Presentarán acción de inconstitucionalidad contra decretos de impunidad
El Grupo Parlamentario Nacionalista en defensa de los derechos humanos y en concordancia con el respeto a la Constitución Política del Perú hace su pronunciamiento por la forma como el Gobierno de Alan García pretende dar impunidad a los militares y policías que atentaron contra los derechos humanos:
El Grupo Parlamentario Nacionalista en defensa de los derechos humanos y en concordancia con el respeto a la Constitución Política del Perú hace su pronunciamiento por la forma como el Gobierno de Alan García pretende dar impunidad a los militares y policías que atentaron contra los derechos humanos:
El 1.º de Septiembre del 2010 se han publicado en el diario oficial “El Peruano” cuatro decretos legislativos N.º 1094, 1095, 1096 y 1097, expedidos por el Poder Ejecutivo, en uso de las facultades legislativas delegadas por el Parlamento en virtud de la Ley N.º 29548.
El Decreto Legislativo N.º 1097 enuncia diversas fórmulas de cierre de las investigaciones y los procesos penales instaurados contra los militares y civiles- acusados de asesinatos, tortura y desaparición forzada de personas la mayoría de ellos cometidos en el primer gobierno de Alan García y Alberto Fujimori
Este decreto pretende que todas las violaciones a los derechos humanos perpetradas entre 1980 y 2000 tienen un plazo de prescripción, es decir que existen barreras temporales que hacen, o harán próximamente, imposible su persecución penal. Ello, pese a que los crímenes de lesa humanidad y las graves violaciones a los derechos humanos son imprescriptibles.
La Primera Disposición Complementaria y Final señala que la convención internacional sobre la imprescriptibilidad de los crímenes contra los derechos humanos sólo surte efecto recién a partir de noviembre del 2003, contradiciendo así sentencias de la Corte Interamericana de derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta cometidos por el Grupo Colina o como los del Frontón durante el gobierno de Alan García
Con un afán supuestamente garantista, este decreto legislativo pretende beneficiar indebidamente a personal militar y policial acusado de crímenes contra los derechos humanos, afectando seriamente la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 2.2.º de la Constitución Política del Perú, pues estos beneficios concedidos vienen con nombre propio y se beneficia a un grupo determinado a pesar de la gravedad de los crímenes perpetrados.
Es el colmo que se pretenda en virtud de esta norma, que los militares o policías acusados de violaciones de derechos humanos podrán cumplir arresto domiciliario en “instalaciones militares o policiales”, lo que quiere decir que no solo pueden hacerlo en los cuarteles sino pueden hacerlo en los centros recreacionales de las fuerzas armadas o la policía nacional.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
En tanto, el vocero de la bancada nacionalista, Daniel Abugattás Majluf informó que presentará una acción de inconstitucionalidad contra esta norma, pues excede las competencias de las facultades concedidas al Ejecutivo en virtud de la Ley N.º 29548 y porque tiene nombre propio.
Asimismo, informó que denunciará ante la Comisión de Ética al Presidente de la Comisión de Justicia, Rolando Sousa por ser él quien propuso en el texto aprobado por el Pleno concederle al Ejecutivo facultades en materia de normas procesales y penitenciarias, cuando sólo se habían solicitado legislar en materia militar-policial y el uso de la fuerza, lo que evidenciaba su directa injerencia para aprobar una norma que beneficie a muchos de los procesados por delitos de lesa humanidad que actualmente vienen siendo defendidos por su estudio Sousa-Nakasaki.
El Decreto Legislativo N.º 1097 enuncia diversas fórmulas de cierre de las investigaciones y los procesos penales instaurados contra los militares y civiles- acusados de asesinatos, tortura y desaparición forzada de personas la mayoría de ellos cometidos en el primer gobierno de Alan García y Alberto Fujimori
Este decreto pretende que todas las violaciones a los derechos humanos perpetradas entre 1980 y 2000 tienen un plazo de prescripción, es decir que existen barreras temporales que hacen, o harán próximamente, imposible su persecución penal. Ello, pese a que los crímenes de lesa humanidad y las graves violaciones a los derechos humanos son imprescriptibles.
La Primera Disposición Complementaria y Final señala que la convención internacional sobre la imprescriptibilidad de los crímenes contra los derechos humanos sólo surte efecto recién a partir de noviembre del 2003, contradiciendo así sentencias de la Corte Interamericana de derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta cometidos por el Grupo Colina o como los del Frontón durante el gobierno de Alan García
Con un afán supuestamente garantista, este decreto legislativo pretende beneficiar indebidamente a personal militar y policial acusado de crímenes contra los derechos humanos, afectando seriamente la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 2.2.º de la Constitución Política del Perú, pues estos beneficios concedidos vienen con nombre propio y se beneficia a un grupo determinado a pesar de la gravedad de los crímenes perpetrados.
Es el colmo que se pretenda en virtud de esta norma, que los militares o policías acusados de violaciones de derechos humanos podrán cumplir arresto domiciliario en “instalaciones militares o policiales”, lo que quiere decir que no solo pueden hacerlo en los cuarteles sino pueden hacerlo en los centros recreacionales de las fuerzas armadas o la policía nacional.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
En tanto, el vocero de la bancada nacionalista, Daniel Abugattás Majluf informó que presentará una acción de inconstitucionalidad contra esta norma, pues excede las competencias de las facultades concedidas al Ejecutivo en virtud de la Ley N.º 29548 y porque tiene nombre propio.
Asimismo, informó que denunciará ante la Comisión de Ética al Presidente de la Comisión de Justicia, Rolando Sousa por ser él quien propuso en el texto aprobado por el Pleno concederle al Ejecutivo facultades en materia de normas procesales y penitenciarias, cuando sólo se habían solicitado legislar en materia militar-policial y el uso de la fuerza, lo que evidenciaba su directa injerencia para aprobar una norma que beneficie a muchos de los procesados por delitos de lesa humanidad que actualmente vienen siendo defendidos por su estudio Sousa-Nakasaki.