Tienen hasta el lunes 15 de julio. El monto de la multa se determina según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de S/4.200.
Si los empleadores no pagan o depositan hasta el 15 de julio la gratificación por Fiestas Patrias (infracción grave), pueden ser sancionados con multas diferenciadas que van desde los S/ 462 hasta los S/ 94.500, según el régimen laboral de la empresa, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
"Se trata de tres escalas de multas diferenciadas de acuerdo al tamaño de la empresa, que pueden ser microempresa, pequeña empresa y, mediana y gran empresa (No Mype)", manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
Estas multas fueron aprobadas por el D.S. 015-2017-TR considerando los principios de razonabilidad y proporcionalidad previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley 27444.
El Centro Legal de la CCL explicó que, para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de S/4.200 para el 2019.
Las multas para microempresas y pequeñas empresas, inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
En el siguiente cuadro se detalla las multas mínimas y máximas por no pagar o depositar la gratificación por Fiestas Patrias, según el tipo de empresa.
Multas mínimas y máximas por no pagar la gratificación
(DS. 015-2017-TR, vigente desde el 7.8.17)
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Microempresa |
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Infracción |
Multa mínima |
Multa máxima |
No pagar gratificación |
S/ 462,00 |
S/ 1,890.00 |
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Pequeña Empresa |
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No pagar gratificación |
S/ 1,890.00 |
S/ 18,900.00 |
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Mediana y Gran Empresa |
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No pagar gratificación |
S/ 5,670.00 |
S/ 94,500.00 |