Impuesto Predial no subirá más del 2% en el 2010


La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que el Impuesto Predial en el año 2010 se incrementará hasta en 2% como máximo, como consecuencia del reajuste de los valores oficiales de edificaciones y los valores arancelarios de los terrenos, aprobados recientemente por el Ministerio de Vivienda.


En efecto, tomando como base los nuevos Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones, aprobados por el Sector Vivienda (Resolución N.º 296-2009-VIVIENDA), publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 30 de octubre último, la Cámara de Comercio de Lima estima que el impuesto predial para el 2010 se incrementará en la Costa, en un promedio del 1.50%, con relación al pagado en este año.

De acuerdo a los cálculos efectuados por la Cámara de Comercio de Lima, los nuevos valores de edificaciones para el año 2010 en las categorías A, B, C, D, E, F, G, H, I se han incrementado en promedio en 1.20%, con relación a los valores del año 2009.

Oportuna publicación
La CCL destaca que el Ministerio de Vivienda ha cumplido con publicar oportunamente los valores arancelarios de terrenos y el cuadro de valores oficiales de edificaciones, que tomarán en cuenta las municipalidades y los propietarios de predios para la declaración y el pago del impuesto predial, ejercicio 2010.

En efecto, el Art. 11.º del D. Leg. 776, modificado por el D. Leg. 952, establece que para la determinación y el pago del impuesto se tomarán en cuenta los valores unitarios de edificaciones y los valores arancelarios de terrenos aprobados por CONATA (ahora absorbido por el Ministerio de Vivienda), siempre que estén vigentes al 31 de octubre del año precedente al que corresponde el impuesto.

Jubilados
Los pensionistas propietarios de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a casa habitación y cuyos ingresos (del jubilado) estén constituidos únicamente por su pensión, que no debe exceder a una UIT  tienen derecho a deducir del autoavalúo el monto equivalente a 50 UIT, debiendo pagar el impuesto predial sólo por el exceso a las 50 UIT, recuerda la CCL.

Por ejemplo, si el autoavalúo 2010 de la casa del jubilado es S/. 200,000 se descontarán S/. 180,000 (considerando la UIT del 2010 en S/. 3,600). En este caso, el autoavalúo afecto del jubilado será S/. 20,000 y el impuesto predial del año 2010 será S/. 20,000 x 0.2% = S/.40.

Impuesto mínimo
Cabe recordar que conforme  al artículo 13.º del D. Leg. 776, las municipalidades están facultadas a establecer un monto mínimo a pagar por concepto del impuesto predial, equivalente al 0.6% de la UIT (S/. 22)

Metodología
Según el anexo de la R.M. N.º 296-2009-VIVIENDA, la metodología para la determinación de la base imponible de las instalaciones fijas y permanentes será la siguiente:

“Para la determinación del valor de las edificaciones con características especiales, las obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes, se deberán efectuar los correspondientes análisis de costos unitarios de cada una de las partidas que conforman la instalación, considerando exclusivamente su costo directo, no deben incluir los gastos generales, utilidad e impuestos.

Los valores resultantes deben estar referidos al 31 de octubre del año anterior. La resultante del valor obtenido se multiplicará con FACTOR DE OFICIALIZACIÓN: Fo = 0,68”

 

VARIACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL 2009 – 2010 (*)

PREDIO CATEGORÍA A

Vivienda, 400 m2 , Estado: Muy bueno, Menos de 5 años de antigüedad (0% depreciación)

Año

Valor de

edificación
Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2010

2009
1,436.84
574,736
4,683
1.30%
2010
1,454.08
581,632
4,744
 
PREDIO CATEGORÍA B

Vivienda, 200 m2Estado: Bueno, Menos de 10 años de antigüedad (5% depreciación)

Año

Valor de edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2010

2009
947.32
179,991
867
1.16%
2010
958.68
182.149
877
 
 
PREDIO CATEGORÍA C

Vivienda, 200 m2Estado: Regular, Menos de 20 años de antigüedad (29% depreciación)

Año

Valor de edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2010

2009
672.75
95,531
360
0.56%
2010
680.83
96,564
362
 
PREDIO CATEGORÍA D

Vivienda, 120 m2, Estado: Bueno, Menos de 15 años de antigüedad (16% depreciación)

Año

Valor de edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2010

2009
527.33
53,155
106
1.90%
 
2010
533.67
53,794
108
 

(*) Considerando una UIT proyectada de S/. 3,600 para el año 2010

Fuente: Gerencia Legal CCL