Keiko miente: Montesinos despachaba en el SIN
Resolución de Contraloría del año 2001, los denunció por abuso de autoridad. Nunca hubo separación entre ambos personajes.
“Que atentando contra la propia seguridad de la información e instalaciones del Servicios de Inteligencia Nacional SIN, y excediéndose en atribuciones, el ex asesor (Vladimiro Montesinos) contaba con cinco ambientes de recepción protocolar para sus “visitas” (que como se sabe iban desde magistrados supremos, congresistas, ministros, comandantes de los institutos armados, empresarios, propietarios de medios de comunicación y otros), las que ingresaban por un sector privado (sin ser vistos) que colindaba directamente con los exteriores de la Institución, el mismo que era controlado por su propio personal, disponiendo la intransitabilidad de personal ajeno a su entorno y ordenando el cerrado de las puertas…”
Lo que están leyendo es uno de los considerandos de la Resolución de Contraloría General Nº 131-2001-CG, del 13 de agosto de 2001, a pocos días de instalado el gobierno de Alejandro Toledo, que indica el grado de poder adquirido por Montesinos durante el régimen de los 90, aparentando cumplir la función de asesor dentro del gabinete de asesores de la Alta Dirección del SIN. El hecho de poder despachar en salas propias del servicio secreto, en completo privado y bajo protección de un pequeño ejército particular, era la clave de su relación con otros sectores del poder político, económico y mediático.
La Resolución de Contraloría advierte que no había correspondencia entre el cargo de Asesor II ad honorem del Servicio de Inteligencia Nacional, para el que Vladimiro Montesinos fue nombrado el 1 de enero de 1992, cuando arreciaban las críticas por el papel informal que cumplía desde el primer del gobierno de Alberto Fujimori, modificado el 1 de agosto de 1996, cuando mediante Resolución Suprema se le designa como cargo de confianza, Asesor Nivel F-5, de la alta dirección del SIN, y las actividades que realmente cumplía en diversas áreas de gobierno, utilizando el edificio de Las Palmas como centro de operaciones.
La Contraloría apunta que el Asesor II debía haber actuado ilustrando con opiniones verbales y escritas al Jefe del SIN y a sus principales colaboradores, pero cuando se hizo la búsqueda documentaria y las entrevistas a los responsables, se comprobó que nunca se cumplió la función señalada, para la que fue remunerado oficialmente entre agosto del 1996 y septiembre del 2000, por un monto equivalente a 87,293 nuevos soles, que, nadie sabe cómo, dieron origen a una indemnización de 15 millones de dólares pagada en efectivo luego de la disolución del SIN y antes de la salida de Montesinos con dirección a Panamá.
Según la misma Resolución de Contraloría a la que hemos hecho referencia, y en base a “la información proporcionada por el propio Servicio de Inteligencia Nacional… corroborada por los ex jefes del SIN… el citado ex asesor ejerció labores de asesor presidencial despachando directamente con el ex presidente de la república Alberto Fujimori Fujimori, y… sus acciones así como operaciones eran de conocimiento exclusivo del mencionado ex mandatario, con quién se reunía de manera frecuente coordinando con la Jefatura del SIN, para absolver las necesidades de información del ex mandatario habiéndole dotado de una serie de poderes y facultades que excedían a las que realmente le realmente le correspondían de acuerdo a ley”.
Es decir nadie puede decir que Montesinos actuó por su cuenta, ya que por su cargo formal pudo en cualquier momento ser destituido por cualquiera de los jefes del SIN, pero estos evitaron chocar con él porque tenía el aval directo de la presidencia. Aunque nadie sepa, hasta ahora, qué cosa tan profunda los unió más allá del poder y de la corrupción.
Abuso de poder
“El referido ex asesor desnaturalizó los fines de inteligencia.... en detrimento del cabal cumplimiento de las funciones del SIN”. Esta es una acusación gravísima que trae a la memoria los miles de veces que escuchamos al presidente Fujimori, a la presidenta del Congreso, Martha Chávez, a la Fiscal de la Nación, Blanca Colán, el comandante del Ejército, Nicolás Hermoza, y a otros destacados personajes de la época, explicar que el SIN había sido una entidad casi milagrosa que había permitido enfrentar el terrorismo, el narcotráfico, los conflictos sociales, las crisis políticas, los problemas de frontera, etc. Lo que en realidad había pasado es que el asesor, con aval del presidente y en su beneficio, “desnaturalizó la inteligencia” y la convirtió en un gobierno secreto paralelo.
“Las atribuciones del ex asesor (le fueron) otorgadas por el ex presidente de la República, según lo manifestado por los ex jefes del SIN…”, “el ex asesor al abusar de sus atribuciones utilizando las instalaciones del SIN con el fin de realizar acciones ilícitas empleando para ello recursos humanos y logísticos atentando contra los bienes jurídicos tutelados por el Estado presuntamente ha incurrido en la figura en la figura delictiva de Abuso de Autoridad en la modalidad de omisión de actos funcionales prevista y sancionada por el art. 376º del Código Penal”. Es decir la actuación de Montesinos fue delictiva de principio a fin, aún si no se tuviera la evidencia de los vladivideos, de las cuentas secretas, la denuncia de Vaticano y su papel en el Grupo Colina. Pero nada de esos hubiera podido suceder sin Alberto Fujimori.
Por eso, la Resolución de la Contraloría, concluye: “que el ex presidente de la república al haber concentrado poder en el ex asesor, otorgándole un exceso de atribuciones que sirvieron de auxilio para la comisión de los ilícitos cometidos por el ex asesor, sin las cuales no se hubieran perpetrado los hechos que vienen siendo materia de investigación en el Poder Judicial, presuntamente ha incurrido en las figuras delictivas previamente descritas, resultando de aplicación lo previsto en el artículo 25º del Código Penal.”
Con lo que toda la construcción hecha por el fujimorismo actual en el sentido que Vladimiro era el malo y Alberto el ingenuo que no sabía lo que estaba pasando, mientras sub hija Keiko le recomendaba distanciarse del asesor, se viene por los suelos.
Decisión histórica e inconsecuencias
La Resolución de Contraloría del 13 de agosto del 2001, es un documento de enorme trascendencia porque plantea una ruta inédita de moralización y anticorrupción, que no fue seguida por el nuevo Contralor Genaro Matute que asumió funciones en octubre de ese año, por el presidente Toledo y el procurador Ad Hoc, José Ugaz. La Resolución 131 autoriza al procurador de la Contraloría para que coordine con el procurador Ad Hoc, la formulación de denuncia constitucional contra Alberto Fujimori, en aplicación de los artículos 99 y 100º de la Constitución del Estado, que establecen los mandatos de los organismos del Estado para realizar acusaciones constitucionales contra los presidentes hasta cinco años después de concluidas sus funciones, y para denunciar a Vladimiro Montesinos y los ex jefes del SIN ante los órganos de justicia.
A pesar de que no se continuó esta línea de denuncia y se permitió que durante el proceso por corrupción del ex presidente se le hicieran acusaciones desarticuladas sobre hechos dispersos: diarios chicha, indemnización de Montesinos y otras, y que no se desenmascara como debía ser el sistema de gobierno paralelo que fue la fuente de todos los abusos.