Anuncian inicio de primera temporada de pesca de anchoveta
Ministro de la Producción indicó que se busca preservar la biomasa de la anchoveta, cuidar el medioambiente y proteger a los hombres de mar.
El ministro de la Producción, José Nicanor Gonzales Quijano, anunció hoy el inicio de la primera temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona norte-centro del litoral, comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00´ Latitud Sur.
El ministro de la Producción, José Nicanor Gonzales Quijano, anunció hoy el inicio de la primera temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona norte-centro del litoral, comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00´ Latitud Sur.
Informó que en esta oportunidad, y por recomendación del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), ésta se realizará a partir de las 00:00 horas del 13 de mayo de 2010 con una cuota de captura de 2.5 millones de toneladas, debiéndose iniciar las descargas en las plantas de procesamiento a partir de las 8:00 horas del mismo día. “Las embarcaciones podrán realizar faenas pesqueras hasta alcanzar su Límite Máximo Total de Captura Permisible o en su defecto hasta el 31 de julio del 2010 “, sostuvo.
Dijo que en el caso que las capturas de la flota anchovetera alcancen la cuota de 2.5 millones de toneladas se concluirá la temporada de pesca inmediatamente, pudiéndose establecer responsabilidades administrativas y penales a los titulares de aquellas naves que hubiesen efectuado capturas por encima de su cuota asignada.
Gonzales Quijano mencionó que solamente podrán participar las embarcaciones con permiso de pesca vigente y que cuenten con la asignación de un Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) en el marco del Decreto Legislativo 1084.
El Ministerio de la Producción a través de la Resolución Ministerial N° 100-2010-PRODUCE, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, indicó que las embarcaciones autorizadas en esta pesca deberán cumplir con una serie de condiciones, como: emplear redes de cerco con tamaño mínimo de mallas de ½ pulgadas (13 milímetros), efectuar operaciones de pesca fuera de las cinco millas marinas de la costa, realizar solo una faena de pesca en un intervalo de 24 horas, contar a bordo con la plataforma-baliza del Sistema de Seguimiento Satelital –SISESAT (que deberá emitir permanentemente señales de posicionamiento), y tener suscrito el Convenio de Fiel y Cabal cumplimiento de Obligaciones del Reglamente del D.L. 1084.
“Una de las principales preocupaciones del Ministerio de la Producción es salvaguardar el recurso anchoveta para el consumo humano directo e indirecto. También, busca resguardar al medioambiente y proteger la integridad de los hombres de mar”, explicó el titular del Sector.
El ministro de la Producción resaltó que el precio internacional de la harina de pescado se ha incrementado de forma favorable, pudiéndose prever el incremento de ventas brutas en el presente año.
Cabe indicar que la temporada de pesca de anchoveta tendrá un tiempo de receso reproductivo antes de
la segunda temporada, la cual será establecida por el IMARPE, entidad que realizará un monitoreo
permanente en el litoral. Asimismo, en el caso se registren ejemplares juveniles de anchoveta en porcentajes superiores al 10% de los de desembarques diarios en un determinado puerto, se suspenderán las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un periodo mínimo de tres días consecutivos en las zonas de pesca o de ocurrencia.
Además, si se observa que existen faenas pesqueras recurrentes dentro de las cinco millas marinas, podrán suspenderse las actividades extractivas en dicha zona o área geográfica, en aplicación de un enfoque precautorio.
La norma establece, igualmente, que el porcentaje de tolerancia de pesca incidental de otros recursos en la pesca de anchoveta, es de 5% de captura total desembarcada por embarcación, expresada en peso.
PROCESAMIENTO
En lo referente a las actividades de procesamiento de harina y aceite de pescado, el Ministerio de la Producción advirtió que las empresas que participen en la primera temporada de pesca de anchoveta deberán contar con licencia de procesamiento vigente, tener suscrito el Fiel y Cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas tanto en el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, y en el D.L. 1084. Es importante recordar que se encuentra terminantemente prohibido recibir y procesar anchoveta proveniente de embarcaciones artesanales, sin permiso de pesca vigente y que no cuenten con un LMCE para la zona norte-centro.
El dispositivo establece que se suspenderá o paralizará la recepción de materia prima cuando ocurran fallas en los equipos que impidan continuar con el desarrollo normal de las actividades de procesamiento, sucedan accidentes imprevistos en los equipos de adecuación y manejo ambiental, y cuando se registre la presencia de recursos costeros asociados a la actividad artesanal en la recepción de la anchoveta.
El ministro de la Producción indicó que aquellos que transgredan las disposiciones asignadas en esta temporada de pesca serán severamente sancionados. “Las direcciones generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las direcciones regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, realizarán las acciones que correspondan y velarán por el cumplimiento de la mencionada resolución”, dijo.
BENEFICIOS DEL DL 1084
Gonzales Quijano indicó que gracias a la promulgación del D.L. 1084 se ha logrado eliminar el sobredimensionamiento de la flota pesquera, la excesiva presión sobre el recurso anchoveta, la sobre inversión motivada por la necesidad de producción en tiempos cortos, la contaminación ambiental causada por efluentes y emisiones, los días laborales al año reducidos y la inestabilidad en el empleo e informalidad en el sector.
“Asimismo, se han creado beneficios, permitiendo, por ejemplo, las asociaciones entre armadores del mismo régimen, la creación del Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero (FONCOPES), y la recaudación de $1.95 por tonelada de pescado descargado en planta para la creación de un fondo de jubilación”, explicó.
Sobre ese tema, el ministro de la Producción informó que gracias a este nuevo sistema de LMCE, en la temporada de pesca 2009 se recaudó S/ 33.5 millones, a favor de los pescadores jubilados.
Dijo que en el caso que las capturas de la flota anchovetera alcancen la cuota de 2.5 millones de toneladas se concluirá la temporada de pesca inmediatamente, pudiéndose establecer responsabilidades administrativas y penales a los titulares de aquellas naves que hubiesen efectuado capturas por encima de su cuota asignada.
Gonzales Quijano mencionó que solamente podrán participar las embarcaciones con permiso de pesca vigente y que cuenten con la asignación de un Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) en el marco del Decreto Legislativo 1084.
El Ministerio de la Producción a través de la Resolución Ministerial N° 100-2010-PRODUCE, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, indicó que las embarcaciones autorizadas en esta pesca deberán cumplir con una serie de condiciones, como: emplear redes de cerco con tamaño mínimo de mallas de ½ pulgadas (13 milímetros), efectuar operaciones de pesca fuera de las cinco millas marinas de la costa, realizar solo una faena de pesca en un intervalo de 24 horas, contar a bordo con la plataforma-baliza del Sistema de Seguimiento Satelital –SISESAT (que deberá emitir permanentemente señales de posicionamiento), y tener suscrito el Convenio de Fiel y Cabal cumplimiento de Obligaciones del Reglamente del D.L. 1084.
“Una de las principales preocupaciones del Ministerio de la Producción es salvaguardar el recurso anchoveta para el consumo humano directo e indirecto. También, busca resguardar al medioambiente y proteger la integridad de los hombres de mar”, explicó el titular del Sector.
El ministro de la Producción resaltó que el precio internacional de la harina de pescado se ha incrementado de forma favorable, pudiéndose prever el incremento de ventas brutas en el presente año.
Cabe indicar que la temporada de pesca de anchoveta tendrá un tiempo de receso reproductivo antes de
la segunda temporada, la cual será establecida por el IMARPE, entidad que realizará un monitoreo
permanente en el litoral. Asimismo, en el caso se registren ejemplares juveniles de anchoveta en porcentajes superiores al 10% de los de desembarques diarios en un determinado puerto, se suspenderán las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un periodo mínimo de tres días consecutivos en las zonas de pesca o de ocurrencia.
Además, si se observa que existen faenas pesqueras recurrentes dentro de las cinco millas marinas, podrán suspenderse las actividades extractivas en dicha zona o área geográfica, en aplicación de un enfoque precautorio.
La norma establece, igualmente, que el porcentaje de tolerancia de pesca incidental de otros recursos en la pesca de anchoveta, es de 5% de captura total desembarcada por embarcación, expresada en peso.
PROCESAMIENTO
En lo referente a las actividades de procesamiento de harina y aceite de pescado, el Ministerio de la Producción advirtió que las empresas que participen en la primera temporada de pesca de anchoveta deberán contar con licencia de procesamiento vigente, tener suscrito el Fiel y Cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas tanto en el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, y en el D.L. 1084. Es importante recordar que se encuentra terminantemente prohibido recibir y procesar anchoveta proveniente de embarcaciones artesanales, sin permiso de pesca vigente y que no cuenten con un LMCE para la zona norte-centro.
El dispositivo establece que se suspenderá o paralizará la recepción de materia prima cuando ocurran fallas en los equipos que impidan continuar con el desarrollo normal de las actividades de procesamiento, sucedan accidentes imprevistos en los equipos de adecuación y manejo ambiental, y cuando se registre la presencia de recursos costeros asociados a la actividad artesanal en la recepción de la anchoveta.
El ministro de la Producción indicó que aquellos que transgredan las disposiciones asignadas en esta temporada de pesca serán severamente sancionados. “Las direcciones generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las direcciones regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, realizarán las acciones que correspondan y velarán por el cumplimiento de la mencionada resolución”, dijo.
BENEFICIOS DEL DL 1084
Gonzales Quijano indicó que gracias a la promulgación del D.L. 1084 se ha logrado eliminar el sobredimensionamiento de la flota pesquera, la excesiva presión sobre el recurso anchoveta, la sobre inversión motivada por la necesidad de producción en tiempos cortos, la contaminación ambiental causada por efluentes y emisiones, los días laborales al año reducidos y la inestabilidad en el empleo e informalidad en el sector.
“Asimismo, se han creado beneficios, permitiendo, por ejemplo, las asociaciones entre armadores del mismo régimen, la creación del Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero (FONCOPES), y la recaudación de $1.95 por tonelada de pescado descargado en planta para la creación de un fondo de jubilación”, explicó.
Sobre ese tema, el ministro de la Producción informó que gracias a este nuevo sistema de LMCE, en la temporada de pesca 2009 se recaudó S/ 33.5 millones, a favor de los pescadores jubilados.