Las embarcaciones artesanales, de menor escala e industriales no podrán extraer anchoveta entre la 20 y 30 millas marinas por un periodo de 20 días.
Como se había adelantado, desde las 00 horas de mañana sábado y durante veinte días, está prohibida que las embarcaciones artesanales, de menor escala e industriales pesquen anchoveta en la zona costera de Punta la Negra y Pimentel, Región Lambayeque, entre la milla 20 y 30, debido a una alta incidencia de juveniles en esa área, que supera el 70%.
El Instituto del Mar del Perú, IMARPE, en su Crucero de Evaluación Acústica de Recursos Pelágicos realizado el 27 de noviembre, encontró gran presencia de anchoveta en tallas no permitidas para su captura, por lo que recomendó al Ministerio de la Producción, adopte las medidas necesarias para garantizar su crecimiento.
La veda de anchoveta, focalizada esta vez en las costas de Punta la Negra y Pimentel en Lambayeque, forma parte del conjunto de acciones que viene tomando el PRODUCE para proteger a los ejemplares juveniles, después que en su último crucero de investigación científica para la segunda temporada de pesca, el IMARPE se encontrara con una importante reducción de la biomasa de anchoveta.
El IMARPE informa semanalmente a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero del Viceministerio de Pesquería, los resultados del seguimiento de la pesca que realiza sobre capturas diarias, capturas incidentales, esfuerzo pesquero, incidencia de ejemplares en tallas menores a las permitidas y otros, y recomienda de inmediato las medidas de precaución que se deben tomar para proteger el recurso.
El cumplimiento de la veda, será supervisada por un total de seis direcciones del Ministerio de la Producción, entre ellas, la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, de Supervisión y Fiscalización, de Sanciones, entre otros. Asimismo, por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, DICAPI, y por las Direcciones Regionales de competencia pesquera dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
El incumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial, será sancionado conforme al Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N.º 019-2011-PRODUCE.