Chehade confeso de consumar falta ética y además delitos

por Guillermo Olivera Díaz; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

En el ordenamiento jurídico de cualquier país coexisten diversas sanciones cuando una misma conducta o una pluralidad de ellas, homólogas u heterólogas, violan o infringen diversas disposiciones. Por eso es que  la polícroma conducta de Omar Chehade Moya constituye una falta ética, sancionable con 120 días de suspensión de congresista, y diversos delitos punibles con sustanciosa carcelería, al propio tiempo, o sea, simultáneamente.

Es común que un modesto trabajador privado que roba una fruslería o un funcionario público que pecula en grande sean pasible de destitución del trabajo y además vayan a parar sus huesos a la cárcel. Cada fuero sanciona lo que le corresponde.

Constituye falta que viola el Código de Ética Parlamentaria “efectuar gestiones ajenas a su labor parlamentaria ante entidades del Estado” o también “el ejercicio del poder público para obtención de un beneficio económico o de otra índole, sea para sí o a favor de un tercero”. Aquí encaja la conducta atribuida, la cual también constituye delito de tráfico de influencias que se perfecciona sólo ofreciendo, sí, ofreciendo interceder ante un funcionario público a cambio de prebendas recibidas o prometidas. Chehade fue incluso un poco más allá del ilícito ofrecimiento, haciendo intervenir a otros copartícipes.

Confesión insincera.- Adviértase que Chehade ha aceptado o admitido la realización de diversas conductas: convocó por teléfono, con días de antelación, a tres generales PNP que no conocía personalmente y sin agenda conocida; opíparamente cenó con ellos el 4-10-2011 en La Cava de Brujas de Cachiche; trató con sus convidados el Caso Andahuasi, que es un tema judicializado desde años atrás; que lo trató en forma “tangencial” y no como pedido de desalojo no interesa; que su hermano Miguel Chehade y un amigo de ambos asistieron a tan misterioso convite; y, finalmente, pagó con su dinero la abultada cuenta de la cena rociada con exquisitos vinos.

Está confeso, pues, de haberlas cometido; hasta ha pedido disculpas públicamente por lo que considera su “error” o “equivocación” de inexperiencia política. Pedir disculpas es aceptar la transgresión. En conclusión, confeso de ser congresista y vicepresidente de Ollanta Humala; de tratar, fuera de su Despacho y competencia congresal, con 3 generales de la policía un asunto judicial que precisamente está pendiente de ejecución de una orden de desalojo apenas dictada por otro misterioso juez de la ciudad de Chiclayo, pese a que la azucarera Andahuasi (visitada por Ollanta en campaña electoral) está situada en Lima y que los trabajadores por desalojar serían el preciado bocado del operativo policial en marcha.

Es decir, confeso de examinar en un restaurante miraflorino un asunto judicial con el General PNP, Eduardo Arteta, que iba a ser el jefe del operativo; con el otro General Abel Gamarra que fracasó en una intentona anterior; y con el General Raúl Salazar, que era jefe de ambos, apenas ascendido por el gobierno que Chehade integra. Iba a tratar el asunto con especialistas en desalojo a la fuerza y no precisamente en “inteligencia”.

El hecho que considere sesgadamente que tal perpetración no es una falta ética, menos un delito, es irrelevante; sigue confeso, aunque no es la confesión sincera que faculta una disminución de la pena y que prevé el Art. 136° del Código de Procedimientos Penales y que el juzgador debe apreciar (Art. 280°).

Al contrario su conducta amerita la más severa represión, por tratarse de un Concurso Ideal de Delitos, a cuyo respecto establece el Artículo 48° del Código Penal: “cuando varias disposiciones son aplicables al mismo hecho se reprimirá hasta con el máximo de la pena más grave”.

Peor aún. Si al tráfico de influencias confeso (Art. 400°, Código Penal) le añadimos el delito de falsedad genérica también cometido, cuando de cualquier modo falso se falta a la verdad (Art. 438°), entre otros, pasamos a un Concurso Real de Delitos, cuando concurren varios hechos punibles independientes y las penas privativas de libertad de cada uno de ellos se suman hasta llegar al máximo del doble de la pena del delito más grave.

¡Tendríamos a Omar Chehade para rato dentro de la mazmorra carcelaria, por avivato o “inexperto” en política, como él se confiesa! ¿Y si fuera “experto”?

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