Caso SIS: Vega Díaz "topo" de José Gilmer Calderón
Por Herbert Mujica
¿Puede ser contratado alegremente un funcionario a un puesto de responsabilidad como lo fue y en las condiciones que se hizo en el SIS con José Vega Díaz? ¿es creíble o real alegar, como hizo José Gilmer Calderón que simplemente designó para el trabajo de jefe de Administración a Vega, sin comprobación de documentos o examen exhaustivo?
¿Puede ser contratado alegremente un funcionario a un puesto de responsabilidad como lo fue y en las condiciones que se hizo en el SIS con José Vega Díaz? ¿es creíble o real alegar, como hizo José Gilmer Calderón que simplemente designó para el trabajo de jefe de Administración a Vega, sin comprobación de documentos o examen exhaustivo?
Lea cómo en Perú llueve para arriba y los párrafos siguientes así lo testimonian.
Mientras tanto, se deniega la libertad al ex jefe del SIS, Julio Espinoza Jiménez, bajo razones inverosímiles.
La respuesta de los amigos ha sido espectacular y solidaria. Son múltiples las visitas que recibe en el Penal San Jorge, Pabellón 2B. Y a pesar que voces irresponsables dan derroteros equivocados, éste es el único lugar en que un profesional que da la cara por la institución que estuvo bajo su cargo y por circunstancias que se le endosan, debe padecer carcelería por hechos que no cometió. Y así se lee en las líneas que siguen. (Herbert Mujica Rojas)
Del auto apertorio:
"Estos documentos (la solicitud del SIS de ampliación de calendario por 19 millones) fueron tramitados al MEF, para lo cual sigue un procedimiento claramente establecido, entre el cual se encuentra la identificación plena del tramite, que cumpla con los requisitos de carácter obligatorio, para lo cual es revisada toda la documentación que contiene todo el expediente con la finalidad de poder dar la viabilidad y de ser factible aprobar la solicitud de ampliación de calendario y posteriormente efectuar el desembolso correspondiente, en el cual pudo ser advertido y observada dicha irregularidad, ya que al existir un signo "X" al costado de la firma, nos indica claramente que dicha firma no corresponde al titular de la post-firma que aparece en el mismo, sino que otro funcionario o persona ha firmado por éste, por lo que se procedería a devolverlo con la finalidad de subsanar esta deficiencia…" Estas solicitudes fueron tramitadas y aprobadas por la burocracia del MEF…." Por lo que a tenor de estos hechos se advierte un incumplimiento de funciones de parte de la sectorista, quien tiene la obligación de revisar dicha documentación con la finalidad de poder determinar que la tramitación de los pedidos, las firmas de las solicitudes correspondan al titular, y no permitir que sean presentados documentos suscritos por otras personas apenas al titular o personas autorizadas, no siendo aplicable el principio de presunción de veracidad establecido en la norma de procedimiento administrativo general, por cuanto la materia a la que se avocan trata sobre la expedición de recursos económicos del Estado, que lleva consigo la exigencia de un máximo de celo en el buen desempeño de sus funciones".
"…el dinero solicitado de manera irregular, y tramitado diligentemente en el MEF hizo posible las compras. El expediente debió ser devuelto".
"…en su manifestación (Ricardo Corcuera) indica que suscribió dicho documento por disposición del jefe del SIS que se encontraba en la zona del desastre, el mismo que de manera verbal vía telefónica en presencia de su secretaria Susana García Arévalo le ordenó que suscriba los referidos documentos y los tramite ante el MEF…." hecho negado en su manifestación de Julio Espinoza quien indica….que no autorizó a dicho funcionario para que firme por él y los tramite ante el MEF…".
…"el jefe de la oficina de administración (José Vega Díaz) dispone de manera verbal que la sub-gerente de Logística (Melissa Díaz) realice un estudio de mercado con la finalidad de determinar costos para adquirir bienes (por 4 millones de soles)…
…el mismo que mediante memorando 634-200710A del 17 de agosto a horas 7 de la noche, según cargo de recepción, formaliza dicha disposición y dispone adicionalmente que se realice una reevaluación del estudio de mercado al haberse incrementado las necesidades de acuerdo a los requerimientos solicitados por los grupos de trabajo en la zona de desastre…".
…"Melissa Díaz, sub-gerente de Logística indica que dicho estudio de mercado fue efectuado por disposición del Jefe de Administración José Vega Díaz…".
"…no existe resolución de exoneración del proceso emitido por el titular de la entidad, ni se ha evidenciado documento en el cual el titular disponga que se adquieran dichos bienes, llegando en este sentido que el jefe de la Oficina de Administración (José Vega Díaz) ha excedido sus funciones…".
La ley 27444, ley de procedimientos administrativos general señala que el delegado suscribe los actos con anotación "por" seguido del nombre y cargo del delegante. La autoridad con capacidad resolutiva puede delegar en sus subordinados la formalización de la firma y actos resolutivos a su cargo, pero se requiere que el delegante formalice la delegación por escrito dirigido al delegante. Asimismo, en su articulo 4.1 señala: los actos administrativos deberán presentarse por escrito.
El Art. 28 del Reglamento de la Ley de Contradicciones y adquisiciones del Estado indica que el proceso de adquisición se inicia con el requerimiento del área usuario.
El doctor José Gilmer Calderón Yberico se desempeñó como jefe del SIS hasta el 13 de marzo de 2007…sin embargo un hecho que llama la atención es el que se presenta con la designación del jefe de la oficina de Administración José Vega Díaz. Este funcionario es designado como jefe de la oficina de administración el 11 de marzo, siendo su contratación directa al ser éste un cargo de confianza. Al consultársele sobre la forma en cómo fue designado en dicho cargo indicó – José Vega Díaz – que se presentó al SIS al haber tomado conocimiento, por intermedio de una amiga que trabajaba en dicho lugar, que se encontraba vacante el puesto de administración, por lo que va a dicha entidad con la finalidad de consultar sobre dicho cargo, no presenta currículum vitae, sino solamente sus certificados de estudios superiores, no contando con experiencia anterior….
"….José Gilmer Calderón indica que designó a dicho funcionario porque le llegó currículum vitae no teniendo conocimiento cómo llegó, lo evaluó y lo designó, sin embargo esta respuesta no puede ser creíble teniendo en cuenta que un cargo de confianza como su nombre lo indica, reviste de ciertos requisitos como el de tener conocimiento probado de sus antecedentes y si colegimos que dicha persona no tenía experiencia y no lo conocía, entonces no es posible que lo contrate para un puesto con la sola presentación de un currículo en su escritorio…".
"…Julio Espinoza al hacerse cargo de dicha entidad y producirse la transparencia de cargo recibe el pedido de José Gilmer Calderón Yberico que mantenga en su cargo a todos los funcionarios del SIS…".
Mientras tanto, se deniega la libertad al ex jefe del SIS, Julio Espinoza Jiménez, bajo razones inverosímiles.
La respuesta de los amigos ha sido espectacular y solidaria. Son múltiples las visitas que recibe en el Penal San Jorge, Pabellón 2B. Y a pesar que voces irresponsables dan derroteros equivocados, éste es el único lugar en que un profesional que da la cara por la institución que estuvo bajo su cargo y por circunstancias que se le endosan, debe padecer carcelería por hechos que no cometió. Y así se lee en las líneas que siguen. (Herbert Mujica Rojas)
Del auto apertorio:
"Estos documentos (la solicitud del SIS de ampliación de calendario por 19 millones) fueron tramitados al MEF, para lo cual sigue un procedimiento claramente establecido, entre el cual se encuentra la identificación plena del tramite, que cumpla con los requisitos de carácter obligatorio, para lo cual es revisada toda la documentación que contiene todo el expediente con la finalidad de poder dar la viabilidad y de ser factible aprobar la solicitud de ampliación de calendario y posteriormente efectuar el desembolso correspondiente, en el cual pudo ser advertido y observada dicha irregularidad, ya que al existir un signo "X" al costado de la firma, nos indica claramente que dicha firma no corresponde al titular de la post-firma que aparece en el mismo, sino que otro funcionario o persona ha firmado por éste, por lo que se procedería a devolverlo con la finalidad de subsanar esta deficiencia…" Estas solicitudes fueron tramitadas y aprobadas por la burocracia del MEF…." Por lo que a tenor de estos hechos se advierte un incumplimiento de funciones de parte de la sectorista, quien tiene la obligación de revisar dicha documentación con la finalidad de poder determinar que la tramitación de los pedidos, las firmas de las solicitudes correspondan al titular, y no permitir que sean presentados documentos suscritos por otras personas apenas al titular o personas autorizadas, no siendo aplicable el principio de presunción de veracidad establecido en la norma de procedimiento administrativo general, por cuanto la materia a la que se avocan trata sobre la expedición de recursos económicos del Estado, que lleva consigo la exigencia de un máximo de celo en el buen desempeño de sus funciones".
"…el dinero solicitado de manera irregular, y tramitado diligentemente en el MEF hizo posible las compras. El expediente debió ser devuelto".
"…en su manifestación (Ricardo Corcuera) indica que suscribió dicho documento por disposición del jefe del SIS que se encontraba en la zona del desastre, el mismo que de manera verbal vía telefónica en presencia de su secretaria Susana García Arévalo le ordenó que suscriba los referidos documentos y los tramite ante el MEF…." hecho negado en su manifestación de Julio Espinoza quien indica….que no autorizó a dicho funcionario para que firme por él y los tramite ante el MEF…".
…"el jefe de la oficina de administración (José Vega Díaz) dispone de manera verbal que la sub-gerente de Logística (Melissa Díaz) realice un estudio de mercado con la finalidad de determinar costos para adquirir bienes (por 4 millones de soles)…
…el mismo que mediante memorando 634-200710A del 17 de agosto a horas 7 de la noche, según cargo de recepción, formaliza dicha disposición y dispone adicionalmente que se realice una reevaluación del estudio de mercado al haberse incrementado las necesidades de acuerdo a los requerimientos solicitados por los grupos de trabajo en la zona de desastre…".
…"Melissa Díaz, sub-gerente de Logística indica que dicho estudio de mercado fue efectuado por disposición del Jefe de Administración José Vega Díaz…".
"…no existe resolución de exoneración del proceso emitido por el titular de la entidad, ni se ha evidenciado documento en el cual el titular disponga que se adquieran dichos bienes, llegando en este sentido que el jefe de la Oficina de Administración (José Vega Díaz) ha excedido sus funciones…".
La ley 27444, ley de procedimientos administrativos general señala que el delegado suscribe los actos con anotación "por" seguido del nombre y cargo del delegante. La autoridad con capacidad resolutiva puede delegar en sus subordinados la formalización de la firma y actos resolutivos a su cargo, pero se requiere que el delegante formalice la delegación por escrito dirigido al delegante. Asimismo, en su articulo 4.1 señala: los actos administrativos deberán presentarse por escrito.
El Art. 28 del Reglamento de la Ley de Contradicciones y adquisiciones del Estado indica que el proceso de adquisición se inicia con el requerimiento del área usuario.
El doctor José Gilmer Calderón Yberico se desempeñó como jefe del SIS hasta el 13 de marzo de 2007…sin embargo un hecho que llama la atención es el que se presenta con la designación del jefe de la oficina de Administración José Vega Díaz. Este funcionario es designado como jefe de la oficina de administración el 11 de marzo, siendo su contratación directa al ser éste un cargo de confianza. Al consultársele sobre la forma en cómo fue designado en dicho cargo indicó – José Vega Díaz – que se presentó al SIS al haber tomado conocimiento, por intermedio de una amiga que trabajaba en dicho lugar, que se encontraba vacante el puesto de administración, por lo que va a dicha entidad con la finalidad de consultar sobre dicho cargo, no presenta currículum vitae, sino solamente sus certificados de estudios superiores, no contando con experiencia anterior….
"….José Gilmer Calderón indica que designó a dicho funcionario porque le llegó currículum vitae no teniendo conocimiento cómo llegó, lo evaluó y lo designó, sin embargo esta respuesta no puede ser creíble teniendo en cuenta que un cargo de confianza como su nombre lo indica, reviste de ciertos requisitos como el de tener conocimiento probado de sus antecedentes y si colegimos que dicha persona no tenía experiencia y no lo conocía, entonces no es posible que lo contrate para un puesto con la sola presentación de un currículo en su escritorio…".
"…Julio Espinoza al hacerse cargo de dicha entidad y producirse la transparencia de cargo recibe el pedido de José Gilmer Calderón Yberico que mantenga en su cargo a todos los funcionarios del SIS…".