Negocios que expendan bebidas alcohólicas en el Perú, inclumpiendo la prohibición por elecciones, pagarán una multa de S/.1,800
El JNE recordó que la medida es para quienes vendan licor, no para los consumidores. (USI)
A partir de la medianoche de hoy, locales comerciales que expendan bebidas alcohólicas en el país, incumpliendo la denominada Ley Seca por elecciones, pagarán una multa de S/.1,800, ratificó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
La medida incluye a bares, discotecas, grifos, tiendas y locales comerciales en general, según la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26856), que rige para los comicios del 10 de abril, detalló el vocero del JNE, Virgilio Hurtado, pese a los pedidos para reducir la restricción.
Según la norma, la sanción equivale al 10% del ingreso mínimo vital vigente (600 soles), multiplicado por 30 días multa, monto que tendrá que ser abonado por quienes vendan licor durante el periodo de restricción, a partir del lunes 11 de abril.
Más de 8 mil fiscalizadores del ente electoral visitarán los establecimientos a nivel nacional con el apoyo de personal de la Policía y del Ministerio Público.