Ex viceministro de Justicia Garardo Castro Rojas, hombre de confianza del legislador aprista Aurelio Pastor. Con su cómplice tenía 10 mil dólares. Pese a que no cumplían con la norma, buscaban permisos de pesca para sus naves “Mi Agustín”, “José Martín” y “Rosa Luna”
El ministro de la Producción, Jorge Villasante, denunció que en los precisos momentos en que pretendían sobornar a un alto funcionario de la institución fueron captados dos tramitadores, emisarios de tres propietarios de embarcaciones pesqueras que buscaban obtener ilícitamente licencias de pesca.
“Fueron capturados cuando intentaban comprar al asesor del despacho viceministerial de Pesquería con $ 10 mil dólares, que fueron traídos hasta una sala de reuniones del mismo PRODUCE en un sobre manila”, señaló el titular del Sector.
Las personas intervenidas han sido identificadas como Adriana Pérez Guedes y el abogado Gerardo Castro Rojas, quienes fueron capturados por la policía anticorrupción tras un trabajo de seguimiento.
El titular de PRODUCE afirmó que los intervenidos representaban a los señores Antonio Custodio Cuchofen, Martín Palma Llontop y Alberto Palma Lumbres, armadores pesqueros que buscaban acceder al incremento de sus cuotas para la extracción del recurso anchoveta, pero debido a que no cumplían con los requisitos de ley para acceder a este beneficio, se les denegaron las solicitudes.
“Estos señores, querían aumentar su cuota de pesca para las embarcaciones “Mi Agustín”, “José Martín” y “Rosa Luna II” respectivamente, como no cumplían lo establecido por la norma, buscaron a un funcionario del sector pesca para que les facilite el trámite”, refirió.
El ministro expresó que el funcionario al que se pretendía sobornar le informó a tiempo del doloso acto, lo que permitió trabajar un operativo conjunto con la policía nacional y el Ministerio Público.
Acotó que además de los emisarios intervenidos, la policía logró capturar a los tres armadores pesqueros cuando intentaban fugar en un taxi, de las inmediaciones del Produce.
Villasante Araníbar, dijo que constituye una política de gobierno dispuesta por el presidente de la República, Alan García Pérez, denunciar los actos de corrupción que se cometan en el interior de las instituciones por lo que su sector continuará en esa línea de gestión siempre que se realicen actos fuera de la ley.
Indicó que el delito cometido es cohecho pasivo genérico, según lo establece el artículo 397 del Código Penal, el mismo que es sancionado con pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de 6 años.
Las personas intervenidas han sido identificadas como Adriana Pérez Guedes y el abogado Gerardo Castro Rojas, quienes fueron capturados por la policía anticorrupción tras un trabajo de seguimiento.
El titular de PRODUCE afirmó que los intervenidos representaban a los señores Antonio Custodio Cuchofen, Martín Palma Llontop y Alberto Palma Lumbres, armadores pesqueros que buscaban acceder al incremento de sus cuotas para la extracción del recurso anchoveta, pero debido a que no cumplían con los requisitos de ley para acceder a este beneficio, se les denegaron las solicitudes.
“Estos señores, querían aumentar su cuota de pesca para las embarcaciones “Mi Agustín”, “José Martín” y “Rosa Luna II” respectivamente, como no cumplían lo establecido por la norma, buscaron a un funcionario del sector pesca para que les facilite el trámite”, refirió.
El ministro expresó que el funcionario al que se pretendía sobornar le informó a tiempo del doloso acto, lo que permitió trabajar un operativo conjunto con la policía nacional y el Ministerio Público.
Acotó que además de los emisarios intervenidos, la policía logró capturar a los tres armadores pesqueros cuando intentaban fugar en un taxi, de las inmediaciones del Produce.
Villasante Araníbar, dijo que constituye una política de gobierno dispuesta por el presidente de la República, Alan García Pérez, denunciar los actos de corrupción que se cometan en el interior de las instituciones por lo que su sector continuará en esa línea de gestión siempre que se realicen actos fuera de la ley.
Indicó que el delito cometido es cohecho pasivo genérico, según lo establece el artículo 397 del Código Penal, el mismo que es sancionado con pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de 6 años.