Pese a que en el mundo ocupa el sexto lugar de los expresidentes más ladrones, La Oficina Legal y Constitucional del Congreso de la República señala que resultaría procedente el requerimiento del exdictador y homicida Alberto Fujimori para recibir una pensión vitalicia de S/ 15,600 mensuales por el solo hecho de haber sido presidente de la República.

 

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Se apresuró a confirmar dicha decisión el fétido presidente del Congreso Eduardo Salhuana e informó que ya comenzó a cobrar a partir de este mes de julio y dijo que la Mesa Directiva no tiene injerencia en estos trámites.

La Ley N.º 26519, establece pensión para los expresidentes y precisa en sus artículos 1.° y 2.° que para ello deben tener la calidad de expresidente constitucional de la República. Además, señala que no deben haber sido objeto de denuncia constitucional, salvo que la sentencia judicial los declare inocentes.

Los abogados Heber Campos y Hugo Mendoza, citados por Infobae Perú, que no es procedente otorgar dicha pensión.

“El artículo 2 de la Ley 26519 es bastante claro: un expresidente que ha sido acusado constitucionalmente y, en ese contexto, ha sido encontrado culpable de la comisión de un delito, no puede acceder a la pensión vitalicia”, señaló Campos indicando que con Fujimori se cumplen ambos extremos al ser sentenciado por los casos Barrios Altos y La Cantuta.

“Fue acusado constitucionalmente, y fue condenado por la Corte Suprema el 2009 por la comisión de diversos delitos, tras su proceso de extradición de Chile. El indulto borra la pena, pero no anula la sentencia que la impuso. Por tanto, no puede acceder al beneficio previsto por la Ley 26519″, insistió.

El abogado Hugo Mendoza fue del mismo parecer manifestando que “mediante un indulto no se borra la responsabilidad penal establecida por sentencia, sino que se establece una suerte de este indulto humanitario a fin de que no siga cumpliendo la pena al interior del penal por sus condiciones de salud”.

Precisó que el exdictador renunció al cargo de presidente y, con ello, a los beneficios. “Incluso si nos enfocamos en la Real Academia de la Lengua Española (RAE) no existe una renuncia parcial, por lo que sería absurdo decir ‘yo renuncie al cargo de presidente, pero no a mi pensión vitalicia’”, explicó.

Como se recuerda, asustado por perder el poder y por sus múltiples delitos, Fujimori huyó cobardemente del Perú y renunció vía fax desde Japón, país a donde escapó de la justicia debido a que no hay tratado de extradición con el Perú. Aunque algunos países sin tratado conceden la extradición, este delincuente estaba seguro de contar con la complicidad de las autoridades japonesas.

“Si renunciaste al cargo de presidente de la República, pues se entiende que también es a todo lo que significa y él lo hizo por fax”, aseguró e insistió que el principal argumento son las sentencias, pero que su dimisión también es algo que debe ser considerado.

Adicionalmente, debemos tener en cuenta que Fujimori no sólo nunca se arrepintió de sus delitos, sino que no ha pagado unos 57 millones de soles de reparación civil, según lo dispuesto por el Poder Judicial y se ha beneficiado de un indulto mintiendo al asegurar que era un enfermo terminal, pero se burló inscribiéndose en el partido Fuerza Popular, fundado por su hija Keiko Fujimori, alias “señora K”.