Argumentación de la denuncia contra PPK por la obtención fraudulenta de su DNI:
Exp. N°…… Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
a) Por haberlo obtenido fraudulentamente, omitiendo declarar que se había nacionalizado norteamericano, había perdido la nacionalidad peruana y no la había recuperado en trámite alguno;
b) Porque la entonces vigente Constitución Política de
1979 prevé tal pérdida al adquirir otra, en violación del derecho a la
doble nacionalidad restringida con España y países latinoamericanos; y
c) Porque en la Certificación Jurada que adjunto, firmada
por PPK en Miami, EEUU, el 14-04-2000, declara que NO ES
PERUANO.
SEÑOR JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y
ESTADO CIVIL:GUILLERMO OLIVERA DIAZ, DNI N° 08765441, Abogado, con CAL
N° 4447, señalando domicilio procesal en la Av. San Luis N° 2147-402,
SAN BORJA, ejercitando mi derecho ciudadano de elector contra el derecho
de alguien que ilícitamente pretende ser elegido, a su Despacho con el
debido respeto digo:
Que solicito se sirva cancelar la inscripción del DNI N°
06477277, de Pedro Pablo Kuczynski Godard, por haber sido obtenido
fraudulentamente el 09-08-2001, al omitir declarar en forma deliberada
que el año 1982 se había naturalizado norteamericano, estando vigente
la Constitución Política de 1979, cuyo Artículo 92° prevé expresamente
la pérdida de la nacionalidad peruana al adquirir otra, diferente a la
española y de países latinomaericanos.
Al optar ser estadounidense violó el consagrado principio
constitucional y derecho a la doble nacionalidad restringida o
limitada. En ese entonces, los peruanos carecían de la potestad de
adquirir la nacionalidad de cualquier país.
Fundamentos fácticos y jurídicos de la Cancelación
1. El Art. 53° de la Carta Política de 1993 señala que
“la nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante
autoridad peruana”; sin embargo, no resulta aplicable, pues el año de su
dación el cuestionado Kuczynski ya tenía perdida la nacionalidad
peruana y dicha norma constitucional no ha previsto la llamada
recuperación automática, sin trámite alguno. En cambio, el Art. 94° de
la aplicable, por ultra actividad, Constitución de 1979 permite esa
recuperación expresa, mediante un trámite que acredite la renuncia a la
nacionalidad adquirida.
2. El aún candidato presidencial PPK no ha recuperado la
nacionalidad peruana perdida mediante trámite alguno. El hecho de haber
sido Ministro del ex mandatario Alejandro Toledo dos veces consuma con
creces la ilícita impostura, pues quien tiene perdida la nacionalidad
peruana, sin recuperarla, no está habilitado para nada, ni para
candidato, menos para ejercer la Presidencia del país.
3. En aplicación del Art. 44°, literal p), de la Ley N°
26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
(RENIEC), de 11-07-1995, todo ciudadano peruano debe inscribir
obligatoriamente en el Registro del Estado Civil “las naturalizaciones y
la pérdida o recuperación de la nacionalidad” que se refieran a él, con
el objeto de obtener o no el Documento Nacional de Identidad (DNI), que
sirva para ejercitar sus derechos en general.
El actual candidato presidencial, Pedro Pablo Kuczynski,
cuando recientemente se inscribió en el RENIEC el (09-08-2001) y obtuvo
el DNI N° 06477277, así como en el emitido el (16-05-2007),
deliberadamente omitió inscribir el real hecho citado de su
*naturalización como ciudadano norteamericano”.
Tampoco inscribió la pérdida de su nacionalidad peruana
al haber adquirido la estadounidense, o la recuperación de la perdida,
en clara violación de los Arts. 92° y 94° de la Constitución Política de
1979, que únicamente consagran el derecho de los peruanos a la doble
nacionalidad, siempre y cuando sea la española o la de cualquier país
latinoamericano.
Adquirir una diferente a las permitidas transgredía el derecho constitucional a la doble nacionalidad restricta.
4. No estará de más repetir que la Constitución Política
de 1993, cuyo Art. 53° establece que la “la nacionalidad peruana no se
pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana”, no resulta
aplicable al caso en cuestión, pues ese año PPK ya tenía perdida la
nacionalidad peruana desde 1982 y esta nueva norma constitucional no
contempla ninguna suerte de recuperación automática, instantánea o por
el mero transcurso del tiempo, sin trámite alguno.
La Carta Política de 1979, en cambio, establecía la
posible recuperación de la ciudadanía perdida, mediante un trámite,
donde se acredite documentalmente la renuncia previa a la nacionalidad
adquirida.
5. La pérdida de la nacionalidad peruana por adquirir
voluntariamente otra, es una figura jurídica de naturaleza diferente a
la renuncia. Precisamente la Ley RENIEC N° 26497 acotada se refiere
expresamente a los casos de pérdida o recuperación en trato.
¡Si PPK declara e inscribe ante el RENIEC su
"naturalización" como norteamericano y la consiguiente *pérdida *de la
nacionalidad peruana, no debió expedírsele el DNI!.
6. Prueba documental que prueba la nacionalidad
norteamericana de PPK.- Adjunto a la presente solicitud de cancelación
de DNI falso el Certificado de No Ser Extranjero (Non-Foreign
Certificate), N° 9086-2747, Page 2, suscrito por Pedro Pablo Kuczynski y
su esposa Nancy Ann Lange, en Miami, Florida de EEUU, el 14 de abril
del año 2000, donde ambos se identifican con su Carnet de Seguro Social
norteamericano N° 107-34-4058 y 388-60-2442, respectivamente, por
exigencia del Código Tributario de dicho país y, además, con su Licencia
de Conducir otorgada por el Estado de Florida.**
Este documento oficial de EE UU me ha llegado
anónimamente. Está firmado por PPK y su esposa, legalizado en Miami por
la Notario Público VIVIAN GOMEZ y en su texto figura que es ciudadano
norteamericano y que no es una persona extranjera, ergo peruano, en
Estados Unidos.
7. Omisión de inscripción dolosa y cancelación del DNI
de PPK.-Lo anterior es lo que precisamente omitió declarar ante el
RENIEC, por cuya razón se le expidió un DNI inválido. De haber hecho
esta declaración: ¡que es norteamericano y no extranjero (peruano)!,
como sí la materializa en EEUU, jamás se le habría extendido el DNI.
En estricta aplicación del Art. 57° de la Ley Orgánica
del RENIEC, N° 26497, que establece que *“las inscripciones se cancelan
cuando la justificación de la cancelación resulte clara y
manifiestamente de los documentos que se presentan al solicitarla”, en
concordancia con el Art. 44° antes glosado relativo a la
*“naturalización, pérdida o recuperación de la nacionalidad” *que no
inscribió, el DNI N° 06477277, a nombre de Pedro Pablo Kuczynski
Godard, debe ser CANCELADO en forma inmediata, teniendo en cuenta el
avance del presente proceso electoral, cuyo próximo acto de sufragio
será el (10 de abril 2011).
8. Acuciante responsabilidad penal de PPK en Perú y EE
UU.- La omisión dolosa de tales inscripciones hace al trámite
fraudulento y al propio DNI un documento falso. Mintió al RENIEC para
obtener su DNI; mintió en EEUU al declarar bajo juramento que no es
peruano al vender un inmueble:¡Lo hacía para no pagar impuestos como
extranjero!-
Cometió allí "perjurio", es confeso "evasor de impuestos"
y en Perú comete delito de "falsificación" de documento público. ¡UNA
"TRIADA DELICTIVA" de PPK!.
En consecuencia, pido también se ponga en conocimiento
del Ministerio Público y de la Embajada USA en Lima, para los efectos de
la responsabilidad penal a que hubiere lugar, por falsificación y uso
de un documento público, perjurio y evasión.
POR TANTO:
A su Despacho solicito la CANCELACIÓN de la inscripción del DNI en cuestión.
OTROSI DIGO.- Acompaño los documentos siguientes:
a) copia de mi DNI 08765441; y
b) del documento referido en el Punto 6 del presente
escrito. Se trata de una Declaración Jurada expedida ante Notario
Público en Estados Unidos, el 14 de abril del año 2000, suscrita por el
actual candidato presidencial Pedro Pablo Kuczynski Godard, donde
declara que NO ES PERUANO, para así evitar pagar los impuestos que debía
pagarse al vender el inmueble.
Si hubiera dicho que es extranjero (es decir, peruano)
debió oblar el impuesto de ley. Con su declaración evadió pagarlo. *¡Esa
es la índole torcida del candidato PPK !