El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), reglamentó la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia (por internet), y las condiciones para su cumplimiento. Asimismo, se publicó el reglamento del impuesto que grava las ganancias de las empresas dedicadas a estas actividades.
De esta manera, se posibilita que las empresas que ofrecen estos servicios mediante plataformas tecnológicas tengan un tratamiento tributario similar al que tienen los juegos de casino y tragamonedas presenciales, el cual, entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2025.
Con el Decreto Supremo N° 254-2024-MEF publicado este sábado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se reglamentó las disposiciones necesarias para la aplicación del ISC a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia que se realizan o consumen en el país, a través de plataformas tecnológicas explotadas por empresas peruanas o empresas extranjeras, titulares de una autorización concedida por la autoridad competente.
Entre otros aspectos, se determina que la obligación del pago del ISC se origina cuando se debitan fondos o bonificaciones valorizadas en dinero de las cuentas generadas por los usuarios para la realización de apuestas. Asimismo, se establecen las reglas para la declaración ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), lo que comprende el tipo de cambio a utilizar para las operaciones realizadas en moneda extranjera.
De otra parte, mediante Decreto Supremo N.° 253-2024-MEF, también publicado hoy en El Peruano, se reglamentó el impuesto a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia, el cual se aplica sobre las ganancias obtenidas por las empresas dedicadas a estos rubros. Este equivale al 12% de la base imponible de las operaciones de estas empresas, y su determinación es mensual.
Así, se regulan, entre otros, definiciones y los tipos de cambio para propósitos de la determinación de la base imponible del impuesto, la oportunidad, forma y condiciones para que las personas jurídicas constituidas en el exterior puedan solicitar la compensación o devolución de los pagos indebidos o en exceso del impuesto realizados.
Cabe recordar que el impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia se creó mediante la Ley N.° 31557 en el 2022, la cual también reguló algunos aspectos del ISC aplicable a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia. En setiembre de 2024 se aprobó el Decreto Legislativo N.° 1644, que complementó la regulación de ambos impuestos para permitir su aplicación.
El reglamento del impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia también regula el abono que debe efectuar la Sunat a favor de las entidades que recibirán los recursos recaudados: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio de Salud (Minsa), Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) e Instituto Peruano del Deporte (IPD).