En el primer día de la fase oral de la demanda peruana ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, por la delimitación marítima entre el Perú y Chile, la exposición más contundente fue del reconocido jurista francés Alain Pellet, coordinador de juristas internacionales del Perú, quien puso en evidencia lo burdo de la argumentación chilena.
Pellet calificó de insólitos los argumentos chilenos y subrayó que de un caso muy simple, Chile realiza “contorsiones impuestas en el derecho de los tratados y a los hechos” y hace “sufrir” al Derecho con el afán de intentar convertir un acuerdo pesquero práctico en tratado de límites marítimos, que en realidad no existe entre ambos países, señaló refiriéndose a los acuerdos pesqueros de 1952 y 1954.
“El Perú ha presentado un procedimiento muy sencillo de delimitación marítima y Chile trata de convertirlo en un litigio muy complejo”, en base a una "alquimia misteriosa", para apropiarse de lo que pertenece al Perú, indicó.
"El estado chileno se ha empeñado en demostrar a través de contorsiones impuestas en el derecho de los tratados que sí se aprobó una línea fronteriza a través de la declaración de Santiago de 1952 y que a partir de entonces han sido tomados como tal. Chile fundamenta a sus argumentos sobre una base muy frágil. No existe un acuerdo de ese tipo”, expresó.
Estos señalamientos de Pellet llevarán a la corte a determinar la presencia de malicia en la parte chilena, esto sumado a los planteamientos chilenos falsos, como los que dijeron a la corte que el Perú planteó “ampliar” la delimitación marítima, lo cual no es cierto, porque el Perú solicitó a la corte, ante la inexistencia de límites, una delimitación acorde con el Derecho Internacional, la cual, por la forma de las costas de ambos países, será trazada por la línea equidistante.
El jurista francés argumentó la defensa a partir del principio de equidistancia que articula la tesis peruana ratificando que el Perú “pide que zanjen este contencioso aplicando los principios del derecho del mar”.
Tomó como referencia el reciente litigio entre Colombia y Nicaragua, así como el antecedente entre Ucrania y Rumania los cuales llegaron a buen puerto gracias a la aplicación de dicho principio.
Pellet precisó que los actuales límites marítimos no guardan relación con los límites terrestres —que delimitan los primeros— pues “con un simple croquis, basta para demostrar que el punto de limitación terrestre chileno no guarda relación con sus límites marítimos, lo cual privaría al Perú de un espacio equivalente al tamaño de un país como Georgia”.
Explicó que la Corte ha pronunciado que el método de delimitación supondría tres etapas. las cuales han sido precisadas para establecer una línea de delimitación provisional a partir de métodos objetivos geométricos acordes con la zona, lo que implicaría realizar una línea equidistante o media. En segunda etapa, de acuerdo a las circunstancias pertinentes, se procedería al traslado de la línea de equidistancia con el fin de llegar a un resultado equitativo.
Subrayó que la Corte deberá verificara si existe una desproporción en referencia a la longitud de las costas respectivas de ambos países.
Para finalizar su presentación, Pellet hizo una breve referencia a lo dicho por Allan Wagner quien señaló que "el Perú no pide más, pero tampoco pide menos de lo que permite el derecho marítimo,