Decreto Legislativo 1607 otorga un plazo de 90 días a mineros informales para presentar el contrato de explotación
Tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial podrán investigar y sentenciar respectivamente a los mineros informales que no cumplan con entregar el contrato de explotación o cesión en 90 días, en caso de no cumplirlo su condición sería de ilegal siendo excluidos del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).
Así lo anunció el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Gestión Ambiental del Poder Judicial, Henry Diburga Inga, quien señaló que, debido a las reiteradas ampliaciones del proceso de formalización, sumado a ello la modificatoria del Código Penal por el DL 1293, el REINFO se había convertido en un salvavidas para los mineros ilegales
“Al acogerse a este proceso de formalización, REINFO, el cual en un inicio pudo haber dado buenos resultados si el proceso hubiera culminado como indicó; sin embargo, este proceso fue ampliándose convirtiéndose en un problema social”, señaló Diburga.
En ese sentido, el Secretario Técnico explicó que a través de la modificación del Código Penal se permitió a los mineros informales estar exentos de responsabilidad penal.
“Pero, con el decreto legislativo 1607, al obligárseles a cumplir con el contrato de cesión o explotación ya no quedarían como informales sino como ilegales y pasibles de investigación y sanción”, aclaró.
En esa línea, Diburga Inga afirmó que el Poder Judicial tendrá mayores argumenos para poder tomar acciones contra los mineros que cometan el delito de minería ilegal. Lo cual significará que tanto los jueces de investigación preparatoria como los jueces unipersonales van a tener casos, contar con mayor demanda en relación a lo que antes no se daba.
El Secretario Técnico señaló que otro cambio que ha traído esta publicación es que otorga a la Policía la atribución de poder intervenir (interdicción) a mineros que se encuentran usando material explosivo y su estado no sea vigente dentro del proceso de formalización.
“Si y están usando explosivos sin contar con autorización son causales de exclusión del REINFO”, detalló
Asimismo, señaló que los mineros ilegales no solo podrían ser investigados por el delito de minería ilegal sino también por otros delios conexos.
En ese sentido, señaló que, con la publicación de esta nueva norma, la Comisión Nacional de Gestión Ambiental deberá reforzar uno de los objetivos por el cual fue creada que es continuar con el proceso de implementación de juzgados de competencia ambiental a nivel nacional
“No solo vamos a trabajar en la implementación de más cortes con especialidad ambiental, sino también en continuar con el fortalecimiento de capacidades de nuestros magistrados, ello, con el objetivo de alcanzar lo que siempre hemos anhelado: justicia ambiental”, finalizó.