Mauricio Herdocia Sacasa expresó que Colombia lleva al absurdo el desconocimiento de un fallo del Derecho Internacional

César Úbeda Bravo

El experto en Derecho Internacional Mauricio Herdocia Sacasa dijo que la Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ) es la encargada de fijar la dirección que tendrán los límites colombo-nicaragüenses a partir del traslape de las respectivas plataformas. En entrevista con LA PRENSA sostiene que Colombia pretende mediante un elástico decreto violatorio al orden jurídico internacional, encerrar nuevamente a Nicaragua, alterando y modificando los límites establecidos por el fallo de la CIJ del 19 de noviembre del 2012.

—Nicaragua introdujo ante la CIJ una demanda para que fije los límites exactos de su plataforma continental con Colombia. ¿Qué posibilidades existen que el país logre llegar hasta las 350 millas náuticas?

Nicaragua quiere definir el rumbo preciso de las líneas de delimitación entre Colombia y Nicaragua en la zona de Plataforma Continental situada más allá de las 200 millas. Para el primer tramo, dentro de las primeras 200 millas de Nicaragua, ya la Corte fijó la delimitación en el fallo del 19 de noviembre del 2012. Aquí estamos hablando del segundo tema que ya es solo de plataforma situada después de las 200 millas. Siendo que la plataforma es un hecho físico, materialmente constatable, es fácil constatar, según los estudios presentados por Nicaragua a la Comisión de Límites sobre Plataforma Continental en junio del 2013, que ella se extiende a zonas más lejanas de las 200 millas, pero será la Comisión de Límites la que tendrá que recomendarle a Nicaragua la declaración sobre su extensión definitiva, tomando en cuenta los intereses de terceros Estados con los que tendría que delimitar eventualmente. Sin dudas, la Plataforma de Nicaragua es una de las más extensas de América, pero es posible que las 350 millas no sean en toda su extensión, es decir, habrá que tomar en cuenta otros factores derivados de la geografía y considerar los derechos eventuales de terceros Estados en la zona.

La respuesta a este interrogante de la extensión lo da la Comisión de Límites cuando emita sus recomendaciones la Corte lo que hace es fijar el rumbo o dirección que tendrán los límites colombo-nicaragüenses a partir del traslape de las respectivas plataformas.

Mauricio Herdocia. La Comisión de Límites es parte de un engranaje internacional que coadyuva en los grandes fines de la justicia internacional, afirmó el experto en Derecho Internacional. LA PRENSA/ARCHIVO

 —La Convención de Viena sobre el derecho internacional es clara al decir que no se puede alegar una norma de carácter interna para violentar el cumplimiento de una resolución internacional. Pero, a pesar de esto, Colombia califica de inaplicable el fallo de La Haya.

Un desconocimiento del fallo coloca a Colombia al margen del Derecho Internacional y en una posición difícil pues implica una violación muy grave de sus obligaciones internacionales. Las sentencias de la Corte tienen una característica especial, pues la gravedad de su incumplimiento afecta a la Comunidad Internacional en su Conjunto, es decir, que se afecta un “bien jurídico” de toda la Comunidad de Naciones, un patrimonio de valores universalmente respetado. No solo se afecta, en ese sentido, a Nicaragua, sino un valor central en la construcción del andamiaje jurídico internacional que dio lugar a la antigua Sociedad de Naciones y al actual Sistema de las Naciones Unidas. Es por ello que la Carta de las Naciones Unidas establece que el desacato de un fallo puede llevarse al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, pues trasciende lo jurídico y afecta la paz y la seguridad internacionales. Es un desafío a las bases mismas sobre las cuales reposa el orden jurídico internacional y un peligroso precedente que introduce caos y confusión. Es la rebelión de un Estado frente a sus compromisos internacionales más elementales. Colombia no batalla contra Nicaragua, sino contra el Derecho Internacional. 

—Para efectos prácticos, ¿qué significa para Nicaragua la Zona Contigua Integral que anunció el presidente Santos?

Significa la reconstrucción de una demolida muralla de contención frente a la Costa de Nicaragua, volviendo a su tesis del encerramiento de nuestro país. Colombia, mediante un elástico decreto violatorio al orden jurídico internacional altera y modifica los límites establecidos por el fallo de la Corte y se autoatribuye y autodistribuye una zona contigua a sus accidentes insulares de 24 millas, con el fin de conectar lo que la Corte ya separó y enclavó, y generar una nueva “realidad de hecho” que prácticamente reestructura la antigua pretensión colombiana de subir nuevamente al paralelo 15 y acercarse lo más posible a la frontera con Costa Rica y Panamá y bloquear la salida de Nicaragua al mar. En la historia del Derecho Internacional, este decreto se va a estudiar como la expresión más dura de rechazo a un fallo de la Corte, al reescribir y enmendar las líneas ya trazadas por el tribunal y sustituirlas, a antojo y voluntad arbitraria, en una nueva frontera unilateral. Ese decreto no tiene valor alguno para el derecho internacional, pero sí será un buen ejemplo de cómo se lleva al absurdo el desconocimiento de un fallo internacional. 

—¿Cuál es su comentario a la denuncia del Pacto de Bogotá que hizo Colombia?

Sin dudas, cuando Colombia denuncia el Pacto de Bogotá es porque quiere cerrar las puertas de la Corte Internacional de Justicia para Nicaragua. De esta manera, cree sustraerse de la jurisdicción y competencia del tribunal internacional frente a cualquier acto de desacato al Derecho Internacional. La solicitud de Nicaragua sobre la ampliación de la Plataforma continental planteada ante la Comisión de límites de la Plataforma Continental, una vez que esta emita sus recomendaciones y las asuma Nicaragua, son “definitivas y obligatorias”, dice el arto. 76, inciso 8, de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar.

Esta es una norma de Derecho Internacional Consuetudinario que obliga por igual a miembros y no miembros de la Convención (Colombia no es parte de la Convención). Lo que Colombia parece olvidar es que el sistema de defensa de la Comunidad Internacional no es solo la Corte, sino que la Carta de las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano establecen los medios para lidiar con el restablecimiento de las reglas básicas que rigen a una Comunidad Internacional de Derecho.

—¿Qué recursos del Derecho Internacional le quedan al país para obligar que se cumpla con dicha sentencia?

El primer recurso es siempre la conciencia jurídica y los valores de los Estados y la relación fraternal entre los pueblos y, en este caso, el patrimonio construido por los principales juristas y universidades de Colombia y voces sensatas entre los expresidentes y personalidades de ese hermano país a favor del Derecho Internacional. Una tradición realmente admirable que todos respetamos. Romper esa tradición es cortar un hilo muy arraigado en el tejido social colombiano. Nicaragua propuso que el Pacto de Bogotá de 1948 se llamase así en honor a la capital colombiana donde se firmó el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas. De ahí que la primera apuesta de Nicaragua deba ser siempre la cautela y la moderación. La Comunidad Internacional tiene mecanismos como el recurso al Consejo de Seguridad o a la propia Corte para plantear un desacato a las sentencias internacionales. Ojalá no sea necesario llegar hasta ahí, pues debe prevalecer la cordura y yo espero que la razón y la justicia terminen imponiéndose, pues un elemento positivo es que, más allá de las palabras inflamadas por la temperatura política.

—¿Qué opinión tiene sobre la alianza estratégica de Colombia con Costa Rica y Panamá* que califican de expansionista al país?

No califico los alcances de esa situación, pero creo que estas acciones se insertan más bien en la esfera política y no tendrán ninguna trascendencia jurídica. Los actos que se cuestionan, bien vistos, son actos en los que participan las Naciones Unidas y ellos sabrán esclarecer las funciones del Sistema. Nicaragua ha hecho las cosas con apego al Derecho Internacional: recurrir a la Corte y pretender una Plataforma ante la Comisión de Límites son actos de suma legalidad.

La Prensa.com.ni, 17-09-2013

http://www.laprensa.com.ni/2013/09/17/ambito/162692-corte-fijara-rumbo

_____________

* Leer Panamá no debe meterse en litigio colombo-nicaragüense. [Nota de Con nuestro Perú.]


Artículos relacionados

Solicita Nicaragua a Corte de La Haya delimitar su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas

“Nicaragua busca recuperar todos los derechos”, dice Argüello

Nicaragua estudia demandar a Colombia ante la CIJ para exigir más mar

En marcha otra derrota jurídica de Colombia, por plataforma continental

Nicaragua destaca contribución de Convención del Mar para delimitaciones entre estados

Con la soga al cuello. Recursos que propone Comisión Asesora por fallo de CIJ no servirían de nada

El componente geológico de la delimitación marítima (II)

El componente geológico de la delimitación marítima (I)

Temen que Nicaragua logre ampliar su plataforma continental en el mar Caribe

NIcaragua: Tratado con Colombia a partir de fallo de CIJ