El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), reglamentó la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia (por internet), y las condiciones para su cumplimiento. Asimismo, se publicó el reglamento del impuesto que grava las ganancias de las empresas dedicadas a estas actividades.

 

apuestas internet

 

De esta manera, se posibilita que las empresas que ofrecen estos servicios mediante plataformas tecnológicas tengan un tratamiento tributario similar al que tienen los juegos de casino y tragamonedas presenciales, el cual, entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2025.

Con el Decreto Supremo N° 254-2024-MEF publicado este sábado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se reglamentó las disposiciones necesarias para la aplicación del ISC a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia que se realizan o consumen en el país, a través de plataformas tecnológicas explotadas por empresas peruanas o empresas extranjeras, titulares de una autorización concedida por la autoridad competente.

Entre otros aspectos, se determina que la obligación del pago del ISC se origina cuando se debitan fondos o bonificaciones valorizadas en dinero de las cuentas generadas por los usuarios para la realización de apuestas. Asimismo, se establecen las reglas para la declaración ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), lo que comprende el tipo de cambio a utilizar para las operaciones realizadas en moneda extranjera.

De otra parte, mediante Decreto Supremo N.° 253-2024-MEF, también publicado hoy en El Peruano, se reglamentó el impuesto a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia, el cual se aplica sobre las ganancias obtenidas por las empresas dedicadas a estos rubros. Este equivale al 12% de la base imponible de las operaciones de estas empresas, y su determinación es mensual.

Así, se regulan, entre otros, definiciones y los tipos de cambio para propósitos de la determinación de la base imponible del impuesto, la oportunidad, forma y condiciones para que las personas jurídicas constituidas en el exterior puedan solicitar la compensación o devolución de los pagos indebidos o en exceso del impuesto realizados.

Cabe recordar que el impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia se creó mediante la Ley N.° 31557 en el 2022, la cual también reguló algunos aspectos del ISC aplicable a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia. En setiembre de 2024 se aprobó el Decreto Legislativo N.° 1644, que complementó la regulación de ambos impuestos para permitir su aplicación.

El reglamento del impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia también regula el abono que debe efectuar la Sunat a favor de las entidades que recibirán los recursos recaudados: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio de Salud (Minsa), Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) e Instituto Peruano del Deporte (IPD).