¡Alan García y los Odebrecht en confesa Asociación Ilícita!
Guillermo Olivera Díaz*
Hoy en día, configura un nuevo delito agravado el solo hecho de constituir, promover o integrar una organización de dos o más personas destinada a cometer delitos de concusión, peculado, corrupción de funcionarios y enriquecimiento ilícito, aunque tal destino criminal se disimule o se apareje a una actividad empresarial. Así lo establece el Artículo 317.° del Código Penal.