El Poder Judicial ordenó 36 meses de prisión preventiva contra el brasileño Jorge Barata, exsuperintendente de Odebrecht en el Perú, por el caso Gasoducto Sur Peruano, en el cual también se encuentran inmersos el expresidente Ollanta Humala, su esposa Nadine Heredia y otros.
El proceso está a cargo del juez Leodán Cristóbal Ayala del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, quien declaró fundado el perequerimiento de la fiscal Geovanna Mori de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
La resolución indica que la prisión preventiva contra Barata se iniciará una vez que el imputado se ponga a derecho o las autoridades de la Policía Internacional (Interpol) o la autoridad judicial del país requerido, vía Extradición Activa, ponga a disposición del Juzgado Nacional al imputado con orden de prisión cautelar, reporta RPP.
La argumentación del juez indica que Barata, quien se encuentra en Brasil, es sujeto de fuerte sospecha de presunta participación en seis actos de colusión agravada en el contexto de los proyectos de inversión pública, conocidos como Proyecto Kuntur y Proyecto Gasoducto.
En consecuencia, considera que desde la fase de ejecución del primero hasta el otorgamiento de la buena pro del segundo, se habría materializado el pacto colusorio celebrado entre el imputado a nombre de la empresa Odebrecht con Ollanta Humala y Nadine Heredia, estos en su rol de “pareja presidencial y alto funcionario público, con el propósito de defraudar patrimonialmente al Estado en beneficio de intereses particulares”.
Sobre la prisión preventiva que la Fiscalía solicitó, la considera necesaria, porque no existen otras medidas que sean igual mejor de efectivas para sujetar o cautelar la presencia del investigado ligado al proceso, dado que estamos ante una persona que se encuentra fuera del alcance territorial de la jurisdicción de la justicia peruana.
El juez precisa que la jurisdicción del tribunal tiene la potencia suficiente como para vincular de forma real y objetiva al imputado, de manera que garantice su presencia constante en el proceso judicial y eventualmente en la ejecución de la sentencia.
“La única medida efectiva para sujetar al proceso es la prisión preventiva, por excepción, y para su ejecución importará librar las órdenes que ha lugar a la policía internacional a fin de ser ubicado, capturado y trasladado al país, previo los procedimientos de extradición que ha lugar de ser necesario”, señala.
El juez dispuso que Barata se ponga a disposición de la justicia peruana en el plazo no mayor a diez días hábiles a partir de la notificación de la resolución a su defensa de la resolución, bajo apercibimiento, de librar los oficios correspondientes a la Interpol, para su ubicación en el lugar o país en el que se encuentre para la ejecución de la presente medida y dispuso notificar a la Policía Nacional del Perú e Interpol.