La comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, aprobó el proyecto 00429/2011-CR, de autoría del congresista Marco Falconí Picardo, que propone modificar los artículos 142.° y 150.° del Código Tributario y regula el pago de interés en las apelaciones y reclamaciones ante la Administración Tributaria.
En ambos artículos, el 142 y 150, referidos al plazo para resolver las reclamaciones y el plazo para resolver la apelación, respectivamente, se agregaría un párrafo indicando que “no deberá imputársele al administrado el pago de intereses moratorios o compensatorios que se generen vencido el plazo para resolver las reclamaciones contempladas en el presente artículo”.
El primer vicepresidente indicó que actualmente los plazos previstos en el Código Tributario son excesivos e inclusive superan largamente a los plazos previstos en la jurisdicción administrativa fijada en la Ley 27444, civil, penal y laboral, por lo que debe obligarse a la administración tributaria a dar celeridad a sus procedimientos y resolverlos dentro de los plazos legales fijados.
Agregó que la aprobación del proyecto generará seguridad jurídica en los administrados y limitará y controlará el ejercicio arbitrario del Estado.