Planteamientos
Inconcebibles indemnizaciones a terroristas
Alfredo Palacios Dongo; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
La opinión pública peruana acaba de tomar conocimiento, a través del ministro de Justicia, sobre el inconcebible e indignante pago indemnizatorio camuflado en un decreto de urgencia efectuado el 15 de marzo de 2006 —durante el gobierno de Alejandro Toledo— de US$ 30,000 a la norteamericana Lori Berenson, acatando un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del 27 de noviembre de 2004, por un proceso irregular en el fuero militar —en enero de 1996— que la condenó a 30 años de prisión, por planear con integrantes del MRTA un atentado contra el Congreso de la República para un eventual intercambio de congresistas con reos emerretistas.
Inconcebibles indemnizaciones a terroristas
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La opinión pública peruana acaba de tomar conocimiento, a través del ministro de Justicia, sobre el inconcebible e indignante pago indemnizatorio camuflado en un decreto de urgencia efectuado el 15 de marzo de 2006 —durante el gobierno de Alejandro Toledo— de US$ 30,000 a la norteamericana Lori Berenson, acatando un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del 27 de noviembre de 2004, por un proceso irregular en el fuero militar —en enero de 1996— que la condenó a 30 años de prisión, por planear con integrantes del MRTA un atentado contra el Congreso de la República para un eventual intercambio de congresistas con reos emerretistas.
La citada terrorista, por mandato de la CIDH, fue nuevamente juzgada por el fuero civil en el año 2001 siendo sentenciada a 20 años y al pago de una reparación civil de S/. 100,000 (US$ 28,570), también condonado el 2006. Además, por fallos de la CIDH se pagaron indemnizaciones —sin ser informadas— a las procesadas por terrorismo María Loayza Tamayo (US$ 99,190), a quien además se ordenó su libertad y reincorporación al servicio docente, y a Madeleine Valle Rivera (US$ 20,000), excarcelada el 2002 y presidenta de la Asociación de Familiares Víctimas de Genocidio y Desaparecidos. Pero además la CIDH ha emitido sentencia el 25 de noviembre de 2006, sobre el caso “Penal Miguel Castro Castro vs. Perú”, originado por denuncias presentadas en mayo de 1992 por “Miembros del Comité de Familiares de Presos Políticos y Prisioneros de Guerra”, y en junio de 1997 por Mónica Feria Tinta, quien fugó del país en 1994.
En dicha sentencia —a pesar que el Estado Peruano ha confirmado el pago por reparaciones de US$ 6’941,673, y de US$ 336,923 por acuerdos de solución amistosa ante la Comisión Interamericana— la CIDH obliga al Estado, en equidad, al pago de montos que el Perú ha calculado en US$ 17’052,000, sin contar los “tratos crueles” a 322 personas, pero que en su conjunto pueden sobrepasar los US$ 20’000,000 cuando se individualicen los pagos por daños materiales a los familiares de los fallecidos, y daños inmateriales (sufrimientos y aflicciones) a los sobrevivientes y familiares.
Cuando más de 3,000 terroristas han sido liberados con beneficios penitenciarios y sin pago de reparación civil, resulta inconcebible e indignante que la CIDH obligue al Estado Peruano al pago de reparaciones a terroristas y sus familiares, a pesar del grave daño que las atrocidades del genocidio terrorista ocasionaron a nuestro país durante dos décadas, dejando alrededor de 25,000 víctimas y pérdidas materiales incalculables. Expreso, 17.07.2010
En dicha sentencia —a pesar que el Estado Peruano ha confirmado el pago por reparaciones de US$ 6’941,673, y de US$ 336,923 por acuerdos de solución amistosa ante la Comisión Interamericana— la CIDH obliga al Estado, en equidad, al pago de montos que el Perú ha calculado en US$ 17’052,000, sin contar los “tratos crueles” a 322 personas, pero que en su conjunto pueden sobrepasar los US$ 20’000,000 cuando se individualicen los pagos por daños materiales a los familiares de los fallecidos, y daños inmateriales (sufrimientos y aflicciones) a los sobrevivientes y familiares.
Cuando más de 3,000 terroristas han sido liberados con beneficios penitenciarios y sin pago de reparación civil, resulta inconcebible e indignante que la CIDH obligue al Estado Peruano al pago de reparaciones a terroristas y sus familiares, a pesar del grave daño que las atrocidades del genocidio terrorista ocasionaron a nuestro país durante dos décadas, dejando alrededor de 25,000 víctimas y pérdidas materiales incalculables. Expreso, 17.07.2010