El pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda interpuesta por Susel Paredes, congresista del Partido Morado, para que su "matrimonio" lesbiano con Gracia Aljovín sea declarado y reconocido en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
El registro lo tienen en Miami, en 2016 estado de los EE. UU. que acepta "matrimonios" entre personas del mismo sexo, sin embargo, en la legislación peruana no están permitidas estas inscripciones ni se llama matrimonio a dichas uniones.
Los magistrados Augusto Ferrero, Carlos Miranda, Ernesto Blume y José Luis Sardón (ponente) votaron en contra de la solicitud de la parlamentaria, mientras que Marianella Ledesma y Eloy Espinosa-Saldaña votaron a favor.
El TC argumenta en su resolución que la sociedad peruana es una ·comunidad autónoma de hombres y mujeres libres, que estructuran su interacción por las normas que ellos mismos acuerdan a través de sus representantes. Tales normas pueden ser acertadas o desacertadas, conducentes o inconducentes, apropiadas o inapropiadas; sin embargo, en cualquier caso, deben ser respetadas por quienes vivimos aquí”, señaló Sardón de Taboada, magistrado a cargo de la ponencia que dio lugar a la resolución difundida ayer.
Indica que para que proceda tal petición habría que realizar una reforma a la Constitución para incluir el matrimonio igualitario y señaló que los magistrados del TC “no están para sustituir a los legisladores”.
“Años atrás, el Congreso debatió un proyecto de ley para introducir la unión civil entre personas del mismo sexo, pero fue archivado el 2015 por decisión de la mayoría de los integrantes de la comisión dictaminadora. Si ahora se quiere ir aún más lejos e incorporar el ‘matrimonio igualitario’ al derecho peruano, debe hacerse una reforma constitucional siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 206 de la propia Constitución. Esta propuesta debe ser votada en el Congreso de la República, integrado por 130 representantes directamente elegidos por el pueblo. Si la propuesta tiene más de 65 votos, debe hacerse luego un referéndum; si llega a tener 87 votos en el Congreso, puede obviarse el referéndum y sometérsela a una nueva votación en la legislatura siguiente. Si en esta segunda votación vuelva a obtener 87 votos o más —o si es aprobada en el referéndum—, el ‘matrimonio igualitario’ debe ser reconocido y respetado por todos los peruanos”, señala el texto.
La demandante Susel Paredes, ignorando la idiosincracia de la mayoría de los peruanos al querer imponer como normal su modo de vida, anunció que acudirá a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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