La obsesión de Simón Bolívar por Jaén y Maynas (II)
No pocas son las responsabilidades aún no aclaradas o individualizadas de las miopes castas políticas peruanas que ayer, como hoy, ignoraban asuntos fundamentales del drama nacional. Así surgieron conflictos desde la misma génesis fundacional de la república. En Las veleidades autocráticas de Simón Bolívar, Tomo IV La guerra de límites contra el Perú, el embajador Félix C. Calderón revela por vez primera y con abundancia de detalles estos intríngulis escabrosos. Y hay que decirlo con voz bronca: aberrantes. Los artículos a continuación, a modo de resumen, sintetizan capítulos mantenidos en tinieblas durante decenios. (hmr)
No pocas son las responsabilidades aún no aclaradas o individualizadas de las miopes castas políticas peruanas que ayer, como hoy, ignoraban asuntos fundamentales del drama nacional. Así surgieron conflictos desde la misma génesis fundacional de la república. En Las veleidades autocráticas de Simón Bolívar, Tomo IV La guerra de límites contra el Perú, el embajador Félix C. Calderón revela por vez primera y con abundancia de detalles estos intríngulis escabrosos. Y hay que decirlo con voz bronca: aberrantes. Los artículos a continuación, a modo de resumen, sintetizan capítulos mantenidos en tinieblas durante decenios. (hmr)
La obsesión de Simón Bolívar por Jaén y Maynas (II)
por Félix C. Calderón
El colapso administrativo del Perú se debió a la pérdida brutal en muy poco tiempo del cogollo de los especialistas de la administración colonial, ya sea por considerar prudente los más capaces regresar a España, o porque fueron echados malamente de sus puestos de trabajo o porque perecieron defendiendo sus intereses. Lo cierto es que en medio de este zafarrancho administrativo aparecieron de la noche a la mañana para reemplazarlos novatos, improvisados, aprovechados o extranjeros. Muchos de ellos sin mayor conocimiento de la historia colonial peruana inmediata o del manejo de la cosa administrativa, y no pocos con una visión fanática del cambio. De allí esa contradicción aparente, si creemos a Joaquín Mosquera, de utilizar como referencia electoral la Guía de 1797 que excluía a Jaén y Maynas y, al mismo tiempo, convocar al electorado de esos territorios para tener representantes en el Congreso de Lima. Es decir, queda la impresión que se sabía de oídas que Jaén y Maynas eran peruanos, pero no se hacía el linkage con la Real Cédula de 1802. Desconocimiento que resultó fatal para el Perú republicano.
Días más tarde, la perseverancia del plenipotenciario colombiano dio frutos mitigados, firmándose el 22 de julio de 1822 el Tratado Monteagudo-Mosquera, el cual en su artículo IX no hizo ninguna referencia a la Real Cédula de 1802, limitándose tan solo a señalar que "la demarcación de los límites precisos" se arreglaría "por un convenio particular después que el próximo Congreso Constituyente del Perú haya facultado al Poder Ejecutivo del mismo Estado para arreglar este punto." Al parecer, muy acertadamente Bernardo de Monteagudo se valió de lo estipulado en el artículo 6º de la Constitución de 1823 ("El Congreso se reserva la facultad de fijar los límites de la República, de inteligencia con los Estados limítrofes, verificada la total independencia del Alto y Bajo Perú."), para sustraerse a la alternativa de tener que prejuzgar límites que podían traducirse en perjuicio del Perú. (Véase Tomo Segundo: La fanfarronada del Congreso de Panamá).
La firma del Tratado Montegudo-Mosquera coincidió con la instrucción antes mencionada de Sucre, impartida igualmente el 22 de julio. Más, cuando se enteró en agosto este disciplinado lugarteniente por la Gaceta de Lima que Jaén había sido convocada para enviar diputados al Congreso peruano, decidió dar marcha atrás, pues era preferible esperar que la situación se decantara en el Perú. Suponemos que, también, por esa fecha recibió noticias de la firma en Lima del Tratado Monteagudo-Mosquera que, literalmente, congelaba el supuesto litigio fronterizo. Es por eso que en el recuento que hizo el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú el 9 de octubre de 1822, suscrito por Francisco Valdivieso, se consignó en el penúltimo párrafo lo siguiente:
"El último oficio que se acaba de recibir del Presidente del Departamento de Trujillo, con fecha 28 de setiembre anterior, relativo a las mismas recientes comunicaciones del General Sucre con el Gobernador de Jaén, manifiesta haberse cambiado el aspecto odioso de este negocio; y que no se quiere turbar la armonía de la república de Colombia con el Gobierno del Perú (sic)." (Ibid.).
Así las cosas, un nuevo intercambio de comunicaciones tuvo lugar entre el plenipotenciario colombiano Joaquín Mosquera y el Ministro de Guerra y Marina encargado de Relaciones Exteriores, Juan de Berindoaga, Conde de San Donás, durante el lapso cercano a un mes (11 de octubre y 4 de noviembre de 1823), por el cual se acordó arreglar "la demarcación de límites entre ambas Repúblicas."
Y cuando el Congreso Constituyente del Perú sesionaba en 1823, ya con Bolívar autoproclamado libertador recorriendo el norte del territorio peruano, y tan pronto como Colombia ratificó el tratado de 22 de julio de 1822, Joaquín Mosquera volvió a activar en Lima, puntualmente, la cuestión de límites pendiente, de conformidad con lo acordado en el artículo IX del tratado antes citado, y fue éste mismo representante colombiano quien tomó la iniciativa de presentar el 3 de diciembre de 1823 un proyecto de Convención no necesariamente exento de ambigüedades. El texto se leía como sigue: "Ambas partes reconocerán por límites de sus territorios respectivos, los mismos que tenían en el año de mil ochocientos nueve los ex –Virreynatos del Perú y Nueva Granada, desde la desembocadura del río Tumbes al mar Pacífico hasta el territorio del Brasil." (Ibid.).
Como se puede apreciar, si bien había una referencia clara al uti possidetis de 1809, se combinaba oscuramente ese principio con una delimitación implícita mediante un trazo en el sentido latitudinal desde la desembocadura del río Tumbes hasta la frontera con el Brasil. Es decir, con este fraseo ambiguo se negaban los innegables derechos del Perú prevalecientes en 1809 con base en la real Cédula de 1802, modificándose de facto la posición que sostuvo el régimen bolivariano en el Tratado Monteagudo-Mosquera en que no se prejuzgaba nada. Y lo que es peor ese trazo arbitrario resultó ser también del gusto de algunos peruanos, como se va a demostrar.
Pero, cuando Juan de Berindoaga sometió esa propuesta a consideración de la Comisión Diplomática del Congreso peruano, el 12 de diciembre de 1823, ésta tuvo a bien introducir una importante enmienda que se lee como sigue:
"La Comisión Diplomática ha examinado el proyecto de Convención que, para el arreglo de límites con la República de Colombia, presentó al Supremo Gobierno el Ministro Plenipotenciario señor Joaquín Mosquera, el cual opina la Comisión puede admitirse suprimiéndose las expresiones desde la desembocadura del río Tumbes al mar Pacífico hasta el territorio del Brasil (en cursivas en el original); pues son en concepto de los que suscriben contradictorias (sic) a lo que se establece por base en la primera parte de dicho proyecto, y lo que en cumplimiento de sus deberes expondrán al Congreso en la discusión de una materia de tanta gravedad y trascendencia." (Ibid.).
Lógico y contundente dictamen promovido por Juan de Berindoaga, lo cual fue a la postre probablemente la causa del odio a muerte que le tuvo Bolívar quien no paró hasta mandarlo al cadalso. Ese histórico dictamen firmado, entre otros, por Juan Antonio de Andueza, José Gregorio Paredes, José María Galdiano y Bartolomé de Bedoya, tuvo el acierto de detectar la contradicción que se daba en la propuesta de Mosquera, razón por la cual optó por simplificarla, conservando tan solo la primera parte del texto original, pese a que se ignoraban los alcances de la Real Cédula de 1802. Es así como, aceptado formalmente el nuevo texto por el enviado Mosquera a propuesta del plenipotenciario peruano ad hoc José María Galdiano, el 18 de diciembre de 1823 se suscribió la Convención de Límites consistente en dos artículos, siendo el principal el artículo I que estipulaba lo siguiente: "Ambas partes reconocen por límites de sus territorios respectivos los mismos que tenían en el año mil ochocientos nueve los ex – Virreynatos del Perú y Nueva Granada." (Ibid.).
Dicha convención fue aprobada por el Congreso Constituyente peruano al día siguiente, 19 de diciembre. Más, ese no fue el caso del Congreso de la Colombia bolivariana. El 7 de febrero de 1825 se produjo un coup de theâtre. El Encargado de Negocios colombiano en Lima Cristóbal de Armero puso en conocimiento de la Cancillería peruana por intermedio de una nota fechada ese día que "elevado a la consideración del Cuerpo Legislativo el tratado de límites concluido entre ésta y aquella República el 18 de diciembre del año pasado de 1823, por los Plenipotenciarios de ambas partes; no ha tenido a bien prestarle su aprobación (sic), deja así la negociación abierta para que se haga oportunamente una nueva Convención." (Ibid.). ¿Qué había ocurrido? ¿Por qué el país promotor de la Convención de Límites negaba su aprobación a un tratado que en lo esencial retenía la tesis bolivariana del respeto al uti possidetis de 1809? La respuesta la da el mismo Bolívar en una carta remitida a Santander meses antes, el 29 de julio de 1822:
"A fines de este mes pienso pasar a Cuenca y Loja volviendo aquí por Túmbez para examinar nuestra frontera (sic). El batallón Bogotá queda de guarnición en aquellas provincias. (…) Tenga Ud. entendido que el corregimiento de Jaén lo han ocupado los del Perú, y que Maynas pertenece al Perú por una real orden muy moderna (sic); que también está ocupada por fuerzas del Perú. Siempre tendremos que dejar a Jaén por Maynas (sic) y adelantar si es posible nuestros límites de la costa más allá de Túmbez (sic). Yo me informaré de todo en el viaje que voy a hacer y daré parte al gobierno de mi opinión." (Vicente Lecuna.- Op. cit.- Tomo III).
Es decir, la conducta que observó Sucre el 22 de julio era perfectamente coherente con lo que pensaba su master por esos días. Esto es, con cargo a prever un quid pro quo, puesto que se conocía los alcances de la Real Cédula de 1802, era cuestión de anticiparse a tomar posesión de Jaén para eventualmente cambiarlo por Maynas: "Siempre tendremos que dejar a Jaén por Maynas (sic) y adelantar si es posible nuestros límites de la costa más allá de Túmbez (sic)." El esquema concebido no dejaba duda. Pero, goloso como era el osado guerrero, después lo quiso todo y más, para terminar perdiendo.
Teniendo en cuenta lo admitido por Bolívar en esa carta de 29 de julio de 1822, concordante con la Real Cédula de 1802 y con lo puntualizado por Tomás Cipriano de Mosquera, la pretensión de Gual del status quo ante bellum corroboraba, paradójicamente, que el territorio peruano comprendía Jaén y Maynas. De donde se desprende que sostener lo contrario era falaz y doloso. Doblemente falaz e inexcusablemente doloso; por cuanto, por un lado, se le quería arrebatar al Perú arbitrariamente esos importantes territorios y, por el otro, se daba por todo argumento un supuesto derecho pretérito, aun cuando éste era infundado, inexistente.
Como lógica consecuencia, es de imaginar la reprimenda que recibió Joaquín Mosquera cuando regresó a Bogotá tras concluir la Convención de 1823, porque al suprimirse en Lima la parte final de su texto, quedaba intacto implícitamente el derecho territorial del Perú sobre Jaén y Maynas en tanto se sabía en la capital bolivariana que Maynas pertenecía otra vez al Perú "por una real orden muy moderna (sic)".
Por eso, con la experiencia del traspié de Joaquín Mosquera en Lima, Bolívar y Gual volvieron a la carga en 1825. Primero se pensó acreditar a Sucre como plenipotenciario en Lima para zanjar el asunto de los límites y la supuesta deuda. Mas, como éste era indispensable para el fiel cumplimiento de la agenda que tenía el ambicioso caudillo en el Alto Perú, se optó por llevar la negociación al istmo de Panamá al margen del Congreso convocado para disuadir a los españoles a no emprender una expedición restauradora por Maracaibo (véase el Tomo Segundo: La fanfarronada del Congreso de Panamá). En una comunicación que desde Lima le remitió Bolívar a Santander, el 30 de mayo de 1826, definió muy bien sus planes al respecto:
"(…) No hablo a Vd. del nuevo proyecto eclesiástico, porque todavía no lo hemos presentado al gobierno del Perú para que lo considere. Se espera al general Santa Cruz que es más despreocupado que el actual presidente (sic). (…) El general Sucre quedará mandando en Bolivia por dos o tres años. El general Santa Cruz se pondrá a la cabeza del consejo de gobierno. En este país quedan las cosas muy poco seguras, porque faltan por ejecutar las operaciones políticas más peligrosas y de mayor interés. (…) Gual me ha escrito de Panamá, y toda su carta (sic) se reduce a hablarme sobre la necesidad en que estamos de apresurar la negociación de límites entre el Perú y Colombia; él es de la opinión que por tal de que se consiga este tratado dejásemos la provincia de Loja del lado peruano. Yo he contestado (sic) que no soy de este parecer, ni que debemos perder a Mojos y Bracamoros (sic), cuando estas provincias deben quedarnos porque nos pertenecen porque no son desiertos como los del Marañón. Le digo que de Jaén al Marañón se puede tirar una línea y este río puede servirnos de límites entre los dos desiertos; los antiguos límites de las provincias de Quito y los peruanos deberán servirnos de frontera (sic). Creo, pues, que Colombia podría autorizar a Heres para que entablase esta negociación sobre esta base, que puede y aun debe ser aceptada, siendo esto lo que verdaderamente conviene a ambos (sic). Yo no dudo que Heres logre un buen efecto en su misión, porque, además de la justicia del reclamo, la amistad que tiene con el general Santa Cruz, que va a ser el presidente del Consejo de Gobierno, le facilitará los medios de obtener el buen resultado que desea Gual sin sacrificar nuestros intereses (sic) perdiendo a Loja. Además para perder siempre hay tiempo y mucho menos cuando esta pérdida es inexcusable." (Vicente Lecuna: Op. cit.- Tomo V).
"Para perder siempre hay tiempo y mucho menos cuando esta pérdida es inexcusable." Quien hablaba de ese modo era quien fungía en ese momento de dictador supremo del Perú, esto es, ejercía en forma ilimitada el poder en todos los ámbitos. Reténgase igualmente esta frase: "Le digo que de Jaén al Marañón se puede tirar una línea y este río puede servirnos de límites entre los dos desiertos; los antiguos límites de las provincias de Quito y los peruanos deberán servirnos de frontera (sic)." Y llamamos la atención de este párrafo porque muy pronto, fue Hipólito Unánue, ese tránsfuga contumaz, quien se plegó a esa tesis, siendo en esto ostensible la influencia nefasta de Bolívar sobre los títeres que manejaba en Lima en el seno del fantasmal Consejo de Gobierno. (Continuará).
por Félix C. Calderón
El colapso administrativo del Perú se debió a la pérdida brutal en muy poco tiempo del cogollo de los especialistas de la administración colonial, ya sea por considerar prudente los más capaces regresar a España, o porque fueron echados malamente de sus puestos de trabajo o porque perecieron defendiendo sus intereses. Lo cierto es que en medio de este zafarrancho administrativo aparecieron de la noche a la mañana para reemplazarlos novatos, improvisados, aprovechados o extranjeros. Muchos de ellos sin mayor conocimiento de la historia colonial peruana inmediata o del manejo de la cosa administrativa, y no pocos con una visión fanática del cambio. De allí esa contradicción aparente, si creemos a Joaquín Mosquera, de utilizar como referencia electoral la Guía de 1797 que excluía a Jaén y Maynas y, al mismo tiempo, convocar al electorado de esos territorios para tener representantes en el Congreso de Lima. Es decir, queda la impresión que se sabía de oídas que Jaén y Maynas eran peruanos, pero no se hacía el linkage con la Real Cédula de 1802. Desconocimiento que resultó fatal para el Perú republicano.
Días más tarde, la perseverancia del plenipotenciario colombiano dio frutos mitigados, firmándose el 22 de julio de 1822 el Tratado Monteagudo-Mosquera, el cual en su artículo IX no hizo ninguna referencia a la Real Cédula de 1802, limitándose tan solo a señalar que "la demarcación de los límites precisos" se arreglaría "por un convenio particular después que el próximo Congreso Constituyente del Perú haya facultado al Poder Ejecutivo del mismo Estado para arreglar este punto." Al parecer, muy acertadamente Bernardo de Monteagudo se valió de lo estipulado en el artículo 6º de la Constitución de 1823 ("El Congreso se reserva la facultad de fijar los límites de la República, de inteligencia con los Estados limítrofes, verificada la total independencia del Alto y Bajo Perú."), para sustraerse a la alternativa de tener que prejuzgar límites que podían traducirse en perjuicio del Perú. (Véase Tomo Segundo: La fanfarronada del Congreso de Panamá).
La firma del Tratado Montegudo-Mosquera coincidió con la instrucción antes mencionada de Sucre, impartida igualmente el 22 de julio. Más, cuando se enteró en agosto este disciplinado lugarteniente por la Gaceta de Lima que Jaén había sido convocada para enviar diputados al Congreso peruano, decidió dar marcha atrás, pues era preferible esperar que la situación se decantara en el Perú. Suponemos que, también, por esa fecha recibió noticias de la firma en Lima del Tratado Monteagudo-Mosquera que, literalmente, congelaba el supuesto litigio fronterizo. Es por eso que en el recuento que hizo el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú el 9 de octubre de 1822, suscrito por Francisco Valdivieso, se consignó en el penúltimo párrafo lo siguiente:
"El último oficio que se acaba de recibir del Presidente del Departamento de Trujillo, con fecha 28 de setiembre anterior, relativo a las mismas recientes comunicaciones del General Sucre con el Gobernador de Jaén, manifiesta haberse cambiado el aspecto odioso de este negocio; y que no se quiere turbar la armonía de la república de Colombia con el Gobierno del Perú (sic)." (Ibid.).
Así las cosas, un nuevo intercambio de comunicaciones tuvo lugar entre el plenipotenciario colombiano Joaquín Mosquera y el Ministro de Guerra y Marina encargado de Relaciones Exteriores, Juan de Berindoaga, Conde de San Donás, durante el lapso cercano a un mes (11 de octubre y 4 de noviembre de 1823), por el cual se acordó arreglar "la demarcación de límites entre ambas Repúblicas."
Y cuando el Congreso Constituyente del Perú sesionaba en 1823, ya con Bolívar autoproclamado libertador recorriendo el norte del territorio peruano, y tan pronto como Colombia ratificó el tratado de 22 de julio de 1822, Joaquín Mosquera volvió a activar en Lima, puntualmente, la cuestión de límites pendiente, de conformidad con lo acordado en el artículo IX del tratado antes citado, y fue éste mismo representante colombiano quien tomó la iniciativa de presentar el 3 de diciembre de 1823 un proyecto de Convención no necesariamente exento de ambigüedades. El texto se leía como sigue: "Ambas partes reconocerán por límites de sus territorios respectivos, los mismos que tenían en el año de mil ochocientos nueve los ex –Virreynatos del Perú y Nueva Granada, desde la desembocadura del río Tumbes al mar Pacífico hasta el territorio del Brasil." (Ibid.).
Como se puede apreciar, si bien había una referencia clara al uti possidetis de 1809, se combinaba oscuramente ese principio con una delimitación implícita mediante un trazo en el sentido latitudinal desde la desembocadura del río Tumbes hasta la frontera con el Brasil. Es decir, con este fraseo ambiguo se negaban los innegables derechos del Perú prevalecientes en 1809 con base en la real Cédula de 1802, modificándose de facto la posición que sostuvo el régimen bolivariano en el Tratado Monteagudo-Mosquera en que no se prejuzgaba nada. Y lo que es peor ese trazo arbitrario resultó ser también del gusto de algunos peruanos, como se va a demostrar.
Pero, cuando Juan de Berindoaga sometió esa propuesta a consideración de la Comisión Diplomática del Congreso peruano, el 12 de diciembre de 1823, ésta tuvo a bien introducir una importante enmienda que se lee como sigue:
"La Comisión Diplomática ha examinado el proyecto de Convención que, para el arreglo de límites con la República de Colombia, presentó al Supremo Gobierno el Ministro Plenipotenciario señor Joaquín Mosquera, el cual opina la Comisión puede admitirse suprimiéndose las expresiones desde la desembocadura del río Tumbes al mar Pacífico hasta el territorio del Brasil (en cursivas en el original); pues son en concepto de los que suscriben contradictorias (sic) a lo que se establece por base en la primera parte de dicho proyecto, y lo que en cumplimiento de sus deberes expondrán al Congreso en la discusión de una materia de tanta gravedad y trascendencia." (Ibid.).
Lógico y contundente dictamen promovido por Juan de Berindoaga, lo cual fue a la postre probablemente la causa del odio a muerte que le tuvo Bolívar quien no paró hasta mandarlo al cadalso. Ese histórico dictamen firmado, entre otros, por Juan Antonio de Andueza, José Gregorio Paredes, José María Galdiano y Bartolomé de Bedoya, tuvo el acierto de detectar la contradicción que se daba en la propuesta de Mosquera, razón por la cual optó por simplificarla, conservando tan solo la primera parte del texto original, pese a que se ignoraban los alcances de la Real Cédula de 1802. Es así como, aceptado formalmente el nuevo texto por el enviado Mosquera a propuesta del plenipotenciario peruano ad hoc José María Galdiano, el 18 de diciembre de 1823 se suscribió la Convención de Límites consistente en dos artículos, siendo el principal el artículo I que estipulaba lo siguiente: "Ambas partes reconocen por límites de sus territorios respectivos los mismos que tenían en el año mil ochocientos nueve los ex – Virreynatos del Perú y Nueva Granada." (Ibid.).
Dicha convención fue aprobada por el Congreso Constituyente peruano al día siguiente, 19 de diciembre. Más, ese no fue el caso del Congreso de la Colombia bolivariana. El 7 de febrero de 1825 se produjo un coup de theâtre. El Encargado de Negocios colombiano en Lima Cristóbal de Armero puso en conocimiento de la Cancillería peruana por intermedio de una nota fechada ese día que "elevado a la consideración del Cuerpo Legislativo el tratado de límites concluido entre ésta y aquella República el 18 de diciembre del año pasado de 1823, por los Plenipotenciarios de ambas partes; no ha tenido a bien prestarle su aprobación (sic), deja así la negociación abierta para que se haga oportunamente una nueva Convención." (Ibid.). ¿Qué había ocurrido? ¿Por qué el país promotor de la Convención de Límites negaba su aprobación a un tratado que en lo esencial retenía la tesis bolivariana del respeto al uti possidetis de 1809? La respuesta la da el mismo Bolívar en una carta remitida a Santander meses antes, el 29 de julio de 1822:
"A fines de este mes pienso pasar a Cuenca y Loja volviendo aquí por Túmbez para examinar nuestra frontera (sic). El batallón Bogotá queda de guarnición en aquellas provincias. (…) Tenga Ud. entendido que el corregimiento de Jaén lo han ocupado los del Perú, y que Maynas pertenece al Perú por una real orden muy moderna (sic); que también está ocupada por fuerzas del Perú. Siempre tendremos que dejar a Jaén por Maynas (sic) y adelantar si es posible nuestros límites de la costa más allá de Túmbez (sic). Yo me informaré de todo en el viaje que voy a hacer y daré parte al gobierno de mi opinión." (Vicente Lecuna.- Op. cit.- Tomo III).
Es decir, la conducta que observó Sucre el 22 de julio era perfectamente coherente con lo que pensaba su master por esos días. Esto es, con cargo a prever un quid pro quo, puesto que se conocía los alcances de la Real Cédula de 1802, era cuestión de anticiparse a tomar posesión de Jaén para eventualmente cambiarlo por Maynas: "Siempre tendremos que dejar a Jaén por Maynas (sic) y adelantar si es posible nuestros límites de la costa más allá de Túmbez (sic)." El esquema concebido no dejaba duda. Pero, goloso como era el osado guerrero, después lo quiso todo y más, para terminar perdiendo.
Teniendo en cuenta lo admitido por Bolívar en esa carta de 29 de julio de 1822, concordante con la Real Cédula de 1802 y con lo puntualizado por Tomás Cipriano de Mosquera, la pretensión de Gual del status quo ante bellum corroboraba, paradójicamente, que el territorio peruano comprendía Jaén y Maynas. De donde se desprende que sostener lo contrario era falaz y doloso. Doblemente falaz e inexcusablemente doloso; por cuanto, por un lado, se le quería arrebatar al Perú arbitrariamente esos importantes territorios y, por el otro, se daba por todo argumento un supuesto derecho pretérito, aun cuando éste era infundado, inexistente.
Como lógica consecuencia, es de imaginar la reprimenda que recibió Joaquín Mosquera cuando regresó a Bogotá tras concluir la Convención de 1823, porque al suprimirse en Lima la parte final de su texto, quedaba intacto implícitamente el derecho territorial del Perú sobre Jaén y Maynas en tanto se sabía en la capital bolivariana que Maynas pertenecía otra vez al Perú "por una real orden muy moderna (sic)".
Por eso, con la experiencia del traspié de Joaquín Mosquera en Lima, Bolívar y Gual volvieron a la carga en 1825. Primero se pensó acreditar a Sucre como plenipotenciario en Lima para zanjar el asunto de los límites y la supuesta deuda. Mas, como éste era indispensable para el fiel cumplimiento de la agenda que tenía el ambicioso caudillo en el Alto Perú, se optó por llevar la negociación al istmo de Panamá al margen del Congreso convocado para disuadir a los españoles a no emprender una expedición restauradora por Maracaibo (véase el Tomo Segundo: La fanfarronada del Congreso de Panamá). En una comunicación que desde Lima le remitió Bolívar a Santander, el 30 de mayo de 1826, definió muy bien sus planes al respecto:
"(…) No hablo a Vd. del nuevo proyecto eclesiástico, porque todavía no lo hemos presentado al gobierno del Perú para que lo considere. Se espera al general Santa Cruz que es más despreocupado que el actual presidente (sic). (…) El general Sucre quedará mandando en Bolivia por dos o tres años. El general Santa Cruz se pondrá a la cabeza del consejo de gobierno. En este país quedan las cosas muy poco seguras, porque faltan por ejecutar las operaciones políticas más peligrosas y de mayor interés. (…) Gual me ha escrito de Panamá, y toda su carta (sic) se reduce a hablarme sobre la necesidad en que estamos de apresurar la negociación de límites entre el Perú y Colombia; él es de la opinión que por tal de que se consiga este tratado dejásemos la provincia de Loja del lado peruano. Yo he contestado (sic) que no soy de este parecer, ni que debemos perder a Mojos y Bracamoros (sic), cuando estas provincias deben quedarnos porque nos pertenecen porque no son desiertos como los del Marañón. Le digo que de Jaén al Marañón se puede tirar una línea y este río puede servirnos de límites entre los dos desiertos; los antiguos límites de las provincias de Quito y los peruanos deberán servirnos de frontera (sic). Creo, pues, que Colombia podría autorizar a Heres para que entablase esta negociación sobre esta base, que puede y aun debe ser aceptada, siendo esto lo que verdaderamente conviene a ambos (sic). Yo no dudo que Heres logre un buen efecto en su misión, porque, además de la justicia del reclamo, la amistad que tiene con el general Santa Cruz, que va a ser el presidente del Consejo de Gobierno, le facilitará los medios de obtener el buen resultado que desea Gual sin sacrificar nuestros intereses (sic) perdiendo a Loja. Además para perder siempre hay tiempo y mucho menos cuando esta pérdida es inexcusable." (Vicente Lecuna: Op. cit.- Tomo V).
"Para perder siempre hay tiempo y mucho menos cuando esta pérdida es inexcusable." Quien hablaba de ese modo era quien fungía en ese momento de dictador supremo del Perú, esto es, ejercía en forma ilimitada el poder en todos los ámbitos. Reténgase igualmente esta frase: "Le digo que de Jaén al Marañón se puede tirar una línea y este río puede servirnos de límites entre los dos desiertos; los antiguos límites de las provincias de Quito y los peruanos deberán servirnos de frontera (sic)." Y llamamos la atención de este párrafo porque muy pronto, fue Hipólito Unánue, ese tránsfuga contumaz, quien se plegó a esa tesis, siendo en esto ostensible la influencia nefasta de Bolívar sobre los títeres que manejaba en Lima en el seno del fantasmal Consejo de Gobierno. (Continuará).