Mediante Decreto de Urgencia N.° 090-2020, el Gobierno autorizó a las entidades públicas de salud del país a contratar a egresados cuando requieran personal asistencial que labore de manera presencial, medida que tendrá vigecia sólo durante el estado de emergencia sanitaria por el coronavirus, indica dicho decreto publicado hoy en el diario El Peruano.
La medida puede aplicarse en establecimientos públicos del Ministerio de Salud y sus organismos públicos, los Gobiernos Regionales, las Sanidades de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas y el Seguro Social de Salud (EsSalud).
Se autoriza contratar profesionales de las ciencias de la salud que cuenten con la resolución que acredite la condición de egresado y bachilleres. No se requerirá presentar el diploma de grado correspondiente ni el registro en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) mientras dure el estado de emergencia.
Al término de la emergencia sanitaria, los egresados de las carreras de ciencias de la salud deben realizar los trámites para obtener el grado académico y título profesional correspondiente, de acuerdo con la Ley Universitaria y deberán aprobar el Examen Nacional de las Ciencias de la Salud en aquellas carreras en que está establecido, y colegiarse obligatoriamente, dentro de seis meses contados desde la culminación de la emergencia sanitaria. Las universidades y los colegios profesionales fijarán los mecanismos administrativos correspondientes.
Extranjeros
El Poder Ejecutivo también autorizó, de manera temporal y mientras dure la emergencia sanitaria, que las entidades públicas de salud puedan contratar a extranjeros graduados y titulados de las carreras de ciencias de la salud, para prestar servicios presenciales.
En este caso, se le podrá contratar sin exigirles el requisito de reconocimiento o revalidación del grado o título y de autorización temporal del colegio profesional respectivo. Sí se exogirá que el grado o título profesional cuente con la apostilla o legalización correspondiente.i
Pasados seis meses después de la culminación de la emergencia sanitaria, los profesionales extranjeros deben realizar el reconocimiento o revalidación del grado o título correspondiente, así como aprobar el Examen Nacional de las Ciencias de la Salud en aquellas carreras en que está implementado y colegiarse, para continuar con el ejercicio de actividades profesionales.
Vencido ese plazo y si no se obtuvo los requisitos señalados, el profesional extranjero se encuentra impedido de continuar con el ejercicio de actividades profesionales, extinguiéndose automáticamente el vínculo laboral, en caso exista.
Internado
El Decreto de Urgencia tiene por objeto aprobar medidas extraordinarias y temporales que permitan cerrar la falta de recursos humanos en salud y garantizar así una adecuada disponibilidad de personal en los diferentes niveles de atención, a fin afrontar la pandemia del coronavirus.
Por ello, también se dispone el inicio o reanudación progresiva, a partir del 15 de agosto, de las actividades de los internos de ciencias de la salud en los establecimientos del Minsa, Gobiernos Regionales, Sanidad de la Policía y Fuerzas Armadas, así como EsSalud.
Los internos, indica el Decreto, tienen derecho a un estipendio mensual equivalente a una remuneración mínima vital. Asimismo, contarán con un seguro de salud, el cual se brinda a través de EsSalud en condición de afiliados regulares, y la cobertura de un seguro de vida.
Para hacer posible dichos pagos, el Ejecutivo autorizó una transferencia de partidas a favor del pliego Ministerio de Salud hasta por la suma de 60 millones 060 mil 444 soles.