No hay con qué devolver dinero a fonavistas

yonhy lescano 29Congresista Lescano exige que se habilite partida anual  para fonavistas en el  Presupuesto Público. Reglamento señala que Comisión Ad Hoc pagará con recursos que logre recuperar de empresas públicas y privadas
 
El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Trabajo del Parlamento, advirtió  que el gobierno tiene que habilitar una partida presupuestal en el Presupuesto Público de cada año,  para devolver el dinero del Fonavi, ya que el fondo establecido para estos efectos en el reglamento aprobado por el decreto supremo N.° 006-2012-EF es absolutamente incierto.

 

En efecto, en la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final se dice que la Comisión Ad Hoc “requerirá a las entidades y empresas públicas y privadas, la transferencia de acreencias, fondos, activos y  pasivos del FONAVI (…)”, es decir, nada, puesto que recuperar dichos fondos puede llevar años. Sin embargo esta es la fuente de financiamiento con la que se pretende pagar a los cientos de miles de fonavistas.

“El reglamento ha creado una expectativa falsa, puesto que no hay dinero para devolver a los fonavistas que logren inscribirse en el Padrón de la Comisión Ad Hoc y superen los filtros de ésta” dijo Lescano, quien también señaló que el reglamento tiene otras incoherencias, como disponer —en su artículo 23.— que la información sobre los beneficiarios estará lista en un año; sin embargo en el artículo 4 de la Ley N.° 29625 (de devolución del dinero del Fonavi) se estipula que la Comisión Ad Hoc entregará en un tiempo no mayor a 120 días los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones a cada fonavista.

El parlamentario dijo también que el reglamento debió haber desarrollado  las seis modalidades de devolución de aportes del Fonavi que prevé la Ley  29625;  pero sólo se ha  ocupado de una (la devolución en efectivo), dejando las demás para más adelante, lo que es un error, ya que desde el comienzo el beneficiario ha debido tener todas las opciones a su disposición : devoluciones en viviendas de interés social, en terrenos urbanizados de interés social, en bonos, en compensaciones tributarias, en pagos compensatorios de deudas, y en efectivo.

Lescano criticó finalmente que se obligue a los trabajadores a reconstruir su historia laboral en el formulario de inscripción. “Esto es impracticable, pues se trata de aportaciones realizadas en el  período de 1979 a 1998. Se debe cruzar información y más bien usar —en ciertos casos— medios más idóneos como la presunción de veracidad y el silencio administrativo positivo” acotó.