorece al reo.
URGE EL REGLAMENTO A LA LEY,PORQUE NO SE SABE QUE VA PASAR SI EN UNA NOTARIA EXISTEN TRANSFERENCIAS DE INMUEBLES DE PROVINCIAS ANTES DE LA LEY, DONDE FALTA LA FIRMA DE UNO DE LOS CONTRATANTES Y SE CONLUYE FIRMAS PSTERIOR A LA LEY.
El reglamento debe considerar de quienes fueron afectados y demuestran fraudulencias, de estas mafias, en el despojo de sus propiedades; la NULIDAD en los Registros Públicos. Solo así, demostraremos estar contra la delincuencia y recuperar el prestigio de la SUNARP, tan venida a menos en los últimos tiempos.
Ademas de esas facultades que otorga la ley a la SUNARP, que se va hacer con las múltiples estafas que ya existen y son identificadas, que muy bien están registradas en la SUNARP (registros fraudulentos), los estafadores se salieron con la suya, no es obligación del ESTADO garantizar el estado de derecho de sus conciudadanos, en ese sentido por que no sacan otra norma que sea retroactiva, en la que los verdaderos dueños de los previos recuperen su propiedad, por que darle el gusto a los dueños de lo ajeno.
SEÑORES LEGISLADORES, PARA EVITAR LA CARGA PROCESAL Y LA CORRUPACIÓN EN EL PODER JUDICIAL, PARA LAS ESTAFAS COMPROBADAS DE LOS TRAFICANTES DE TERRENOS, BIENES INMUEBLES, ETC., ESTA LEY DEBE SER RETROACTIVA, POR QUE HAY MUCHA GENTE POBRE QUE HA SIDO DESPOJADO DE SUS TERRENOS, CASAS Y POR FALTA DE DINERO Y LA CORRUPCIÓN DE ALGUNOS MALOS MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL, SE HACE TEDIOSO RECUPERAR DICHAS PROPIEDADES POR SUS LEGITIMOS DUEÑOS, MUCHAS O EN CASI TODAS LAS VECES QUE SON LA ÚNICA PROPIEDAD QUE POSEEN, Y SE QUEDAN SIN TENER DONDE VIVIR.
Quisiera ke empleados antiguos de cualquier entidad pública y en especial de agricultura, ya de edad dejen y den lugar a los jóvenes, por que si siguen los antiguos seguirá la corrupción, estoy en plan de hacer cambio de razón social hace 18 años y hasta ahora no me kieren dar ni una constancia ni el cambio de razón social, es una vergüenza que tengamos profesionales mediocres y burocratas
Por su puesto que esta ley es la mas esperada por los estafados, pero no debieron dejar en el tintero la ley retroactiva del mismo. :woohoo:
Pregunto, si esta ley también sirve par los títulos de sucesiones intestadas?