trabajadores jovenesEl 31 de octubre es día no laborable en el sector público y opcional en el sector privado. Los centros de trabajo del sector privado podrán acordar con sus colaboradores no trabajar el jueves 31 de octubre, con cargo a recuperar las horas que no laboradas, mediante horas extras, a cuenta de vacaciones, etc.
 
Conforme al Decreto Legislativo 713, el martes 8 de octubre, celebración del Combate de Angamos, es feriado nacional para los trabajadores del sector público y privado, día que sin laborar es pagado por los empleadores, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
 
“El pago del feriado es equivalente a una remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo. No obstante, en el caso del trabajador del sector privado, derecho a percibir tres remuneraciones, siempre que no cuente con descanso sustitutorio”, refirió Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
 
En ese sentido, el trabajador percibirá: (i) una remuneración diaria por el feriado, (ii) una segunda remuneración por el trabajo realizado y (iii) una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día (sobretasa del 100%).
 
Por ejemplo, si un trabajador tiene una remuneración diaria de S/ 50 y no labora el feriado 8 de octubre percibirá dicho monto por el feriado. De laborar el feriado con descanso sustitutorio, se le pagará solo S/ 50 por el feriado (que viene incluido en la boleta de pago), pero si labora el feriado sin descanso sustitutorio percibirá triple remuneración: S/ 50 por el feriado, S/ 50 por el trabajo realizado y S/ 50 por haber laborado en día feriado.
 
DÍA NO LABORABLE CON FINES TURÍSTICOS
La Cámara de Comercio de Lima también hace mención que con el D.S. 002-2019-PCM, publicado el 4 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano, el gobierno declaró el jueves 31 de octubre de 2019 como día no laborable, compensable, en el sector público y opcional en las empresas del sector privado.  Ello con el propósito de promocionar el turismo interno a nivel nacional.
 
Al respecto, los centros de trabajo del sector privado -a nivel nacional- podrán acordar con sus empleados no laborar el jueves 31 de octubre, con cargo a recuperar las horas dejadas de laborar, mediante horas extras, a cuenta de vacaciones, etc.