Arbitro Único dio la razón a empresa IFT que denunció a RIBS & COSTILLAS ABASTECIMIENTOS PARRILLEROS, propietaria de la marca MIS COSTILLITAS, por abrir local en zona que le fue asignada para sus operaciones. Algunas franquicias no cumplen los standares mínimos para ser consideradas como tales, desalentando la inversiòn en este rubo, a travès del cual se facturan más de $ 300 millones y generan 10 mil puestos de trabajo en todo el país
El Arbitro Único designado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL) se pronunció a favor de la demanda interpuesta por INTERCONTINENTAL FUSION TRADE contra RIBS & COSTILLAS ABASTECIMIENTOS PARRILLEROS SAC por incumplimiento de contrato de franquicia de la marca MIS COSTILLITAS.
La instancia arbitral emitió una resolución contundente que marca un importante precedente para el estricto cumplimiento de los contratos de franquicia.
RIBS & COSTILLAS ABASTECIMIENTOS PARRILLEROS, empresa propietaria de la FRANQUICIA MIS COSTILLITAS, incurrió en incumplimiento de contrato de franquicia al entregarle a otra empresa, en octubre del 2010, una franquicia para la apertura de un nuevo restaurante en el distrito de Bellavista, zona de influencia exclusiva que le concedió a INTERCONTINENTAL FUSION TRADE en diciembre de 2009.
Cabe señalar que la zona de influencia asignada a INTERCONTINENTAL FUSION TRADE SAC para operar con la marca MIS COSTILLITAS, comprende, además de Pueblo Libre donde funciona actualmente, los distritos de San Miguel, Magdalena, La Perla, La Punta y Bellavista.
Estos distritos están considerados en el CONTRATO DE FRANQUICIA como exclusivos para que opere en ellos INTERCONTINENTAL FUSION TRADE hasta el 21 de diciembre del 2014
RIBS & COSTILLAS ABASTECIMIENTOS PARRILLEROS ignoró por completo el literal I) de la clausula 3.1 del contrato que suscribió con INTERNATIONAL FUSION TRADE el 21 de diciembre de 2009, generándole un enorme perjuicio económico que deberá ser compensado por la empresa RIBS, dueña de MIS COSTILLITAS, debiendo dejar sin efecto alguno la nueva franquicia otorgada en el distrito de Bellavista, así como responder por todos los daños y perjuicios causados por su mal proceder.
Al respecto, la periodista Heidi Castrillón, especializada en temas de comercio exterior y franquicias, y representante de IFT en el Perú y el exterior indicó que “La falta de una Ley de Franquicias que establezca las garantías necesarias para el adecuado desarrollo de este formato de negocio en el país originaría que se eviten abusos, incumplimientos de contratos y hasta estafas por parte, principalmente, de los propietarios de las marcas convertidas en franquicias, lo cual además impide el despegue de este sector” recalcó.
"Con asombro vemos que este rentable modelo de negocio que funciona en el Perú desde 1993 no cuenta con una ley expresa y se rige únicamente a través de contratos que por lo general no se cumplen estrictamente", Agregó.
Es importante mencionar que el mercado total de franquicias en el Perú, según cifras oficiales, mueve alrededor de 860 millones de dólares anuales, correspondiendo 140 millones a franquicias provenientes del Perú.
Cabe destacar que en la actualidad, el mercado nacional viene experimentando un segundo boom de franquicias, y es que actualmente en el país 170 franquicias, de las cuales 48 son marcas peruanas y 122 extranjeras, principalmente estadounidenses
Finalmente, el prestigioso estudio jurídico Pedreschi & Asociados Abogados, bufé que patrocina a IFT, detalló que la respuesta de Indecopi en este asunto debe ser de inmediata, toda vez que se esperaba que la Cámara de Comercio de Lima diera su fallo, y los daños y prejuicios contra su patrocinada siguen aumentando con el pasar de los días.