Un ciudadano ecuatoriano fue intervenido por el personal policial cuando transitaba por las inmediaciones del asentamiento humano Tomas Arizola del distrito de Aguas Verdes, departamento de Tumbes, cuando transportaba en el interior de su mochila la inusual suma de USD$1 ’049 ,500 dólares americanos, que al término del proceso se le suma los intereses legales y, que a la fecha de la sentencia, sería la cantidad de USD$1 ’050 ,271.75 dólares americanos sin documentos que pueda acreditar el origen del dinero.

 

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Este hecho pertenece al expediente N.° 0024-2020-0-2601-JR-ED-01, respecto al cual, luego de concluir la indagación sobre la procedencia del dinero, la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de Tumbes, decidió formular la demanda ante el Juzgado Transitorio de Tumbes, quien después de lo sustentado por la Fiscalía y la Procuraduría Pública Especializada en Delito de Lavado de Activos y la defensa técnica del requerido, emitió el día 17 de junio de 2024, la sentencia que declaró fundada la demanda interpuesta, siendo un caso más que se suma a la participación activa desplegada por la Procuraduría Pública en el proceso de extinción de dominio, institución que lucha constantemente contra los activos ilícitos.

En ese sentido, el Decreto Legislativo N.°1018-2019-JUS, en su artículo 16 en el numeral 7, ha establecido como competencia que todas las procuradurías públicas, deben contar en su estructura interna, con un área dedicada exclusivamente en la materia de extinción de dominio sobre el patrimonio vinculado a la comisión de delitos desde su competencia.

En esta institución, la extinción de dominio, es una consecuencia jurídico patrimonial que traslada a la esfera del dominio del Estado la titularidad de los bienes que constituyan objeto, instrumento, ganancia o efectos de actividades ilícitas, mediante una sentencia emitida respetando el debido proceso.

Con esta sentencia, la Procuraduría Pública Especializada en Delito de Lavado de Activos ha elevado hasta la fecha, su participación a través de su área de extinción de dominio, con la obtención de 322 sentencias favorables en este tipo de procesos, que han significado la recuperación de S/165 ´650 ,959.10 soles (ciento sesenta y cinco millones, seiscientos cincuenta mil novecientos cincuenta y nueve con 10/100 soles), coadyuvando así a que el Grupo de Acción Financiera Internacional-GAFI, reconozca al Estado Peruano, como un referente internacional en la aplicación de esta norma.

Fuente: Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Lavado de Activos