Menos del 14% de la PEA ocupada cuenta con CTS, refiere la CCL
Menos del 14% de la Población Económicamente Activa (PEA) en el Perú cuenta con el beneficio de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), según un informe del Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (IEDEP) de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
El IEDEP de la CCL refiere que si bien lo ideal para el Perú es operar bajo el estándar de un seguro de desempleo dado que permite cubrir los costos de quedar sin trabajo, la realidad del mercado laboral nacional no justifica aún su aplicación debido, por un lado, al tamaño del empleo informal, el cual abarca más del 70% de la PEA.
En ese sentido, el IEDEP de la CCL recomienda al Gobierno continuar con las medidas que garanticen el máximo grado de intangibilidad de la CTS, acompañadas de políticas que propendan a una reforma laboral generadora de más empleo formal y de calidad, con el único objetivo de convertir a estos fondos en un verdadero seguro de protección contra el desempleo.
La CCL recuerda que la CTS, desde su implementación en 1991 a través del D.L Nº 650, sufrió una serie de distorsiones que impidieron cumplir con su verdadero rol como sistema de protección social ante la pérdida de los ingresos que sufre un trabajador durante episodios de desempleo o, en algunos casos, cuando se reduce su jornada laboral.
La política laboral en nuestro país ha tenido una dirección incorrecta en cuanto a las medidas que buscan la protección del trabajador cuando pierde el empleo (desempleo) o cuando labora un número menor de horas de las que quisiera (subempleo visible) pues, en los últimos años, existió un sesgo hacia una mayor rigidez en la oferta laboral traducido en herramientas legales, como la indemnización por despido injustificado cuyo propósito es la protección al empleo y la estabilidad laboral absoluta.
El IEDEP de la CCL explica que debido a las constantes modificaciones legislativas implementadas en los últimos 20 años, la CTS perdió en ciertos periodos su condición de intangibilidad sustituyendo la cultura del ahorro y prevención por la del consumo. “En términos económicos, estos fondos deberían actuar bajo la figura de un ahorro forzoso cuyo uso estaría destinado a mantener los gastos del trabajador y su familia hasta que éste consiga emplearse nuevamente”, refiere.
Sin embargo, precisa cuando se dispuso la libre disponibilidad de estos fondos en épocas de recesión o de desaceleración de la actividad productiva, no se tuvo el impacto deseado en términos de un mayor estímulo al consumo privado ni en la reactivación económica. Por el contrario, en muchos de los casos, sirvió para que lo trabajadores financien el pago de deudas del sistema bancario en especial los dirigidos hacia crédito hipotecario.
Para el IEDEP de la CCL, si un trabajador que hizo aportes a su CTS durante cuatro años pero en el transcurso de ese periodo dispuso del 50% de sus aportes, solo podría mantenerse durante dos meses de encontrarse en una situación de desempleo, lo que sería insuficiente dado que el periodo promedio de duración de desempleo en nuestro país es de tres a cuatro meses, pudiendo alargarse en periodos de contracción económica.
Consecuencias de su libre disponibilidad
Por otro lado, la CCL señala que una consecuencia de la libre disponibilidad de la CTS es la reducción de su tamaño en el sistema bancario, toda vez que este segmento representa el 86% de los depósitos de la CTS en el sistema financiero.
Precisa que, si bien a la fecha, el saldo de los depósitos de la CTS supera los 8,400 millones de nuevos soles (2.3 veces el saldo registrado en 1998), en términos per cápita éste se fue reduciendo pasando de 4 345 nuevos soles a 2 973 nuevos soles en promedio entre 1998 y 2011, respectivamente.
Indica además que el 93% de las cuentas CTS (2.6 millones a nivel nacional) tienen saldos menores de hasta 9 000 nuevos soles, mientras que menos del 1% tienen un saldo superior a los 46 mil nuevos soles. La participación de los saldos de la CTS con respecto a los depósitos totales del sistema bancario se redujo de 8,8% a 6,7% en el periodo de referencia.
La CCL recuerda que, desde mayo del 2011, la CTS ha retornado en cierta medida a su esquema original de intangibilidad al establecer que solo se podrá disponer hasta el 70% del excedente de seis remuneraciones brutas. En consecuencia, si un trabajador tiene un saldo de 10,000 nuevos soles en su cuenta de CTS, siendo su sueldo mensual de 1,000 nuevos soles, solo podría retirar hasta un máximo de 2 800 nuevos soles (70% de 4 000 nuevos soles que corresponden al excedente sobre el monto intangible de seis sueldos brutos).
Sostuvo que, bajo este nuevo esquema, la CTS gana un mayor grado de intangibilidad, teniendo en cuenta que aproximadamente el 94% de los trabajadores tienen cuentas de CTS con un saldo promedio menor a seis remuneraciones brutas, de acuerdo a cifras proporcionadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), lo cual garantiza que estos fondos se destinen fundamentalmente en episodios que involucren la pérdida de empleo cuya duración no supere los seis meses de inactividad del trabajador.