La semana pasada se informó que, en octubre 2023, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), mediante una carta de la presidenta de su Grupo de Trabajo sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales Internacionales, Daniëlle Goudriaan, recomendaba al Estado peruano asegurarse que la ley que debilita la colaboración eficaz no fuera promulgada. Dicha norma finalmente fue aprobada por insistencia por el Congreso de la República, en marzo de este año.

 

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En dicho documento, dirigido al entonces premier Alberto Otárola, se expresaban distintas preocupaciones que, se esperaba, Perú atendiera. Entre estos temas se encontraba la demanda para que el proyecto de ley que modificaba el proceso especial de colaboración eficaz “no entrara en vigor”.

Se advertía que “Perú tendría que abordar estas cuestiones antes de que el Grupo de Trabajo pueda emitir una opinión favorable sobre la voluntad y la capacidad del país para aplicar los instrumentos jurídicos sustantivos de la OCDE que son competencia del Grupo de Trabajo”.

Además, se indicaba que luego de la respuesta satisfactoria del Perú, según los temas planteados, el Grupo de Trabajo procedería a evaluar si el país “estaba dispuesto y sería capaz de implementar los instrumentos legales anticorrupción de la OCDE”.

Cuando recibió la carta de la OCDE, el Ejecutivo había observado la autógrafa de la norma, cuestionando que el plazo para la celebración del acuerdo de colaboración eficaz sea de 8 meses, ampliable hasta 16 meses en casos de organizaciones criminales. Además, la Fiscalía de la Nación, el Poder Judicial, la Procuraduría General del Estado, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos también advirtieron que la aprobación de dicho proyecto, que modificaba el proceso de colaboración eficaz, afectaría la lucha contra la corrupción. Pese a tales resistencias, el Pleno del Congreso aprobó por insistencia la norma, estableciéndola como la Ley 31990.

En la misiva también había otras preocupaciones de la OCDE, entre ellas, solicitar al gobierno garantizar una Junta Nacional de Justicia (JNJ) “eficaz y operativa”, así como la remisión del “registro de condenas en casos complejos de soborno corporativo, en particular los casos llevados a cabo por el Equipo Especial Lava Jato”. Pese al pedido, las acciones del Gobierno para defender la institucionalidad de la JNJ ante las arremetidas del Congreso fueron mínimas. Incluso, el Parlamento logró inhabilitar a los consejeros Aldo Vásquez e Inés Tello.

Sobre el asunto central de la carta de la OCDE, las críticas se centraron, fundamentalmente, en los plazos establecidos para celebrar o denegar un acuerdo de colaboración eficaz, lo que no es un asunto novedoso. Recordemos que el 2022, se emitió un Dictamen de la Comisión de Justicia del Congreso sobre los Proyectos de Ley 012-2021 y 565-2021, que incluía, entre otros aspectos, la delimitación de un plazo para el Acuerdo de Colaboración.

Para entonces, las críticas a ésta y otras propuestas, ya se centraban en que podrían desincentivar el uso de la colaboración eficaz o perjudicar procedimientos en trámite, debido al aparentemente limitado plazo (ocho meses) para cerrar acuerdos de colaboración.

Aun así, los congresistas insistieron en mantener las distorsiones que habían observado los especialistas el 2022 y las incorporaron posteriormente en la Ley ya referida, provocando la reiteración de las críticas. No son pocos los analistas jurídicos que consideran que esta norma representa, en términos prácticos, la muerte del proceso especial por colaboración eficaz, al tornarlo manifiestamente inútil. Afirman que el proceso seguido debe estar diseñado y regulado para la persecución de delitos que suelen tener una especial complejidad, donde la experiencia demuestra que, en esos casos, es imposible alcanzar un acuerdo final de colaboración y beneficios en 8, 12 o 16 meses.  

Debe considerarse que la etapa de corroboración de la información que brindan los colaboradores requiere mucho más tiempo, por la complejidad de las diligencias que deben llevarse a cabo: múltiples y cruzadas declaraciones, pericias diversas (contables, financieras, tecnológicas, etc.), levantamiento de secretos que deben ser concedidos judicialmente (de comunicaciones, bancario, etc.), diligencias diversas y abundantes de acopio de evidencias, diligencias a través de la cooperación judicial internacional, entre otras. Además, se tiene que negociar la reparación civil con la Procuraduría, lo que también implica producir información contable y financiera que debe ser objeto de discusión y validación técnica por parte de peritos o técnicos oficiales. 

En todo caso, es una situación, como muchas otras, que se escenifican últimamente en nuestro país, que tiene un lado muy malo y otro peor. Está claro que nuestra carrera hacia la OCDE pende formalmente de un hilo, pero en los hechos lo cierto es que hemos salido de ella con fuerza y vergonzosamente.

Consideremos que las advertencias de OCDE sobre la integridad y lucha contra la corrupción en el país no empezaron con la misiva de Goudriaan, remontándose al menos al 2017, cuando un informe sobre estos aspectos ponía elegantemente el dedo sobre varias llagas purulentas. Nuestros gobernantes y congresistas, lejos de suturarlas, prefirieron abrir otras y, tal como procedió Otárola, creyeron que las cosas cambiarían porque se escondían las evidencias. Las consecuencias están a la vista.

 

desco Opina / 28 de junio de 2024