Indecopi aplica derechos antidumping a calzado importado de Vietnam
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) decidió aplicar derechos antidumping al calzado vietnamita, fabricado en la parte superior con material textil, debido a que se comprobó que afectó a la industria local.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) decidió aplicar derechos antidumping al calzado vietnamita, fabricado en la parte superior con material textil, debido a que se comprobó que afectó a la industria local.
El antidumping es un cobro que se hace a las importaciones que ingresan al país a precios que perjudican a los productos nacionales, con el fin de evitar daño a la industria local. En este caso a los productores locales que fabrican chanclas, chancletas, chalas, slaps, sandalias, pantuflas, babuchas, alpargatas y zapatillas tipo clog o sueco.
El perjuicio se evidenció en la reducción de las ventas de los fabricantes peruanos, disminución en la participación de mercado, menor producción y disminución del empleo. Sobre este último indicador, las cinco empresas que pidieron la investigación informaron al INDECOPI que la producción de este tipo de calzado generaba, en promedio, 510 puestos de trabajo.
El pedido de investigación fue presentado por la Corporación de Cuero, Calzado y Afines, en representación de cinco empresas productoras que operan en la ciudad de Lima. En la solicitud no se incluyó a los demás tipos de calzado que se producen en el país, como aquellos fabricados con cuero, cuyos productores se ubican principalmente en ciudades del interior del país, como Trujillo y Arequipa.
También fueron analizadas las importaciones de otras variedades de calzado proveniente de China y Vietnam, pero se decidió no aplicar derechos antidumping debido a que no causaron un daño importante a los fabricantes locales. Ello, porque ingresaron a precios superiores a los de la industria nacional y en volúmenes poco significativos.
Zapatos ecuatorianos
Sin embargo, se conoció que otras importaciones de calzado que sí causaron daño fueron las provenientes de Ecuador. Éstas ingresaron al país en mayor volumen y con precios sustancialmente inferiores a los de los productores locales.
No obstante, por mandato legal, el INDECOPI se encuentra impedido de aplicar derechos antidumping a las importaciones de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, como es Ecuador, pues para ello debe acudirse ante las autoridades de la CAN.
La resolución emitida por el INDECOPI se publicará en los próximos días en el diario oficial El Peruano.
El perjuicio se evidenció en la reducción de las ventas de los fabricantes peruanos, disminución en la participación de mercado, menor producción y disminución del empleo. Sobre este último indicador, las cinco empresas que pidieron la investigación informaron al INDECOPI que la producción de este tipo de calzado generaba, en promedio, 510 puestos de trabajo.
El pedido de investigación fue presentado por la Corporación de Cuero, Calzado y Afines, en representación de cinco empresas productoras que operan en la ciudad de Lima. En la solicitud no se incluyó a los demás tipos de calzado que se producen en el país, como aquellos fabricados con cuero, cuyos productores se ubican principalmente en ciudades del interior del país, como Trujillo y Arequipa.
También fueron analizadas las importaciones de otras variedades de calzado proveniente de China y Vietnam, pero se decidió no aplicar derechos antidumping debido a que no causaron un daño importante a los fabricantes locales. Ello, porque ingresaron a precios superiores a los de la industria nacional y en volúmenes poco significativos.
Zapatos ecuatorianos
Sin embargo, se conoció que otras importaciones de calzado que sí causaron daño fueron las provenientes de Ecuador. Éstas ingresaron al país en mayor volumen y con precios sustancialmente inferiores a los de los productores locales.
No obstante, por mandato legal, el INDECOPI se encuentra impedido de aplicar derechos antidumping a las importaciones de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, como es Ecuador, pues para ello debe acudirse ante las autoridades de la CAN.
La resolución emitida por el INDECOPI se publicará en los próximos días en el diario oficial El Peruano.