El índice de morosidad de las entidades bancarias se situó en 3.07% al cierre de marzo del presente año, y de esta manera registró un descenso de 0.17 puntos porcentuales respecto al mes anterior. Sin embargo, es importante precisar que a tasa anual, dicho indicador anotó un avance de 0.06 puntos porcentuales, informa la Asociación de Bancos del Perú.

La caída mensual observada en el índice de morosidad estuvo influenciada por el descenso general de dicho ratio en casi todos los tipos de crédito. Así, destacó la reducción de la morosidad en los créditos corporativos en 0.28 puntos porcentuales (p.p.), en pequeñas empresas en 0.22 p.p., en consumo en 0.20 p.p. y en medianas empresas en 0.15 p.p. También hubo caídas en los préstamos a grandes empresas (-0.07 p.p.) y en el financiamiento hipotecario (-0.05 p.p.). Sólo se registró un aumento en los créditos a microempresas (0.15 p.p.).

Particularmente, es importante indicar que la disminución en la morosidad de los créditos corporativos, el cual tuvo un inusual incremento en febrero último, se debió a la regularización de algunos créditos vinculados al sector construcción que fueron catalogados como “vencidos” el mes pasado y que en marzo pasaron nuevamente a la categoría vigente. En ese sentido, no está de más reiterar la importancia de que se emita a la brevedad, y de manera consensuada, el reglamento de la Ley N° 30737, cuyo texto viene siendo elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas, institución pública que ha venido solicitando la opinión de todos los agentes involucrados (sector público, entidades bancarias, empresas constructoras, entre otros). Cabe recordar que dicha norma busca garantizar el pago de la reparación civil a favor del Estado en casos de corrupción y delitos conexos, sin que se afecte la continuidad de los negocios ni que se interrumpa la cadena de pagos, de tal manera que no se perjudique la capacidad de pago de las obligaciones de las empresas.