Empresa fue beneficiada por tres resarcimientos ilegales
El caso de la empresa Pesquera Mar ha puesto en duda todo el marco de seguridad jurídica del país. Desde este portal hacemos una defensa cerrada del derecho a la propiedad privada como base de la democracia, el estado de derecho, la seguridad y el marco legal. No obstante nos preocupamos cuando las instituciones encargadas de administrar justicia en el país cuestionan la legalidad. La seguridad jurídica es primordial para la competitividad de un país. Según el ranking de competitividad 2016-2017 del World Economic Forum (WEF), el Perú se ubica en el puesto 106, muy por debajo de un país vecino como Chile (puesto 35).
¿Qué ha sucedido con la empresa Pesquera Mar? La historia es larga y compleja. Resulta que esta empresa busca que el Estado peruano le otorgue un tercer resarcimiento, cosa inaudita y que deja al borde del abismo el marco normativo del país. ¿Cómo así una empresa que ya recibió dos resarcimientos exige uno tercero? El primer resarcimiento se dio en setiembre de 1992 cuando el Poder Judicial (Noveno Juzgado Civil de Lima) resolvió que se debían restituir todas las acciones, permisos de pesca y bienes que fueron expropiados a la empresa Pesquera Mar. Vale recordar que durante la dictadura de Juan Velasco Alvarado, exactamente en diciembre de 1974, se expropiaron las acciones y bienes de la empresa Pesquera Mar, propiedad de los hermanos Saavedra. No obstante, y aquí un primer detalle, los permisos de pesca (anchoveta y de sardina) que pertenecían a la empresa Pesquera Mar ya habían sido transferidos a otra empresa.
En 1997 Pesquera Mar plantea un proceso indemnizatorio; es decir, un segundo resarcimiento. Esta vez la empresa exigía un pago de S/. 100 millones en compensación por los daños causados por la expropiación. Luego de un largo juicio, en octubre de 2001 la Corte Suprema declara fundada la demanda y ordena que el Ministerio de la Producción (PRODUCE) pague la suma de S/. 5.7 millones, que se termina de cancelar en 2008.
Pero aquí se presenta otro hecho curioso. En diciembre de 2002 Pesquera Mar suscribe con la empresa Hope Trading un contrato de cesión de derechos de pesca. En 2003 PRODUCE, mediante la Resolución Directoral N.o 253-2003, reconoce estos derechos de pesca a la empresa Hope Trading. Sin embargo, como habíamos señalado, estos derechos de pesca ya habían sido vendidos a otra empresa. Semejante fallo de PRODUCE contravino todo el marco legal, porque negaba los derechos de pesca que otra empresa legítimamente poseía.
Aquí no acaba la historia. Hoy Pesquera Mar exige nuevamente la reposición de todos sus derechos. En otras palabras: un tercer resarcimiento. ¿Cómo así? En 2010 los dueños de Pesquera Mar solicitaron a la Corte Suprema que anulara la resolución que reconocía a Hope Trading “sus” derechos. En septiembre de 2010 la Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución (253-2003) de PRODUCE, porque Pesquera Mar no “había sido debidamente notificada”. En 2012 PRODUCE, mediante otra resolución (108-2012), dispone la devolución de autorizaciones y permisos de pesca a Pesquera Mar. Aquí se conoce de la participación del ex socio de Nadine Heredia, Martín Belaunde Lossio. La condición de Belaunde Lossio para conseguir que PRODUCE promulgue una nueva resolución era que Pesquera Mar debía ser vendida a Pesquera Exalmar S.A.A.
En 2014, la jueza Malbina Saldaña ordena que se devuelva a Pesquera Mar la autorización de sus derechos de pesca y el incremento de la flota. Con la decisión de la jueza la empresa Pesquera Mar fue resarcida ¡tres veces! por un mismo derecho. En 2015 la Contraloría encontró serios indicios de que la resolución de la juez Saldaña era un despropósito. Ese mismo año, 2015, la Oficina de Control de la Magistratura (Odecma) determinó que la jueza Saldaña había incurrido en una falta muy grave, por desnaturalizar y violentar la cosa juzgada, y la sancionó con un 10% de su remuneración mensual.
Como se aprecia, el estado de derecho parece no existir en el Perú, y la administración de justicia puede ir de aquí para allá de acuerdo a las influencias.
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