En una acción conjunta, el Ministerio de Agricultura y Riego y la Policía Nacional del Perú intervienen un camión que transportaba 2,006 kilos de palo santo (Bursera graveolens) de procedencia ilegal, en el Km. 196 de la Panamericana Norte, en Barranca.
Personal del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, identificó el producto forestal procedente de Piura y constató que los responsables del palo santo no contaban con la Guía de Transporte Forestal, documento que acredita su procedencia legal.
Los especialistas del SERFOR inmovilizaron el camión, procedieron al inicio del proceso administrativo sancionador tanto para el responsable y el conductor del vehículo, y decomisaron el palo santo estaba distribuido en 59 cajas y 12 sacos.
El palo santo tiene un importante valor comercial local e internacional para uso como sahumerio, elaboración de aceites, perfumes y artesanías. La creciente demanda y consecuente extracción ilegal pone en riesgo su crecimiento y regeneración. Por ello, se le considera en “Peligro Crítico”, según el Decreto Supremo N.° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.
En ese sentido, el MINAGRI solo autoriza el aprovechamiento formal y sostenible de los árboles caídos o muertos (ramas y rastrojos) de manera natural, y prohíbe la tala de árboles vivos en pie. Del mismo modo, la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sanciona con el pago de una multa a quienes talen, adquieran, transporten y comercialicen recursos forestales sin la autorización del SERFOR.
La Ley N.° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece como infracciones muy graves; “adquirir, transformar, comercializar, poseer recursos o productos forestales, extraídos sin autorización”. La sanción es el pago de una multa.