Estado peruano pierde casos de Derechos Humanos

Por Héctor Villalobos

Corte Interamericana de DDHH dicta 26 sentencias desfavorables.

No es Cuba ni Venezuela. Tampoco la Argentina de la dictadura militar. El país que más denuncias y sentencias acumula ante el sistema interamericano de justicia es el Perú.

 

Vea aquí una infografía sobre los casos pendientes del Perú ante la Corte de San José.

“Si seguimos pateando las canillas al juez o al árbitro, no vamos a ganar el partido”, dijo esta semana el jurista Aníbal Quiroga en alusión a este tema. Es cierto. El partido lo estamos perdiendo. Y por goleada.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recibe y procesa las denuncias sobre casos de violación de DD.HH. Si se determina la responsabilidad del Estado, eleva un informe a la Corte de San José. Esta tiene competencia contenciosa para ver los casos y emitir sentencias.

En el año 2010, la CIDH admitió 364 peticiones de denuncia contra nuestro país e inició trámite en 86 de estos casos. Estas cifras nos convierten en el país más denunciado del sistema interamericano.

También somos el país con más sentencias desfavorables. El Perú ha tenido 26 procesos por violación de derechos humanos ante la Corte de San José y, en todos estos casos, los fallos han sido adversos.

Algunos de estos dictámenes favorecieron a personas procesadas por terrorismo. Entre los casos más recordados, está la sentencia a favor de los senderistas amotinados en el penal Castro Castro.

El tribunal estableció, en el 2006, que el Estado debía pagar US$50 mil a los familiares de cada uno de los 41 muertos tras la violenta incursión de las fuerzas del orden en el penal en 1992. También se recomendó que los internos sobrevivientes recibieran US$20 mil. Posteriormente, la sentencia se corrigió y se determinó que el Estado definiera el modo en que se realizarían las reparaciones.

Entre los favorecidos con el fallo original estuvieron la hoy prófuga de la justicia, Mónica Feria; Atilio Cahuana, por entonces, ideólogo de las huestes de ‘Artemio’ en el Huallaga; y algunos de los hoy dirigentes del Movadef.

Otras sentencias que dieron que hablar fueron las que ordenaron el pago de indemnizaciones a los emerretistas Lori Berenson, Jaime Castillo Petruzzi, Lautaro Mellado, Alejandro Astorga y María Pincheira.

No todas las demandas apuntan a casos de terrorismo. El Perú también ha sido condenado por los casos de Baruch Ivcher, Gustavo Cesti, los trabajadores despedidos del Congreso y por la destitución de los miembros del Tribunal Constitucional en 1999.

¿Tienen los jueces interamericanos un sesgo ideológico y una animadversión contra el Perú o es que la defensa del Estado no es buena? Para el penalista Mario Amoretti, se trata de lo segundo. El abogado exigió al Gobierno revelar los nombre de los agentes del Estado de los diferentes procesos por derechos humanos.

Añadió que, en algunos casos, el Estado designó como agentes a personas que ni siquiera eran abogados. Recordó que, en estos procesos, los abogados de las ONG se presentan como testigos, lo que es una desventaja para los agentes.

PROCURADOR SUPRANACIONAL DESCARTA SESGO CONTRA EL PERÚ

“Yo no veo una tendencia de los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Perú. A la comisión sí se le pueden formular algunas críticas serenas”, señala el procurador supranacional, Luis Alberto Salgado.

El representante del Estado explicó por qué, en su opinión, las sentencias de la corte han sido siempre desfavorables para nuestro país. “El Perú ha perdido los casos, porque se violaron los derechos humanos en la década del 90”. Salgado manifestó que la mayor parte de los casos por los que el Perú ha sido sancionado se registraron durante ese período.

Sin embargo, admitió que se pudo haber realizado “una defensa más efectiva en cuanto a la gravedad de la sanción contra el Estado Peruano”, como la que se impuso en el Caso Castro Castro.

El procurador recordó que, cuando fue agente del Estado, en la segunda parte de dicho proceso, la corte le dio la razón al Perú en cuanto al cumplimiento de la sentencia.

El tribunal permitió al Estado establecer la modalidad de cumplimiento de la indemnización, la cual se cubrió no en dinero en efectivo, sino en servicios.

Dijo que, en la instancia de la Comisión, se logró llegar a soluciones amistosas en los casos de las esterilizaciones forzadas y de los magistrados despedidos del

Poder Judicial, denuncias que provienen de la década del 90. Precisó que con estos acuerdos el monto de las indemnizaciones fue menor.

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