calculadora contabilidadAdvierte la CCL. Para otros lugares de la región costeña, el incremento promedio será del 5%, por reajuste de los valores oficiales de edificaciones aprobados por el MVCS

A propósito del reajuste de los valores oficiales de edificaciones recientemente aprobados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que el Impuesto Predial para el 2013 se incrementará, en promedio, hasta en 8% para Lima Metropolitana y el Callao, mientras en el resto de la Costa se incrementará, en promedio, 5%.

En efecto, tomando como base los nuevos Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones, elaborados por la Dirección Nacional de Urbanismo del MVCS (Res. N.º 241-2012-VIVIENDA), publicados el 30 de octubre último, la CCL estima que el impuesto predial para el 2013 se incrementará más para los propietarios de predios ubicados en Lima y Callao.

La CCL recuerda que el Impuesto Predial es pagado anualmente por las personas naturales y jurídicas que son propietarios de terrenos, casas, edificios y construcciones en general, a favor de las municipalidades distritales donde se ubica e predio.

De acuerdo a los cálculos efectuados por la CCL, los nuevos valores de edificaciones de Lima y Callao para el año 2013 en las categorías A, B, C y D se han incrementado en promedio en 5.5%, en relación a los valores del año 2012.

Pensionistas

En el caso de los pensionistas propietarios de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a casa habitación y cuyos ingresos (del jubilado) estén constituidos únicamente por su pensión, que no debe exceder de una UIT, la CCL recuerda que tienen derecho a deducir del autovalúo el monto equivalente a 50 UIT, debiendo pagar el impuesto predial sólo por el exceso a las 50 UIT,

Por ejemplo, si el autovalúo 2013 de la casa del jubilado es S/. 200,000 se descontarán S/. 185,000 (50 UIT proyectada de S/. 3,700). En este caso, el autovalúo afecto será S/.15 000 x 0.2% y el impuesto predial anual será de S/.30.

Impuesto mínimo e instalaciones Fijas

Es importante señalar que conforme al artículo 13º del D. Leg. 776, las municipalidades están facultadas a cobrar un impuesto predial mínimo, equivalente a 0.6% de la UIT (con la UIT proyectada de S/. 3,700 será S/. 22). Asimismo, la CCL hace mención del Anexo II de la Res. 241-2012-VIVIENDA, el cual refiere que la metodología para la determinación de la base imponible de las instalaciones fijas y permanentes será la siguiente:

“Para la determinación del valor de las edificaciones con características especiales, de las obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes, se deberán efectuar los correspondientes análisis de costos unitarios de cada una de las partidas que conforman la instalación, considerando exclusivamente su costo directo, no deben incluir los gastos generales, utilidad e impuestos.

Los valores resultantes deben estar referidos al 31 de octubre del año anterior. La resultante del valor obtenido se multiplicará con FACTOR DE OFICIALIZACIÓN: Fo = 0,68

 

VARIACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL 2012 – 2013 (*)

(En Lima Metropolitana y el Callao)

 

PREDIO CATEGORÍA A

Vivienda, 400 m2 de construcción, Estado: Muy bueno, Menos de 5 años de antigüedad (0% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autovalúo

Impuesto anual

Incremento 2013

2012

1,569.52

627,808

5,183

 

6.4%

2013

1,656.01

662,404

5,514

 

PREDIO CATEGORÍA B

Vivienda, 200 m2, Estado: Bueno, Menos de 10 años de antigüedad (5% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autovalúo

Impuesto anual

Incremento 2013

2012

1,032.29

196,135

957.81

6.6%

2013

1,090.65

207,223.5

1021.34

 

PREDIO CATEGORÍA C

Vivienda, 200 m2, Estado: Regular, Menos de 20 años de antigüedad (29% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autovalúo

Impuesto anual

Incremento 2013

2012

729.53

103,593

403

7.2%

2013

767.46

108,979

432

 

 

 

PREDIO CATEGORÍA D

Vivienda, 120 m2, Estado: Bueno, Menos de 15 años de antigüedad (16% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autovalúo

Impuesto anual

Incremento 2013

2012

571.82

57,639

127

11%

2013

600.8

60,561

141.4

(*) Considerando una UIT proyectada de S/. 3,700 para el año 2013.

 

Fuente: Gerencia Legal CCL