Se aprobó régimen provisional en todo el litoral del país con límites de captura en base a recomendaciones de IMARPE. Pesca de las mencionadas especies será destinada al consumo humano directo
Hasta el próximo 31 de marzo del presente año las embarcaciones pesqueras artesanales y de mayor escala podrán realizar la captura de jurel y caballa, de acuerdo al Régimen Provisional para su extracción que ha establecido el Ministerio de la Producción, con vigencia en todo el litoral del país.
De acuerdo a la norma, las embarcaciones deberán contar con permiso de pesca vigente para la captura de estos recursos.
Asimismo, a fin de garantizar una pesca sostenible y racional, se ha fijado un límite de captura mensual de 10,000 toneladas métricas de la fracción juvenil del recurso jurel y 15,000 toneladas métricas de la fracción juvenil del recurso caballa.
El IMARPE realizará el monitoreo de las actividades extractivas a fin de informar sobre los resultados y que se establezcan las medidas de regulación pesquera necesarias.
En el marco del régimen provisional, la pesca de jurel y caballa estarán sujetas a lo que establece el Reglamento de Ordenamiento Pesquero (D.S. Nº 011-2007-PRODUCE)
La Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, en coordinación con las Direcciones Regionales de la Producción de la jurisdicción, o quien haga sus veces, desarrollarán un sistema de control permanente durante la vigencia del régimen provisional, en cada punto de desembarque.

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