Corrupción e imprescriptibilidad del delito
Corrupción e imprescriptibilidad del delito
Por Alfredo Palacios Dongo
Casi como un ritual recurrente, desde hace más de 10 años —principalmente cuando han sucedido grandes escándalos de corrupción—, han sido presentados unos 40 proyectos de ley —8 durante este gobierno— referidos a la incorporación de la imprescriptibilidad de la acción penal para los delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos contra el patrimonio del Estado, con el fin que éstos no prescriban y evitar que la responsabilidad no se extinga como sucede en innumerables casos en nuestro país. Para concretar esta acción se requiere modificar el artículo 41° de la Constitución que actualmente solo duplica el plazo de prescripción por dichos delitos.