El monto de cobertura del seguro para depósitos de personas naturales y jurídicas en cajas rurales, municipales, financieras y bancos protgidos hasta S/ 100,432, según la la Circular N-º B-2246-2019, de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Este monto rige en el sistema financiero, correspondiente al trimestre de junio a agosto de 2019 y reemplaza al del trimestre anterior fue de 99,949 soles (entre marzo y mayo de 2019).
La SBS realizó la actualización en virtud a las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349-º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, Ley N.º 26702 y sus modificatorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.º de dicha Ley General.
La cobertura del seguro respalda los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad, de las personas naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro, así como los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas.
Dicho monto incluye todos los depósitos asegurados que un depositante tiene en una misma entidad financiera.
Cuando uno de los miembros del FSD es declarado en estado de disolución y liquidación el pago del seguro se realiza en función al listado que elabora la SBS, el mismo que contiene la relación de los asegurados y los montos a ser cubiertos.
El FSD cubre los depósitos en moneda extranjera en su equivalente en moneda nacional. En el caso de las cuentas mancomunadas se divide el saldo de las mismas a prorrata entre los titulares.