Jose Flores Cotrina
Yanacocha no subsanó 17 de 30 observaciones de la Autoridad Nacional del Cajamarca. Agua Viva Peru es aprobado.
Una de las objeciones es que se evaluó la calidad de agua como si fuera para riego o para ganado cuando es agua potable para los cajamarquinos.
En diciembre del año pasado el jefe de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), Hugo Jara, informó al viceministro de Minas, Guillermo Shinno, su decisión de no emitir una opinión favorable al informe de subsanación que presentó la minera Yanacocha para ejecutar dos operaciones a tajo abierto, muy cerca del Río Grande, que es la principal fuente de agua potable para la ciudad de Cajamarca.
Tal como informó una investigación de IDL-Reporteros, la entidad que protege nuestro recurso hídrico tomó esta decisión porque la empresa minera no subsanó 17 de las 30 observaciones que le hizo a la Segunda Modificación del Estudio de Impacto Ambiental que Yanacocha presentó para la ampliación del proyecto Yanacocha Oeste.
Con el fin de recibir la aprobación de operación del Ministerio de Energía y Minas, la empresa minera presentó un estudio de impacto ambiental que incluía varias modificaciones, como reconfigurar parte del talud oeste, construir varios accesos, implementar protección ribereña, entre otras.
Sin embargo, la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos de ANA determinó que la empresa no llegó a subsanar al menos 17 de las 30 observaciones.
Uno de los principales problemas que detectó se relaciona con la evaluación de la calidad de agua superficial. El estudio consideró como referencia el estándar de Categoría 3, de agua, que es para el riego de plantas y el consumo del ganado, cuando el río Grande se utiliza para abastecer de agua potable a la ciudad de Cajamarca.
Otra de las observaciones que no logró levantar Yanacocha se refiere a los criterios que se usó para determinar el área de estudio de la calidad de agua, pues no necesariamente se circunscriben al área de influencia. Hay sectores que no coinciden con los mapas presentados.
Asimismo, el informe de ANA advierte que no se ha abordado con mayor sustento cuáles son los valores que se asocian con la información sobre las características mineralógicas de la zona y los niveles de la calidad del agua.
El informe de Yanacocha tampoco ha logrado subsanar cuáles son los puntos de control, los parámetros y frecuencia de los monitoreos de agua; ni el monitoreo de sedimentos, y menos aún del monitoreo hidrobiológico.
Según estos y otros puntos, la Autoridad Nacional del Agua no emitió una opinión favorable al estudio de impacto ambiental presentado.
Hay nuevos estándares
La directora de Gestión de Calidad de Recursos Hídricos de ANA, Betty Chung, informó que a fines de enero pasado un grupo de especialistas de esta entidad se reunió con representantes de Yanacocha para aclarar sus dudas sobre las observaciones que hicieron a la Segunda Modificación del Estudio de Impacto Ambiental de Proyecto Suplementario Yanacocha Oeste.
Indicó que están evaluando el plan integral de adecuación de los nuevos estándares de calidad ambiental para las aguas que ha presentado Yanacocha.
Refirió que a tiempo se informó que estas exigencias deben aplicarse de manera inmediata a partir del 2008, por lo que tanto Yanacocha como otras empresas han tenido el tiempo suficiente para adecuar su infraestructura y tecnologías para tratar aguas.
Podrían condenar a Aguinaga hasta a ocho años de cárcel
Tomar fotos con su celular dentro de la DIROES podría costarle muy caro al congresista fujimorista Alejandro Aguinaga. Según el Código Penal, en relación a la seguridad de los centros de detención o reclusión, aquel funcionario público que ingrese indebidamente equipos de comunicación y además haga registro de tomas fotográficas será sancionado con una pena privativa no menor de seis ni mayor de ocho años.
Este delito justamente fue denunciado por el jefe del INPE, José Luis Pérez Guadalupe, quien señaló que Aguinaga ingresó a la prisión de Ate con un teléfono celular con cámara fotográfica; incluso remarcó que tiene en su poder dos informes que detallan que hace unas semanas ingresó a la DIROES portando este equipo móvil a las instalaciones.
“Esto sería un delito. Tomó fotos dentro del penal en el registro de visitas cuando salía, en setiembre, de manera prepotente”, agregó.
Consultado sobre este hecho, el abogado Carlos Rivera aseveró que el parlamentario por Fuerza Popular estaría seriamente comprometido con esta infracción legal, puesto que la norma antes mencionada, al ser tan precisa, no deja margen de interpretación.
“No entiendo cuál fue la mente tan brillante que asesoró al legislador Aguinaga para que haga eso. Y para empeorar las cosas, el mismo titular del INPE ha hecho público este delito, por lo que fácilmente el Ministerio Público podría iniciar una investigación previa”, remarcó.
Del mismo modo, Rivera señaló que al margen de los trámites regulares de una denuncia, que debería ser formalizada por el Instituto Nacional Penitenciario, el hecho en sí no deja ninguna duda de que se ha cometido una grave ilegalidad.
PARCHE PARA AGUINAGA
El jefe del INPE, José Luis Pérez Guadalupe, descartó que el acusado de grabar en video al expresidente reo Alberto Fujimori, el policía Guillermo Albuquerque, haya ingresado al penal de la DIROES y aseveró que el oficial captó las imágenes cuando estaba parado detrás de la puerta del centro penitenciario.
Asimismo, reveló que el agente no era un extraño en esta cárcel de Ate, ya que era el encargado del mantenimiento del presidio. “Él veía todo el tema de electricidad, agua y jardines; no era anormal que entrara a la DIROES porque era un agente policial conocido”, acotó.
De este modo, reiteró que Albuquerque solo estaba a unos pasos del penal y no llegó a ingresar. Además, recordó que Fujimori sí tenía permiso para ir hasta la puerta que está dentro de las instalaciones de la DIROES, y más aún porque, como muestran las imágenes, en esa zona acostumbraba a cuidar sus rosales.
Este último punto confirmaría por qué el policía pudo realizar esta filmación con el exmandatario como protagonista, hecho que no implicaría ningún delito porque este video es anterior al 22 de julio de 2012, fecha en la que entró en vigencia la norma que prohíbe ingresar, tomar fotos e imágenes en video en el interior de los diferentes centros de reclusión o detención a nivel nacional.
¿Por qué el legislador fujimorista cometió un delito?
Según la Ley 29867, artículo 368-A, está prohibido el ingreso indebido de equipos o sistema de comunicación, fotografía y/o filmación en un centro de detención o reclusión. “El que indebidamente ingresa, intenta ingresar o permite el ingreso a un centro de detención o reclusión, equipos o sistema de comunicación, fotografía y/o filmación o sus componentes que permitan la comunicación telefónica celular o fija, radial, vía internet u otra análoga del interno, así como el registro de tomas fotográficas o de video, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años”, dice la norma.
Entonces, ¿dónde se dice que Aguinaga cometió una infracción legal? Según la segunda parte de este artículo, “si el agente se vale de su condición de autoridad, abogado defensor, servidor o funcionario público (en este caso, especificado en su labor como congresista de la República) para cometer o permitir que se cometa el hecho punible descrito, la pena privativa será no menor de seis ni mayor de ochos años e inhabilitación”, esto último, conforme al artículo 36, incisos 1 y 2, del presente Código. ¡Más claro ni el agua!
EL DATO
Aguinaga calificó a Pérez Guadalupe de ser el “brazo armado” del Ministerio de Justicia por entorpecer el pedido de indulto del reo Fujimori.
Alberto Botton
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.