Este jueves 18 de diciembre, se inicia la devolución de los aportes a un nuevo grupo de ciudadanos que forman parte del Grupo de Pago N.° 22 del Padrón Nacional de Fonavistas beneficiarios.
Esta fase de devolución representa un desembolso de más de 102 millones de soles, correspondiente a 31 794 fonavistas del referido grupo, el cual incluye a exaportantes que no habían sido considerados en padrones anteriores.
El proceso comprende a los exaportantes titulares que, a la fecha, no han cobrado y cuyas aportaciones al Fonavi fueron debidamente acreditadas por la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc.
Se incluye a quienes figuren en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad del Conadis, a quienes perciban una pensión de invalidez de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), así como a los pacientes con enfermedad grave o terminal debidamente acreditada.
La devolución se realiza a través de las ventanillas del Banco de la Nación en todo el país. Para efectuar el cobro, el titular beneficiario deberá presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI).
La Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc del Fonavi informa que, para verificar si forma parte del Grupo de Pago N.° 22, los ciudadanos pueden realizar la consulta a través del enlace oficial habilitado para este fin.
Asimismo, se encuentra disponible el servicio Aló MAC, opción 1800, y la central telefónica 01 640-8655, que brindan información sobre el proceso de devolución y otros trámites relacionados. Todas las consultas y gestiones son totalmente gratuitas, por lo que se recomienda evitar a los tramitadores.
Cabe indicar que, en los últimos años, la Secretaría Técnica del Fonavi —hoy adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros— ha logrado concretar la devolución de aportes a más de un millón doscientos mil fonavistas, destinándose para ello más de 3 300 millones de soles, de acuerdo con los padrones oficiales.
La Secretaría Técnica continúa con los trabajos de acreditación de los periodos de aportación de los fonavistas, a fin de cumplir con la devolución ordenada por la Ley N.° 29625 y con el compromiso del Estado de honrar dicho pago.
