Fracasó la demanda competencial interpuesta en el Tribunal Constitucional (TC) por el Congreso contra el Poder Judicial (PJ) con la intención de interferir con el PJ por emitir fallos favorables a la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

 

TC San Isidro 2

En el TC la demanda, correspondiente al  Expediente 00004-2024-PCC/TC, proceso de conflicto competencial promovido por el Congreso de la República contra el Poder Judicial.

En la deliberación participaron siete magistrados en un extenso debate de más de dos horas, donde cada uno manifestó su postura, siendo la posición mayoritaria contraria a la ponencia, que proponía declarar fundada en parte la demanda.

Tras iniciarse la votación, el magistrado ponente Hernández Chávez y los magistrados Morales Saravia y Gutiérrez Ticse se retiraron sin que la presidencia hubiese levantado la sesión, detalla el TC.

Seguidamente, se recogió el sentido de los votos de los cuatro magistrados presentes Pacheco Zerga, Domínguez Haro, Monteagudo Valdez y Ochoa Cardich, que votaron en contra de la ponencia.

El TC precisa que, según el artículo 112 del Nuevo Código Procesal Constitucional, en los procesos competenciales la sentencia se obtiene con el voto conforme de cinco magistrados.

Como se sabe, el Congreso aprobó el pasado jueves en segunda votación modificar el Nuevo Código de Procesos Constitucionales que baja de cinco a cuatro los votos para que se declare fundada una demanda competencial.

La norma aún no rige, pues para ello se la debe remitir al Poder Ejecutivo; y después promulgada, de no ser observada.

El Congreso interpuso en abril de este año la demanda competencial contra el PJ por una supuesta vulneración de sus prerrogativas exclusivas y excluyentes. Ello tras un fallo judicial que declaró fundada una medida cautelar favorable a los abogados e integrantes de la JNJ, Inés Tello y Aldo Vásquez, inhabilitados por diez años en marzo pasado por el Legislativo.

El Congreso argumentó un presunto menoscabo de competencias, pues “el Poder Judicial habría ejercido su potestad de administrar justicia de manera indebida” restituyendo a Tello y Vásquez, en sus cargos en la JNJ, con lo cual el PJ evitó que el Congreso usurpe las competencias asignadas de manera exclusiva los artículos 99 y 100 de la Constitución Política, para aplicar un “juicio político” a altos funcionarios.