Por Herbert Mujica Rojas
¿Diría o suscribiría algo distinto a lo que ha dicho públicamente el presidente de Chile, Sebastián Piñera, cualquier comisión legislativa de ese país, Senadores o Diputados, en alguna parte del mundo o en Lima, capital del Perú, nación que tiene un contencioso de límites con los del sur en la Corte Internacional de Justicia de La Haya? Me temo que la respuesta fluye inequívoca: ¡de ninguna manera!
La política exterior, prevista y subrayada en las Constituciones de Perú y Chile, es similar.
En la nuestra se dice:
«Artículo 118°.- Corresponde al Presidente de la República:
10) Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; y celebrar y ratificar tratados.»
En la carta magna de Chile se dice en el inciso 32 del artículo 15 sobre las atribuciones del jefe de Estado, lo siguiente:
«Conducir las Relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, y llevar a cabo las negociaciones; concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes para los intereses del país, los que deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso……… .»
Puntualizadas las orientaciones constitucionales hay que resaltar que la dirección de la política exterior corresponde al Ejecutivo. Si el contencioso marítimo en La Haya y con Chile, es un tema de política exterior, es imbatible concluir que lo que decida el Ejecutivo, será el conjunto de lineamientos fundamentales que deban seguir todas las instituciones en la cadena de mando hasta la sociedad civil pasando por Fuerzas Armadas y Congreso.
Si el veredicto, según anticipan los cálculos, en La Haya, recién verá la luz a mediados del 2013, ¿a cuento de qué se adelantan la Comisión unicameral de Relaciones Exteriores del Perú con su similar del Senado de Chile? No se paga a los legisladores peruanos para que hagan futurología.
Interesante señalar una asimetría: la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso peruano se reúne con su homóloga sólo del Senado de Chile. ¿Suscribirá la Cámara de Diputados de ese país cuanto acuerde a modo de declaración la de RREE en la capital peruana? Más aún: ¿el Congreso de Chile incurriría en la ligereza de respaldar a la comisión de una sola Cámara? Ni reiterar que allá también han escuchado la crónica de los posibles escenarios del veredicto en La Haya y comentada por su propio jefe de Estado, Sebastián Piñera.
Escribió el desaparecido embajador Félix C. Calderón en Constantes históricas en el comportamiento vecinal de Chile
http://perusupropiarespuesta.com/constantes-historicas-en-el-comportamiento-vecinal-de-chile-2/:
«El teorema geopolítico que los peruanos deben tener siempre presente es que Chile ha visto al Perú, históricamente, como su enemigo natural. Y hacen muy mal los panegiristas del entendimiento y la cooperación vecinal en olvidar, soslayar o edulcorar este hecho irrebatible que es, además, inconmovible, por lo menos mientras siga vigente la concepción del Estado-nación. No es esto, obviamente, un reflejo de perdedor, como se ha atrevido a decir un peruano de última hora, a causa sin duda de una reflexión indigesta provocada por su conocimiento superficial de nuestra historia. No. Ese teorema fluye fácilmente del análisis del comportamiento histórico de Chile con respecto al Perú y nos da la pauta de cómo es menester actuar, porque nunca es tarde, para que por fin podamos encarrilar las relaciones vecinales sobre un terreno común de mutuo respeto y ventajas recíprocas.»
Se reunirán las comisiones de Relaciones Exteriores en Lima y no para analizar la inequidad que significa que el Congreso de Chile, Senado y Diputados, haya suscrito el Tratado de Libre Comercio Perú-Chile, porque les conviene sin duda alguna, y que al Congreso peruano le fuera birlado ese estudio por un Ejecutivo que no tuvo mayor desverguenza que refundirlo en un Acuerdo de Complementación Económica, sino para tratar el delicadísimo tema del contencioso en La Haya y de las relaciones peruano-chilenas a posteriori del veredicto que acontecerá, tal como ya se ha dicho, a mediados del 2013. Vuelvo a preguntar: ¿pitonisos, agoreros o estrategas aficionados e intonsos? ¿Habría sido posible que ambos equipos legislativos se reunieran en Chile y con qué Cámara, Senadores o Diputados, con ambas a la vez? Preguntas que interrogan puntualmente.
La llamada diplomacia parlamentaria incurre en vicios de usual repetición: declaraciones románticas, turismo al por mayor, mesianismos abundantes. Su ineficacia es proverbial y conocida. Mal se hace estimulando esta clase de cónclaves de muy variada interpretación y aunque no son expresiones vinculantes sí pueden ser objeto de mofa y burla a posteriori. Que se sepa, ningún parlamentario chileno dirá cosa distinta a lo que su jefe de Estado ya expresó.
Y en Perú, la Constitución preceptúa:
Artículo 38°.- Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación.
En efecto, la buida estrategia peruana no admite, ni directa o de relansina, torpedeos o imprecisiones de ninguna clase o procedencias. Los congresistas, servidores a sueldo que pagan los impuestos de los peruanos, tienen, como cualquier otro, que ceñirse a un comportamiento disciplinado y dentro de los cánones diseñados por Cancillería.
¿Alguien puede decir cosa distinta?
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*http://www.voltairenet.org/article176583.html?var_mode=calcul

11 comentarios
Trascendencia del veredicto
Para qué darle tantas vueltas al asunto: sea cual sea el veredicto, Perú suscribió y acepta los tratados de 1952 y 1954, aunque los considera de carácter pesquero. Su legitimidad y vigencia no están en discusión ni entredicho en la demanda presentada por Perú, ni pueden ser modificados por la Corte Internacional de Justicia de La Haya, por lo que deberán seguir siendo respetados. Lamentablemente para Perú esos acuerdos asignan a Chile exclusividad de usufructo y derecho a explotación del área de "controversia" (criollada peruana). Así,aun cuando el veredicto consigne cambios de soberanía, las cosas seguirán estando como están. Chile seguirá explotando esa área y Perú deberá ejercer labores de patrullaje. El resto es llanto y papeleo. 😉
Rpta…
Cuando no el vecino queriendo minimizar el justo reclamo (y jurídico por cierto). Se olvida el Sr. Manguanaco que el derecho de explotación es única y exclusivamente de carácter pesquero; por que eso es lo q son esos acuerdos…acuerdos pesqueros y nada más.
Los demás recursos…pues veremos como resuelve la Haya y punto final.
Francisco Pizarro, el Conquistador del Perú, mantuvo de amante a la mujer de Atahualpa, el ultimo Inca a quien precisamente los españoles mandaron matar. No solo eso sino que el conquistador, procreó dos hijos con Cuxirimay Ocllo bautizada como Angélica Yupanqui, una jovencita entre 20 y 25 años, mientras que el conquistador ya era un consumado sexagenario de aproximadamente unos 65 años
Fuentes:
1.historiadora, Mari Carmen Martin Rubio
2. Rostworoski, Doña Francisca ( 69-72)
MISTER HERBERT.
COMO ES LA COSA MISTER HERBERT MUJICA, SI FUE USTED MISMO QUE DIJO LA HISTORIA DEL PERU ES UN ENGAÑO.
Juan Manuel Domingo
Lo que no puede ni podra evitar el elemento mapocho es que los acuerdos de la decada del 50 pasen a un segundo y tercer plano ante la nueva delimitacion maritima que se cree con el fallo, donde la cuestion central de la soberania maritima va a estar por sobre esas resoluciones generales suscritas en el pasado,.. y que impñlicaran que Chile tenga que abandonar esas aguas de manera total por ser dominio maritimo peruano. Acuerdos de menor cuantia que tendran que ser modificados o desechados en lo que concierne a la presencia de embarcaciones de origen chileno en aguas de nuestro dominio.
Algunas arista de esos acuerdos menores sin duda alguna van a ser eliminados ante la nueva realidad juridica y geografica que se forme luego del fallo inapelable de la Corte de La Haya. 😉
La cuestion central de la soberania.
Acuerdos de menor cuantia que quedaron sujetos de la cuestion central de la soberania maritima. De ahi que Capitanias y guardacostas haya iniciado la repotenciacion de su fuerza de modo de integrar dos o tres fragatas a ese cuerpo naval de modo de poder ejercer un dominio cabal llegado el momento.
🙂
La cuestion CENTRAL de la soberania.
Acuerdos de menor cuantia que quedaran sujetos de la cuestion central de la soberania maritima. De ahi que Capitanias y Guardacostas haya iniciado la -repotenciacion- de su fuerza de modo de integrar dos o tres fragatas a ese cuerpo naval para poder ejercer un dominio cabal del mar de Grau llegado el momento.
🙂
buena onda
Una pregunta a los mas ilustrados. Pero respuesta con fundamento. El dictamen de la Haya. Elimina los acuedos firmados. En los años 50.
BUENA ONDA.
POR SUPUESTO, UN FALLO FAVORABLE A CUALQUIER PAIS NO PUEDE BORRAR LOS ACUERDOS ANTERIORES FIRMADOS POR LOS 3 PAISES, SI PUEDE SUGERIR EN ESTE CASO QUE CHILE LE DE A PERU UNAS POCAS MILLAS A PARTIR DE UN PUNTO TERRESTRE, MAS TENIENDO EN CUENTA QUE YA PASARON CASI 56 AÑOS DE AQUELLOS ACUERDOS FIRMADOS Y QUE NO FUERON FORZADOS POR NINGUNO DE LOS 3 PAISES, PARA ESTO EN CONSECUENCIA LA POSTURA PERUANA NO TIENE NINGUNA CONSISTENCIA NI ESPERANZA DEL MISMO COMIENZO Y LO SABEN, ES SOLO DISTRACCION PARA UN PUEBLO CON ANSIAS DE ALGUN TRIUMFO YA QUE NO TIENEN NADA QUE PERDER EN SU ACTUAL REALIDAD.
Las cosas están claras
Los peruanos han tratado de desdeñar la importancia de los tratados de 1952 y 1954, aduciendo que solo se trata de “acuerdos pesqueros”. La verdad es que poco importa el nombre. Un tratado en particular puede denominarse : Acuerdo, Convención, Estatuto, Convenio, Carta, Compromiso, Carta, Concordato, Protocolo, etc.
La celebración de tratados es potestad de cada Estado y es un elemento básico de independencia y soberanía nacional, tal como lo es la redacción de la carta fundamental o constitución nacional. En general son promulgados por más de un poder del Estado (ratificados en el congreso respectivo de los paises suscriptores) y su vigencia sólo depende de las cláusulas y condiciones acordadas, a menos que estas representen una amenaza para la comunidad internacional. En efecto, como todo instrumento de derecho internacional, los tratados sólo pueden modificarse con el consentimiento unánime de las partes que los celebran (en este caso, Chile y Perú). Así, Chile tiene pleno derecho de exigir a Perú el cumplimiento cabal de los tratados de 1952 y 1954, sea cual sea el veredicto de La Haya. Todos estos son argumentos de razón, argumentos de fuerza tenemos de sobra.
Criollada chola
Como siempre la cholada tratando de avivarse. Crearon un caso de pacotilla, usando una tinterillada banal para desconocer lo que firmaron libremente. Una "criollada" como dicen los cholitos y sus “pirañitas”. La idea es la misma tirar la mano a ver si agarran algo y si nada agarran tampoco pierden nada. Lo malo para ellos es que al final siempre terminamos midiéndoles el aceite con la varilla de carne. No lloren después 🙁