La Comisión de Transportes
aprobó un proyecto de ley para que el Código de Defensa del Consumidor
contemple una nueva disposición que prohíba la pérdida del tramo de
regreso en los pasajes aéreos cuando el usuario no haya podido realizar
el viaje de ida.
La autora de la iniciativa,
la congresista, Alda Lazo, explicó que actualmente si una persona
adquiere un pasaje de ida y vuelta, cualquiera que fuera el destino, si
el comprador no hizo el viaje de ida –ya sea porque llegó tarde u otro
motivo–, automáticamente pierde el vuelo de retorno.
Lazo detalló que dicha
norma, aprobada por unanimidad en la citada comisión, solo regiría para
los vuelos nacionales. Espera que el próximo miercoles se acelere el
debate y pueda ser vista en el Pleno.
La Comisión también acordó
delegar a la Dirección General de Aeronáutica Civil la aprobación de
las cláusulas generales bajo las cuales se celebrarán los contratos de
compra y venta de los pasajes aéreos, así como la identificación de las
cláusulas abusivas.
El 5 de setiembre
pasado, el Poder Ejecutivo emitió un decreto de urgencia con el fin de
eliminar la disposición que permitía el libre endoso, transferencia y
postergación de los pasajes aéreos.
ENDOSO PENDIENTE
Tal posibilidad había generado el rechazo de la industria
aerocomercial, que incluso advirtió el fin de las tarifas baratas y
promociones en las rutas locales.
Sin embargo, el pasado 21
de setiembre, la Comisión de Defensa del Consumidor acordó derogar el
decreto del Ejecutivo. El dictamen fue derivado a la Comisión de
Constitución. Actualmente, un grupo de trabajo, presidido por el
congresista Mauricio Mulder, está evaluando si la norma del Ejecutivo
es constitucional o no.
Fuente: Perú21