Por José Carlos García Fajardo*
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia en la que declara abusiva e ilegal la legislación española respecto a los desahucios. Ahora todos los jueces con conciencia social tienen una herramienta para detener desahucios.
Esta decisión sienta jurisprudencia y podrá ser utilizada por las defensas de los desahuciados en los procesos en marcha. El tribunal discute que los jueces españoles no estén habilitados para paralizar un desahucio de forma cautelar cuando se ha denunciado la existencia de cláusulas abusivas. La sentencia considera abusivas prácticas habituales en la banca española como la imposición de intereses de demora a los deudores con retrasos en sus pagos.
Cada vez que alguien pregunta por qué no arde la calle en España con tanta desigualdad, miseria, recortes y contrarreformas, escribe Isaac Rosa, no busquen explicaciones sociológicas ni miren en el colchón familiar. La respuesta está en esa ley hipotecaria, que mantiene baja la morosidad y que hace que millones de personas acepten cualquier trabajo y cualquier modificación de sus condiciones laborales, con tal de reunir suficiente para pagar la letra de la hipoteca otro mes más. Vivimos en estado de miedo paralizador.
El drama de los desahucios alarma a la sociedad por la multiplicación de casos derivados de la grave crisis económica. En 2007 se registraron 25.943 ejecuciones hipotecarias, pero a fecha 31 de diciembre del pasado año había casi 200.000 en trámite. No todas se corresponden con el perfil de familias en peligro de ser desalojadas de su vivienda quedándose con una deuda a veces mayor de la que contrajeron. La mayoría establecen cláusulas abusivas y contrarias a las directivas de la Unión Europea de 1995.
La dejación española en este asunto es especialmente grave en los últimos meses, a medida que el Tribunal Europeo señalaba en resoluciones recientes la incompatibilidad de las normas hipotecarias con la legislación europea. La sentencia de ayer aclara definitivamente la cuestión a instancias de un juez español.
Anteriores Gobiernos y el actual han mantenido una legislación que privilegia a la banca, dificulta la acción de la justicia y ha dejado sin hogar a miles de deudores de buena fe. La sentencia europea entra en el fondo de la cuestión y obliga a España a proteger a sus consumidores con el estándar europeo. Resulta asombroso que España haya tenido que esperar semejante varapalo judicial para alinear su legislación con la europea y frenar la sangría de los desahucios. Especialmente lamentable por cuanto esta sentencia llega tras meses de movilización ciudadana, protagonizada fundamentalmente por los jueces y las plataformas de afectados.
Algunas personas desconfían de la acción popular a través de organizaciones de la sociedad civil aprovechando las posibilidades de las redes sociales, pero estos movimientos en red ya son imparables. Más de un millón y medio de ciudadanos firmamos una iniciativa legislativa para pedir la modificación de la normativa hipotecaria y la dación en pago. El Gobierno tiene que escuchar a la ciudadanía.
La sentencia del TJUE otorga al juez nacional la potestad de pronunciarse a la hora de decidir si una cláusula es abusiva. Uno de los criterios para determinar si una cláusula es abusiva es la proporcionalidad en el vencimiento anticipado del contrato por impago. No se entendería que la falta de pago de dos mensualidades provocara la ejecución de una hipoteca de una duración de veinte años.
Las asociaciones de Jueces se han pronunciado: la sentencia permite la posibilidad de que se suspendan todos los procedimientos hipotecarios para dictaminar si ha habido abuso por parte de las entidades financieras. Un segundo efecto es que el estado español está obligado a adaptar la legislación a la jurisdicción europea. Tiene que hacerse efectiva, pues la normativa europea posee mayor rango que la normativa de España. Por tanto, se ha decretado que cualquier cláusula abusiva en los contratos automáticamente puede ser revisada por el juez para anularlas o dejarlas sin efecto o moderarlas.
Lo que establece esta sentencia es que en el procedimiento el juez puede entrar a valorar la existencia de cláusulas abusivas en un tema de hipotecas.
En el principio de la crisis española hay una hipoteca que te entregaba atado al banco, que era dueño de tu vida y podía imponerte todo tipo de condiciones abusivas, porque se lo permitía una ley “abusiva” hecha a la medida de los bancos.
*Profesor Emérito de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) Director del Centro de Colaboraciones Solidarias (CCS)
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